VILLAGRA/SERVICIOS MÉDICOS Y ENFERMERÍA S.P.A.
Rol
T-725-2024
Fecha
6 de agosto de 2024
Materia
Art. 19 Nº 16 CPR. Libertad de Trabajo y su protección, Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación, Despido injustificado, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 1° al 11, 73, 160 N°7 446 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por MARIEL ROCÍO VILLAGRA ULLOA en contra de SERVICIOS MÉDICOS Y ENFERMERÍA S.P.A. y se declara que el despido de la trabajadora efectuado el 5 de diciembre es indebido y en consecuencia la demandada deberá enterar: a) $896.741.- por concepto de aviso previo b) $1.793.482.- por concepto de 2 años de servicio. c) $1.434.786.- por concepto de 80% de recargo. d) $209.240.- por concepto de 7 días de feriado proporcional. Sumas que deberán ser pagadas con los intereses y reajustes legales. II. Que se rechaza en todas sus partes la demanda por concepto de tutela laboral por vulneración de derechos con ocasión del despido. III. Que se condena en costas a la demandada, estableciéndose éstas en una remuneración mensual establecida en este juicio, ascendente a $896.741.- Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia y dictó sentencia doña Karin Lorena Mercado Rivas, Juez Titular Destinada del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, seis de agosto de dos mil veinticuatro.
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1° al 11, 73, 160 N°7 446 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por MARIEL ROCÍO VILLAGRA ULLOA en contra de SERVICIOS MÉDICOS Y ENFERMERÍA S.P.A. y se declara que el despido de la trabajadora efectuado el 5 de diciembre es indebido y en consecuencia la demandada deberá enterar: a) $896.741.- por concepto de aviso previo b) $1.793.482.- por concepto de 2 años de servicio. c) $1.434.786.- por concepto de 80% de recargo. d) $209.240.- por concepto de 7 días de feriado proporcional. Sumas que deberán ser pagadas con los intereses y reajustes legales. II. Que se rechaza en todas sus partes la demanda por concepto de tutela laboral por vulneración de derechos con ocasión del despido. III. Que se condena en costas a la demandada, estableciéndose éstas en una remuneración mensual establecida en este juicio, ascendente a $896.741.- Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia y dictó sentencia doña Karin Lorena Mercado Rivas, Juez Titular Destinada del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, seis de agosto de dos mil veinticuatro.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO DE TUTELA LABORAL FECHA 6 DE AGOSTO DE 2024 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 4 RUC 24-4-0558399-9 RIT T-725-2024 MAGISTRADA KARIN MERCADO RIVAS ADMINISTRATIVA DE ACTAS ROCÍO ÁLVAREZ MIRANDA HORA DE INICIO 11:23 HORAS HORA DE TÉRMINO 11:49 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2440558399-9-1349-240806-00 N° CUST
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