SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA/VARGAS
Rol
C-205-2024
Fecha
28 de junio de 2024
Materia
PESCA Y ACUICULTURA, INFRACCIONES A LA LEY DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 13 de marzo de 2024, comparece FELIPE FONSECA FLORES, Run 16.445.810-5, Fiscalizador del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura de la Región de Aysén, con domicilio en calle Caupolicán Nº 653, de la ciudad de Puerto Aysén, quien formula denuncia por infracción a la Ley General de Pesca y Acuicultura y su normativa anexa, en contra de don CRISTIAN ENRIQUE VARGAS VARGAS, RUN Nº 15.873.848-1, Armador de la embarcación “NATALY I”, matrícula N° 5153 de CALBUCO, domiciliado en LAS VERTIENTES S/N, SAN RAFAEL de la ciudad de CALBUCO, REGIÓN DE LOS LAGOS, solicitando acogerla a tramitación y, en definitiva, condenarlo a las siguientes sanciones: 1.- Por la conducta consistente en obstaculizar, dificultar, impedir o intentar obstaculizar la labor de los funcionarios del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, se le condena de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 bis de la Ley General de Pesca y Acuicultura al pago de una multa que va desde 30 unidades tributarias mensuales en su tramo mínimo hasta 100 unidades tributarias mensuales en su tramo máximo 2.- Por la conducta consistente en capturar especies hidrobiológicas sin la autorización o permiso correspondiente, o en contravención a lo establecido en éstos, se le condena de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley General de Pesca y Acuicultura al pago de una multa que va desde 3 unidades tributarias mensuales en su tramo mínimo hasta 300 unidades tributarias mensuales en su tramo máximo. 3.- Por la conducta consistente en no presentar información de conformidad con lo dispuesto en los artículos 63 y 113 de la Ley General de Pesca y Acuicultura y DS 129-2013 de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, se le condena de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley General de Pesca y Acuicultura al pago de una multa que va desde 3 unidades tributarias mensuales en su tramo mínimo hasta 300 unidades tributarias mensuales en su tramo máximo. 4.- Se le condena al pa
Fallo
Por tanto, no estaría autorizada para realizar actividades extractivas de recursos pesqueros y tampoco en el marco del régimen de zona contigua. Hace presente que, a la fecha del avistamiento de la nave, se encontraba vigente el Convenio de Zonas Contiguas, el cual habilita la operación de pescadores de la región de Los Lagos en la región de Aysén sobre los recursos erizo, almeja y luga roja (Res. . N° 1243/2023 SUBPESCA, del 26 de mayo de 2023). Sin embargo, el armador incumplió con lo establecido en la Res. Ex. N° 1319/2023 del 29 de junio de 2023, del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, en el sentido de no haber solicitado al Servicio la autorización de ingreso a la región, acto formalizado a través de la emisión del Certificado de Ingreso a la Región de Aysén, cuyo documento es obligatorio para la realización de faenas extractivas por parte de los agentes pesqueros de la Región de Los Lagos. Igualmente, es importante señalar que, en circunstancias de vigencia de este convenio de zonas contiguas, es que la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura autorizó un área Código: RYZWXXWVXTL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl geográfica a través de coordenadas medidas con Latitud (S) y Longitud (W) (Tabla 1), con una figura que esquematiza el polígono correspondiente a la zona contigua, y donde pueden realizar actividades extractivas los agentes de la región de Los Lagos que se encuentren debidamente inscritos e
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ऀ Puerto Aysén, a veintiocho de junio de dos mil veinticuatro. VISTOS: Con fecha 13 de marzo de 2024, comparece FELIPE FONSECA FLORES, Run 16.445.810-5, Fiscalizador del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura de la Región de Aysén, con domicilio en calle Caupolicán Nº 653, de la ciudad de Puerto Aysén, quien formula denuncia por infracción a la Ley General de Pesca y Acuicultura y su normativa
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