DOMINGUAL/SOCIEDAD INMOBILIARIA, INVERSIONES Y ASESORIAS GREEN S.A
Rol
O-5735-2023
Fecha
6 de agosto de 2024
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y oídos, A folio 2 comparece Gema del Carmen Domingual Soto, cédula de identidad Nro. 13.086.149-0, auxiliar de aseo, domiciliada en calle Los Lebreles Nro. 03506, block 8, departamento 13, comuna de Lo Espejo, quien interpone demanda en procedimiento de aplicación general por nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones, en contra de su ex empleadora Sociedad Inmobiliaria, Inversiones y Asesorías Green S.A., RUT 76.087.948-7, representada legalmente por León Wurman Schapiro, ambos domiciliados en calle Pedro Donoso N°662, comuna de Recoleta. Funda su pretensión en que ingresó a prestar servicios para la demandada, el 4 de abril de 2013, bajo vínculo de subordinación y dependencia, suscribiendo contrato de trabajo de plazo fijo que posteriormente se convirtió en contrato indefinido. Indica que se desempeñaba como auxiliar de aseo en la instalación del Banco BCI en calle Beaucheff N°1453, comuna de Santiago, con una jornada de trabajo de 45 horas semanales y una remuneración pactada de $427.750 pesos. Añade que fue despedida verbalmente y sin expresión de causa legal, el 28 de mayo de 2023, tras recibir un mensaje de WhatsApp de la empresa demandada, indicando que no debía presentarse a trabajar al día siguiente. Agrega que interpuso reclamo administrativo ante la Inspección del Trabajo, el 12 de junio de 2023, sin obtener respuesta favorable, y debido a la falta de entrega de la carta de despido en su domicilio, concurrió a la oficina de Defensa Laboral de Santiago para iniciar acciones judiciales. Refiere que la demandada adeuda cotizaciones de seguridad social en Fonasa, AFP Habitat y AFC Chile S.A. correspondientes a los meses de abril y mayo de 2023. Solicita el pago de las cotizaciones de seguridad social adeudadas en Fonasa, AFP Habitat y AFC Chile S.A. por los meses de abril y mayo de 2023; el pago de las remuneraciones y demás prestaciones desde la fecha del despido hasta la convalidación del mismo; indemnización sustitutiv
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, a folio 2 compareció la parte demandante, interponiendo demanda de nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones en contra de Sociedad Inmobiliaria, Inversiones y Asesorías Green S.A., pidiendo que se acoja su demanda y se condene a la demandada al pago de las indemnizaciones y prestaciones solicitadas, en razón de los fundamentos de hecho y de derecho ya reseñados en lo expositivo del
Fallo
fallo y que en este punto se dan por reproducidos. Segundo: Que, a folio 38, compareció la demandada pidiendo no aplicar la sanción de nulidad del despido posterior a la resolución de liquidación forzosa, en virtud de los argumentos ya expuestos en la exposición de esta sentencia. Tercero: Que, a folio 26, obra actuación de don Ricardo Galetovic Vera, ministro de fe, en virtud de la cual certifica que “revisadas las publicaciones en el Boletín Concursal de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, la empresa Sociedad Inmobiliaria, Inversiones y Asesorías Green S.A., Rut 76.087.948-7, tiene la calidad de deudor en un procedimiento de liquidación forzosa, conforme a la resolución judicial de fecha 14 de diciembre de 2023, emanada del 12º Juzgado Civil de Santiago en causa ROL C-7396-2023”. Cuarto: Que, llamadas las partes a conciliación, esta no se produjo, atendida la incomparecencia de la parte demandada. Quinto: Que el artículo 453 Nº 1) inciso séptimo establece que “(c)uando el demandado no contestare la demanda, o de hacerlo no negare en ella algunos de los hechos contenidos en la demanda, el juez, en la sentencia definitiva, podrá estimarlos como tácitamente admitidos.” A su turno, el artículo 453 Nº 3) inciso segundo contempla que “(d)e no haber hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, el tribunal dará por concluida la audiencia y procederá a dictar sentencia. Sexto: Que de las normas precedentemente citadas se puede extraer que, cuando la dema
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En Santiago, a seis de agosto de dos mil veinticuatro Vistos y oídos, A folio 2 comparece Gema del Carmen Domingual Soto, cédula de identidad Nro. 13.086.149-0, auxiliar de aseo, domiciliada en calle Los Lebreles Nro. 03506, block 8, departamento 13, comuna de Lo Espejo, quien interpone demanda en procedimiento de aplicación general por nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestac
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