SCOTIABANK CHILE/CÁRDENAS
Rol
C-3741-2023
Fecha
1 de julio de 2024
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS A folio 1, don Gustavo Lagos Ochoa, mandatario judicial de Scotiabank Chile, sociedad an nima bancaria, del giro de su denominaci n,ó ó representada a su vez por su gerente general, don Diego Patricio Masola, contador p blico, todos domiciliados en Avenida Costanera Sur 2710, Torreú A, Las Condes, Santiago, interpuso demanda ejecutiva en contra de Leni Waleska C rdenas P rezá é , c dula nacional de identidad n mero 8.897.140-é ú K, t cnico, con domicilio en é calle Pasaje 11, N 595, Villa don Max Sur,º comuna de Valdivia. Funda su pretensi n en que su representado ha otorgado a laó demandada los cr ditos que constan en los instrumentos que a continuaci né ó se indican: A.- Mediante escritura p blica otorgada con fecha 27 de noviembreú de 2014 en la Notar a de Valdivia de do a Carmen Podlech Michaudí ñ , Scotiabank Chile dio en mutuo a la demandada el equivalente en moneda nacional a 1.402 unidades de fomento por concepto de capital. Se ala que el referido pr stamo se encuentra registrado en el Bancoñ é bajo el n mero de operaci n 710041229199. La parte mutuaria se oblig aú ó ó pagar el capital antes se alado en 180 cuotas mensuales que comprendenñ capital e intereses, de 10,2460 Unidades de Fomento para los primeros cinco a os, con vencimiento la primera de ellas en febrero de 2015. Señ pact que para los primeros cinco periodos de determinaci n de intereses eló ó capital adeudado devengar mensualmente un inter s de 3,89 % anual. Paraá é el sexto y restantes per odos de determinaci n de intereses el capitalí ó adeudado devengar mensualmente un inter s equivalente al que resulte deá é sumar un 1,6 % a la TASA TAB, Tasa Bancaria correspondiente al periodo respectivo la que se fijar promediando las tasas TAB correspondientes a losá 10 d as h biles anteriores al mes de la fecha del D a de Inicio de laí á “ í Código: RSZNXXLRXXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Obligaci n para cada uno de los a
Fundamentos
considerando vencido el plazo de la deuda y exigir el inmediato pago de las sumas a que est reducida, m s sus reajustes, intereses,é á comisiones, gastos y costas, entre otros casos, si se retarda el pago de cualquier dividendo y/o cualquier suma que se deba pagar al Banco relacionada con este contrato en m s de 15 d as. á í Indica que de acuerdo a lo estipulado en la cl usula SEPTIMA de laá misma escritura, si el pago mensual no se efectuase dentro del plazo convenido, ste devengar , desde la fecha de su vencimiento, estipulada ené á la cl usula CUARTA, un inter s penal igual al m ximo convencional queá é á tuviere vigencia durante el tiempo de la mora o simple retardo. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta cl usula S PTIMAá É facultar al Banco para hacer exigibles todas las obligaciones que losá deudores mantengan con l, cualquiera que sea su origen, fecha deé vencimiento o monto. Se ala que para garantizar el cumplimiento exacto de todas y cadañ una de las obligaciones provenientes del ya referido mutuo do a ñ Leni Waleska C rdenas P rez á é constituy en favor de su representada, hipoteca deó primer grado sobre el inmueble ubicado en calle Pasaje 11 N 595, comunaº de Valdivia. El t tulo de dominio de dicho inmueble encuentra inscrito aí nombre de la demandada y garante a fojas 165, N 269, en el Registro de° Propiedad del a o 1992 del Conservador de Bienes Ra ces de Valdiviañ í . Refiere que la demandada ha dejado de pagar a su representado las cuotas con vencimiento en los meses de julio 2023 (cuota N 102) y° siguientes, raz n por la cual, y de acuerdo a lo estipulado en el contrato,ó demandan en este acto el saldo total de la obligaci n, la que al 03 deó noviembre de 2023 ascend a a la suma equivalente en pesos a í 719,4180 Unidades de Fomento por concepto de capital, m s los intereses ya descritosá que se devenguen hasta la fecha del pago efectivo. Por ltimo, refiere que la obligaci n antes singularizada consta deú ó escritura p blica, instrumento que tiene m rito ejecutivo. ú é Código: RSZNXXLRXXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl B.- Pagar (N de obligaci n 710138083731)é º ó , suscrito por la demandada, en su favor el d a 19 de abril de 2023 por í $ 8.750.635 por concepto de capital, con un inter s mensual de 0,6 % para pagarse en 72é cuotas mensuales y sucesivas de $ 150.989, a excepci n de la ltima cuyoó ú valor asciende a $ 152.074, venciendo la primera de ellas el d a 05 de junioí de 2023. Se ala que el pagar establece que en caso de mora o simple retardoñ é en el pago de todo o parte de una cualquiera de las cuotas de este pagar ,é el Banco cobrar la tasa de inter s m xima convencional fijada por laá é á autoridad a la fecha de suscripci n de este pagar , a menos que la que rijaó é durante la mora o retardo sea superior, en cuyo caso se cobrar esta ltima.á ú Asimismo, en este evento, el Banco queda facultado para exigir anticipadamente el pago
Fallo
se declara: I.- Que SE RECHAZA la excepci n del N 14 del art culo 464 deló ° í C digo de Procedimiento Civil, opuesta por la ejecutada, respecto de losó pagar s individualizados con las letras é b (Pagar N de obligaci né º ó Código: RSZNXXLRXXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 710138083731), y c.- (Pagar N de obligaci n 710138064324), de laé º ó demanda. II.- Que, en consecuencia, se ACOGE la demanda ejecutiva del folio 1, y se ordena seguir adelante la ejecuci n en contra de ó Leni Waleska C rdenas P rez, por unidades de fomento 719, 4180, equivalentes de modoá é referencial al d a 03 de noviembre de 2023, a $26.195.908, m s la suma deí á $ 8.681.902 y $4.465.057 por concepto de capital, m s los intereses yaá descritos, en cada caso, que se devenguen hasta la fecha del pago efectivo, ordenando seguir adelante con la ejecuci n hasta hacerse entero y cumplidoó pago de lo adeudado, con costas. III.- Que se condena en costas a la ejecutada por haber sido totalmente vencida. Reg strese y notif quese por c dula.í í é Rol C-3.741-2023.- Dictada por don Edinson Lara Aguayo, Juez Titular. Autoriza don David Silva Estrada, Secretario Titular. En cumplimiento a lo dispuesto en el art culo 162 del C digo deí ó Procedimiento Civil, se incluy en el estado diario la sentencia precedente.ó Valdivia, a uno de julio de dos mil veinticuatro. Código: RSZNXXLRXXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede s
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Valdivia CAUSA ROL : C-3741-2023 CARATULADO : SCOTIABANK CHILE/C RDENASÁ Valdivia, a uno de julio de dos mil veinticuatro. VISTOS A folio 1, don Gustavo Lagos Ochoa, mandatario judicial de Scotiabank Chile, sociedad an nima bancaria, del giro de su denominaci n,ó ó representada a su vez por su gerente general, don Diego Patricio Masola
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