MASAVAL S.A.G.R./SOCIEDAD COMERCIAL, ENVASADORA, AGRICOLA, GANADERA Y FORESTAL CHILE FERTIL LIMITA
Rol
C-2396-2023
Fecha
28 de junio de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1 compareci don Luis Eduardo Montes Montes, abogado,ó domiciliado en Avenida Suecia 42, piso 5, Providencia, Santiago, correo electr nico lemontes@montesylavin.cl, como mandatario, en representaci nó ó convencional conforme a mandato judicial, seg n se acreditar , de ú á M sAvalá S.A.G.R., sociedad an nima de garant a rec proca, cuyo gerente general yó í í representante legal es don Juan Pablo Gonz lez Vergara, Rut 16.359.215-0,á ingeniero comercial, ambos con domicilio en Santiago, Avenida Apoquindo N 6550, piso 16, comuna de Las Condes e indica que en la representaci n° ó que inviste interpone demanda en procedimiento ejecutivo en contra de SOCIEDAD COMERCIAL, ENVASADORA, AGR COLA,Í GANADERA Y FORESTAL CHILE F RTIL LIMITADA, É sociedad del giro de su denominaci n, Rut 76.080.056-2, representada por donó FERNANDO ARTURO CARRASCO CANDIA, ignora profesi n u oficio,ó en su calidad de deudora principal, y en contra de don FERNANDO ARTURO CARRASCO CANDIA, ignora profesi n u oficio, y de do aó ñ PASCALE GIANINNA CARRASCO ZAMPONI, ignoro profesi n uó oficio, en su calidad de avalistas, fiadores solidarios y codeudores solidarios, todos con domicilio en Panamericana Sur Km 685, comuna de Padre Las Casas, ciudad de Temuco, Regi n de la Araucan a, y/o en Hijuelas 7-8-9,ó í camino a Illaf sin n mero, Metrenco, Padre Las Casas, ciudad de Temuco,ú Regi n de la Araucan a, por los
Fundamentos
motivos que expresa a continuaci n: 1.-ó í ó Código: MSGDXXRPJZL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl M sAval S.A.G.R es due a del Pagar Cuadro de Pagos (pesos tasa fija)á ñ é N 528908, suscrito a favor del Banco Security por SOCIEDAD° COMERCIAL, ENVASADORA, AGR COLA, GANADERA YÍ FORESTAL CHILE F RTIL LIMITADA, debidamente representada, enÉ calidad de deudora directa, ya individualizada, con fecha 19 de octubre de 2017. Por medio del referido pagar , el BANCO SECURITY otorg a laé ó suscriptora, un pr stamo por la suma en pesos, de $232.145.718, poré concepto de capital. El capital adeudado devengar un inter s del 0,62550%á é mensual vencido, desde la fecha de suscripci n del pagar hasta su pagoó é ntegro y efectivo. El capital se pagar a en 60 cuotas mensuales por losí í montos y con las fechas de vencimiento contenidas en el pagar y que seé detallan a continuaci n. Los intereses se pagar an en las fechas que seó í detallan a continuaci n, devengados desde la fecha del ltimo pago deó ú intereses: En el mismo pagar , se estableci que en caso de mora o simpleé ó retardo en el pago de todo o parte del capital e intereses, se capitalizar n losá intereses devengados y esta obligaci n devengar por todo el lapso de laó á mora o retardo, el inter s m ximo convencional que la ley permite estipularé á para operaciones de cr dito de dinero en moneda nacional, pero s lo si steé ó é fuera superior al inter s que se encontrare rigiendo para la obligaci n a laé ó fecha de producirse el simple retardo o mora, pues en caso contrario se continuar devengando ste ltimo. Lo anterior en todo caso, sin perjuicioá é ú de la facultad del Banco Security de hacer exigible el total de lo adeudado, en conformidad a lo estipulado en el pagar . La suscriptora declar y acepté ó ó adem s, que la tasa de inter s convenida, podr a incrementarse en igualá é í monto o porcentaje en que eventualmente se incremente o disminuya para el Banco el costo en el otorgamiento o mantenimiento del pr stamo de queé da cuenta este instrumento, conforme a lo estipulado en el pagar .é Conforme a lo estipulado en el mismo instrumento, las obligaciones emanadas de l son indivisibles para los obligados, sus herederos y/oé sucesores, conforme a lo dispuesto en los art culos 1526 N 4 y 1528 delí ° C digo Civil. En caso de mora o simple retardo en el pago de unaó cualquiera de las cuotas de capital e intereses de que da cuenta el pagar , seé estableci que el Banco Security tendr a derecho a hacer inmediatamenteó í Código: MSGDXXRPJZL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl exigible la totalidad del cr dito como si fuera de plazo vencido. En el citadoé pagar , don é FERNANDO ARTURO CARRASCO CANDIA, y do añ PASCALE GIANINNA CARRASCO ZAMPONI, ya individualizados, se constituyeron en avalistas, fiadores solidarios y codeudores solidarios de dicha obligaci n. 2.- Seg n consta del cita
Fallo
se declararon admisibles las excepciones y se recibi laó causa a prueba. A folio 36 consta notificaci n expresa de la sentencia interlocutoria deó prueba al ejecutante. A folio 46 consta notificaci n por c dula de la sentencia interlocutoriaó é de prueba a los ejecutados. A folio 56 se cit a las partes a o r sentencia.ó í A folio 58 se decret medida para mejor resolver.ó A folio 66 habiendo transcurrido el t rmino legal de la medida paraé mejor resolver, cumplida, rige la resoluci n de folio 56.ó CONSIDERANDO: I.- EN CUANTO AL INCIDENTE DE OBJECI NÓ DOCUMENTAL INTERPUESTO POR EL EJECUTANTE A FOLIO 2 DEL CUADERNO 4 DE OBJECI N DOCUMENTAL.Ó PRIMERO: Que el ejecutante se al que viene en ejercer el derecho queñ ó la ley franquea en el art culo 346 N 3 del C digo de Procedimiento Civilí ° ó respecto de los documentos percibidos electr nicamente en audienciaó especialmente citada al efecto, celebrada el pasado 14 de junio del 2024, Código: MSGDXXRPJZL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl consistentes en los siguientes documentos: 1.- Correo electr nico de fechaó 08.03.23, en virtud del cual do a Natalia Chara, Analista de Normalizaci nñ ó de Maxxa, Cobradora Externa de la Ejecutante, le env a plan deí renegociaci n de la deuda de autos a su representado; 2.- Comprobante deó transferencia electr nica de fecha 31.03.23 por $4.000.000 y de fechaó 03.04.23 por $2.500.000, emitidos por el Banco Santander, los cuales tie
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-2396-2023 CARATULADO : MASAVAL S.A.G.R./SOCIEDAD COMERCIAL, ENVASADORA, AGRICOLA, GANADERA Y FORESTAL CHILE FERTIL LIMITA Temuco, veintiocho de junio de dos mil veinticuatro VISTOS: A folio 1 compareci don Luis Eduardo Montes Montes, abogado,ó domiciliado en Avenida Suecia 42, piso 5, Providencia, Santiago, correo e
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