DÍAZ/TRECK S.A.
Rol
M-549-2024
Fecha
6 de agosto de 2024
Materia
Despido injustificado
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS NO DICUTIDOS X · HECHOS A PROBAR X · OFRECE E INCORPORA PRUEBA DEMANDADA X 1.- DOCUMENTAL X 2. CONFESIONAL X OFRECE E INCORPORA PRUEBA DEMANDANTE X 1.- DOCUMENTAL X 2.- CONFESIONAL X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA PARTE DEMANDADA X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA PARTE DEMANDANTE X · SENTENCIA X PRUEBA DOCUMENTAL - LEY 20.886 SI NO OBS. · PRUEBA DOCUMENTAL DEMANDANTE * ESTA PARTE ACOMPAÑÓ LOS DCTOS. DIGITALIZADOS X * SE APLICÓ APERCIBIMIENTO ART. 6°, LEY 20.886 X * LOS DOCUMENTOS FÍSICOS QUEDARON EN PODER DEL TRIBUNAL X · PRUEBA DOCUMENTAL DEMANDADA * ESTA PARTE ACOMPAÑÓ LOS DCTOS. DIGITALIZADOS X * SE APLICÓ APERCIBIMIENTO ART. 6°, LEY 20.886 X * LOS DOCUMENTOS FÍSICOS QUEDARON EN PODER DEL TRIBUNAL X RESUELVE ESCRITOS: Téngase presente la delegación de poder efectuada por el abogado don IVAN GOIC MARTINIC la abogada doña NICOL ANDREA GUERRERO SEPÚLVEDA. Téngase presente la delegación de poder efectuada por el abogado don FELIPE VALDÉS GABRIELLI al abogado don JOSÉ LUIS HERNÁNDEZ RIVERA. Téngase por digitalizada la documental. Ofrézcase en la oportunidad legal pertinente. CONCILIACION: El Tribunal propone a las partes bases para lograr una conciliación consistente en el 80% del total demandado, es decir, la suma de $2.583.294.-. La parte demandada oferta pagar la suma única de $1.800.000.- en una cuota y la parte demandante contraoferta en la suma de $2.500.000.- en dos cuotas, por lo que este NO se produce. HECHOS NO CONTROVERTIDOS: 1.- Que el demandante trabajo en las condiciones que indica en su presentación. 2.- Que firmó finiquito con reserva de acciones donde se le descontó el aporte al seguro de cesantía. 3.- Que la demandada cumplió con las formalidades legales para el aviso. HECHOS CONTROVERTIDOS: 1.- Efectividad de darse
Fallo
Se declara: I.- Que, se hace lugar a la demanda interpuesta por don LUIS ALFREDO DÍAZ LEOCARES, en contra de TRECK S.A., RUN 96.542.490-3, representada por don SEBASTIÁN FÉLIX RODILLO MARTÍNEZ, todos ya individualizados, declarándose injustificado el despido que sufrió el actor con fecha 13 de mayo de 2024, ordenándose el pago de las siguientes prestaciones: 1.- Recargo del 30% de la indemnización por años de servicios pagada, correspondiente a $2.010.000.- 2.- Devolución del aporte del seguro de cesantía que fue descontado en el finiquito por $1.219.117.- II.- Que a las sumas antes señaladas se le impondrán los intereses y reajustes que señalan los artículos 63 y 173 del Código del ramo. III.- Que se condena en costas a la parte demandada, las que se regulan prudencialmente en la suma de $100.000.- Se tuvo a la vista la prueba documental que consta en el sistema No se hace lugar a los apercibimientos solicitados por no haber concurrido las partes a absolver posiciones por considerar el tribunal que no es necesario, atendido el mérito de los antecedes. R.I.T. M-549-2024 R.U.C. 24- 4-0590099-4 Dictó sentencia y dirigió la audiencia doña VIVIANA LORETO IBARRA MENDOZA, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco. La presente audiencia se encuentra respaldada en forma íntegra, en el registro de audio del Tribunal.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 06/08/2024 RUC 24- 4-0590099-4 RIT M-549-2024 MAGISTRADO VIVIANA LORETO IBARRA MENDOZA ADMINISTRATIVO DE ACTAS María José Agurto S., sala N° 3 SALA FÍSICA N° 3 HORA DE INICIO 10:34 horas HORA DE TÉRMINO 11:31 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2440590099-4-1344 PARTE DEMANDANTE LUIS ALFREDO DÍAZ LEOCARES,
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