ULLOA/PRATTO LTDA.
Rol
O-7171-2023
Fecha
6 de agosto de 2024
Materia
Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO y además lo dispuesto en el artículo 7, 8, 9, 73, 161, 162, 168, 453 y siguientes del Código del Trabajo se declara que: i. Se ACOGE la demanda de autos interpuesta por JOSÉ ELÍAS ULLOA BURGOS en contra su ex empleador FABRICACIÓN DE PRODUCTOS METÁLICOS PRATTO TU SPA, y en consecuencia se declara injustificado el despido que fue objeto el actor con fecha 16 de agosto del 2023, el cual para todos efectos se estimará como fecha de término conforme a la causal de necesidades de la empresa del artículo 161 inciso primero el Código del Trabajo, como lo señala dicha norma. ii. Que la demandada deberá pagar al actor los siguientes conceptos y prestaciones: a) Por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo la suma de $853.200; b) Por concepto de indemnización por 6 años de servicios la suma de $7.678.800 incrementado en un 50% conforme a la letra b) del artículo 168 del Código del Trabajo del Código del Trabajo, esto es, la suma de $3.839.400. c) Por concepto de feriado legal la suma de $597.240.- correspondiente a 15 de enero 2022 a 15 de enero de 2023. Además del pago por concepto de feriado proporcional, la suma de $348.390 del 15 de enero de 2023 al 16 de agosto del 2023, equivalente a 12,25 días. iii. Asimismo, estas cantidades referidas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses señalados en el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. iv. Que se condena en costas a la demandada por haber sido totalmente vencida, fijándose en la suma de $100.000. RIT O-7171-2023 RUC 23-4-0521286-2 Con lo expuesto, quedando las partes notificadas de todas las resoluciones dictadas en audiencia conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo, siendo las :12:22 horas, se pone término a la misma. : Sentencia dictada en audiencia por don MAURICIO ALEJANDRO VIDAL CARO, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio
Fundamentos
fundamentos que constan en registro de audio Testimonial: La parte se desiste de la prueba ofrecida en audiencia preparatoria. OBSERVACIONES A LA PRUEBA. Consta íntegramente en audio. SENTENCIA Se deja constancia que el Tribunal procede a dictar sentencia en este acto, la que se transcribe solo en la parte resolutiva, de conformidad al artículo 62 inciso 3° del Acta 71 de la Excma. Corte Suprema, constando íntegramente la sentencia en el registro de audio. Santiago, a seis de dos mil veinticuatro. VISTOS, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que compareció al proceso JOSÉ ELÍAS ULLOA BURGOS, Rut N° 7.882.001-2, quien interpuso una demanda de despido injustificado, cobro de prestaciones, en contra de su ex empleador FABRICACIÓN DE PRODUCTOS METÁLICOS PRATTO SPA, RUT 78.932.840-4 (…). VISTO y además lo dispuesto en el artículo 7, 8, 9, 73, 161, 162, 168, 453 y siguientes del Código del Trabajo
Fallo
se declara que: i. Se ACOGE la demanda de autos interpuesta por JOSÉ ELÍAS ULLOA BURGOS en contra su ex empleador FABRICACIÓN DE PRODUCTOS METÁLICOS PRATTO TU SPA, y en consecuencia se declara injustificado el despido que fue objeto el actor con fecha 16 de agosto del 2023, el cual para todos efectos se estimará como fecha de término conforme a la causal de necesidades de la empresa del artículo 161 inciso primero el Código del Trabajo, como lo señala dicha norma. ii. Que la demandada deberá pagar al actor los siguientes conceptos y prestaciones: a) Por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo la suma de $853.200; b) Por concepto de indemnización por 6 años de servicios la suma de $7.678.800 incrementado en un 50% conforme a la letra b) del artículo 168 del Código del Trabajo del Código del Trabajo, esto es, la suma de $3.839.400. c) Por concepto de feriado legal la suma de $597.240.- correspondiente a 15 de enero 2022 a 15 de enero de 2023. Además del pago por concepto de feriado proporcional, la suma de $348.390 del 15 de enero de 2023 al 16 de agosto del 2023, equivalente a 12,25 días. iii. Asimismo, estas cantidades referidas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses señalados en el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. iv. Que se condena en costas a la demandada por haber sido totalmente vencida, fijándose en la suma de $100.000. RIT O-7171-2023 RUC 23-4-0521286-2 Con lo expuesto, quedando las partes notificadas de todas las resoluciones di
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO Procedimiento Ordinario (Presencial) FECHA Santiago, 06 de agosto de 2024 RUC 23-4-0521286-2 RIT O-7171-2023 CARATULADO Ulloa/Pratto Ltda. MAGISTRADO Mauricio Alejandro Vidal Caro ADMINISTRATIVA DE ACTAS Nicole Andrea Allende Tobar HORA DE INICIO 12:05 HORA DE TERMINO 12:22 SALA 1.1 Nº REGISTRO DE AUDIO 2
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