JEREZ/DOMINION SPA.
Rol
O-8273-2023
Fecha
5 de agosto de 2024
Materia
Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Prestaciones, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos. El tribunal recibe la causa prueba fijando los siguientes puntos: 1.- Efectividad de los hechos invocados por el empleador para poner término a la relación laboral en relación a la causa invocada. 2.- Cumplimiento de las formalidades legales del despido. 3.- Efectividad de adeudarse las prestaciones laborales demandadas. Cuarto. Incorporación de medios probatorios. Que en audiencia de juicio, las partes incorporan sus medios de prueba. La parte demandada incorpora prueba documental consistente en; contrato de trabajo, anexo del mismo, proyecto de finiquito, acta de comparendo de conciliación ante la Inspección del Trabajo, fotografía de cheque a nombre del actor, 3 certificados de feriados, descripción de cargo de supervisor SSEE, liquidaciones de remuneración, carta de despido, comprobante de aviso, amonestación, examen de Laboratorio Apoquindo realizado el actor, certificado médico, receta médica, contrato de trabajo de Ricardo Adasme, carta de despido de Ricardo Adasme, recepción de reglamento interno, reglamento interno de orden higiene y seguridad, política de prevención de alcohol y drogas, difusión e investigación interna. Confesional. Absuelve posiciones el actor. Testimonial. Previo juramento declaran; 1.- Sandra Cristina Dos Santos Cardoso, cédula nacional de identidad 23.636.532-8; 2.- Jonathan Francisco Sandoval Farías, cédula nacional de identidad 15.588.582-3 y 3.- Marcela del Pilar Berrios Pino, cédula nacional de identidad 18.058.724-1. A su vez la parte demandante incorpora sus medios de prueba consistentes en: documental; copia de carta de aviso de despido, copia de acta de comparendo de conciliación, copia de anexo de contrato, captura de pantalla de recemed,cl. Exhibición de documentos; contratos, anexos y liquidaciones de remuneración. Quinto. Hechos acreditados y valoración de la prueba. Que apreciada la prueba rendida de acuerdo a las normas de la sana critica, esto es, respetando las razon
Fallo
Por estas consideraciones y, visto además lo dispuesto en los artículos 160, 162, 168, 172, 173, 425, 453 y 454, 456, 459 y siguientes, del Código del Trabajo, y demás normas legales vigentes, SE RESUELVE; I.- Que se rechaza la excepción de finiquito interpuesta. II.- Que se acoge la excepción de pago interpuesta III- Que se rechaza en todas sus partes la demanda interpuesta por Christian Nolasco Jerez Rebolledo, cédula nacional de identidad 18.547.730-4, en contra de Dominion Spa, rol único tributario 99.597.170-0, representada legalmente por doña Claudia Andrea Mora Mora, cédula nacional de identidad 15.357.675-0, todos previamente individualizados. IV.-Que no siento ninguna de las partes completamente vencida, cada parte pagará sus costas. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT : O-8273-2023 RUC : 23- 4-0532555-1 Pronunciada por don (ña) EMA DEL PILAR NOVOA MATEOS, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a cinco de agosto de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, cinco de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos. Que ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo se ha llevado a efecto audiencia de juicio en los autos RIT O-8273-2023, por despido injustificado y cobro de prestaciones. La demanda fue interpuesta por don Christian Nolasco Jerez Rebolledo, cédula nacional de identidad 18.547.730-4, con d
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