CORNEJO/
Rol
V-59-2024
Fecha
1 de julio de 2024
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1, compareció YANET DEL CARMEN CORNEJO LIZAMA, ejecutiva de ventas, domiciliada en Tabancura N°1613, departamento 1201, comuna de Vitacura; y solicitó que se le autorice el cambio de su nombre, quedando, en definitiva, como: “Jeanette Del Carmen Cornejo Lizama”. Fundando su solicitud, señaló que, ha sido conocida desde su infancia con el nombre “Jeanette”. Explicó que, fue inscrita con su primer nombre YANET, pero nunca lo ha utilizado de la forma escrita por su padre al inscribirla en el Registro Civil, debido a que nunca le ha gustado ni se ha sentido cómoda de la forma como está legalmente inscrito, sintiendo que le causa un menoscabo moral, y por eso que, desde su infancia y hasta el día de hoy, entre su núcleo familiar, vecinos, compañeros de estudio, compañeros de trabajo y círculo de amigos se le conoce con el nombre de “Jeanette”. Indicó que, nunca se le ha conocido por otro nombre que no sea el anteriormente señalado, el que ha usado toda la vida, desde muy pequeña, en todos los ambientes y medios que frecuenta familiar y socialmente, es decir, ha sido conocida como “Jeanette”, durante sus 48 años de vida. Concluyó solicitando, de acuerdo con lo expuesto y dispuesto en las normas legales que cita, y, previa tramitación contemplada en la ley, se ordene el cambio de su nombre, para que se enmiende la inscripción, estableciéndose el nombre “Jeanette”, quedando en consecuencia, con el nombre de “Jeanette Del Carmen Cornejo Lizama”. A folio 6 consta oficio emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación. A folios 10 y 11 consta el hecho de haberse rendido información sumaria de testigos. Habiéndose practicado las publicaciones de rigor, no consta oposición, como consta en el proceso. Finalmente, a folio 16, se trajeron los autos para fallo.
Fundamentos
CONSIDERANDO: Código: GVNBXXXJBTM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 PRIMERO: Que, YANET DEL CARMEN CORNEJO LIZAMA solicitó que se le autorice el cambio de su nombre, quedando, en definitiva, como: “Jeanette Del Carmen Cornejo Lizama”. SEGUNDO: Que, para argumentar su petición, la solicitante acompañó, entre otros documentos, su certificado de nacimiento y una tarjeta de presentación de Peugeot y Gama Leasing, con el nombre registrado como “Jeanette”. TERCERO: Que, en el folio 6, informó el Servicio de Registro Civil, consignando los datos de la solicitante, donde consta que se encuentra divorciada y tiene dos hijas (una hija mayor de edad y una hija menor de edad), e incorporando extracto de filiación, sin antecedentes ni anotaciones. CUARTO: Que, en los folios 10 y 11, rola la información sumaria de dos testigos, quienes fueron contestes en declarar que conocen a la solicitante hace más de 7 años, con el nombre “Jeanette”. QUINTO: Que, en el folio 7 se incorporó la publicación legal de fecha 2 de mayo de 2024, sin que se haya verificado oposición dentro del término legal, como consta en el proceso. SEXTO: Que, del mérito de autos, se ha acreditado que YANET DEL CARMEN CORNEJO LIZAMA, mayor de edad, ha sido conocida, por más de 5 años, como: “Jeanette Del Carmen Cornejo Lizama”, configurándose la causal prevista por la letra b) del artículo 1 de la Ley 17.344, por lo anterior, se accederá a la autorización de cambio del nombre solicitado y se ordenará la rectificación de la respectiva partida de nacimiento, como se dirá en lo resolutivo del fallo. A su vez, se ordenará la rectificación de la partida de matrimonio de la solicitante y de sus hijas (en cuanto al nombre registrado de la madre), de acuerdo con lo establecido en el artículo 4° de la Ley 17.344 que autoriza el cambio de nombre y apellidos. Y, vistos, además, lo dispuesto en los artículos 1° inciso 2°, letra a) y b), y artículos 3° y 4° inciso 3° de la Ley 17.344, sobre autorización de cambio de nombre; artículos 17 y 18 de la Ley N°4.808 sobre Registro Civil; 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
se declara: I. Que, ha lugar a lo solicitado, autorizándose el cambio de nombre de YANET DEL CARMEN CORNEJO LIZAMA, RUN 12.898.993-5, debiendo el Servicio de Registro Civil e Identificación rectificar la partida de nacimiento inscripción N° 4.284, registro E, año 1975, circunscripción Puente Alto, quedando inscrita, en definitiva, como: JEANETTE DEL CARMEN CORNEJO LIZAMA, mismo RUN. II. Que, se ordena al Servicio de Registro Civil e Identificación rectificar la partida de matrimonio de YANET DEL CARMEN CORNEJO LIZAMA, RUN Código: GVNBXXXJBTM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 12.898.993-5, inscripción N° 221, año 1997, circunscripción La Florida, quedando el nombre de la mujer, en definitiva, como, JEANETTE DEL CARMEN CORNEJO LIZAMA, mismo RUN. III. Que, se ordena al Servicio de Registro Civil e Identificación, rectificar la partida de nacimiento N° 8598, del año 1997, circunscripción Santiago, perteneciente a CAMILA FERNANDA TAPIA CORNEJO, quedando el nombre de la madre inscrito, en definitiva, como: JEANETTE DEL CARMEN CORNEJO LIZAMA, mismo RUN. IV. Que, se ordena al Servicio de Registro Civil e Identificación, rectificar la partida de nacimiento N° 6045, del año 2013, circunscripción Providencia, perteneciente a JOSEFA ANTONIA RAMÍREZ CORNEJO, quedando el nombre de la madre inscrito, en definitiva, como: JEANETTE DEL CARMEN CORNEJO LIZAMA, mismo RUN. Notifíquese, anótese, regístrese e inscríbase
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 17 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 12 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-59-2024 CARATULADO : CORNEJO/ Santiago, uno de Julio de dos mil veinticuatro VISTOS: A folio 1, compareció YANET DEL CARMEN CORNEJO LIZAMA, ejecutiva de ventas, domiciliada en Tabancura N°1613, departamento 1201, comuna de Vitacura; y solicitó que se le autorice el cambio de su nombre, qued
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