2º Juzgado Civil de Puerto Montt

PÉREZ/

Rol

V-103-2022

Fecha

28 de junio de 2024

Materia

CURADOR, NOMBRAMIENTO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que, la presente causa Rol N°V-103-2022, fue presentada a tramitación con fecha 05 de julio de 2022 (Folio 1), por don Raúl Enrique Pérez Gajardo, chileno, trabajador dependiente, cédula nacional de identidad N°10.481.589-8, domiciliado en Capitán García N°251, Población Libertad, Puerto Montt; y, en lo principal expone: Que, viene en solicitar nombramiento de curador de bienes del ausente o curador de ausentes en favor de doña Ana Julia Navarrete Ramírez, cédula nacional de identidad N°14.890.000-0, de nacionalidad salvadoreña, ignora profesión u oficio, y sin domicilio conocido ni dentro del país ni en el extranjero, en consideración a los siguientes antecedentes de hecho y de derecho que expone. En cuanto a los hechos, señala que contrajo matrimonio con doña Ana Julia Navarrete Ramírez, con fecha 04 de noviembre de 2003, el que fue inscrito con el N°622 del año 2003, de la Circunscripción de Puerto Montt, del Servicio Nacional de Registro Civil e Identificación. De este matrimonio no nacieron hijos y el régimen patrimonial pactado fue el de separación total de bienes. Indica que, debido a diferencias irreconciliables que tornaron imposible la vida en común, se dio fin a la relación el año 2005, momento desde el cual desconoce el paradero de su cónyuge. Señala, que la única noticia que tiene sobre el paradero de doña Ana Julia Navarrete Ramírez es lo informado por la Policía de Investigaciones, a través de su Departamento de Migraciones y Policía Internacional de Puerto Montt en los oficios Ord.129/2021; Ord. 153/2021 ambos de enero de 2021, y el Ord. 1035/2021 de octubre de 2021, en el que se informa los movimientos y anotaciones de viajes, teniendo como último registro la salida del país con fecha 30 de julio de 2006, desde el Aeropuerto Internacional Arturo Merino Benítez, en dirección a Panamá. Según consta en el documento antes indicado, no existen ingresos al país por parte de su cónyuge y su intención es regularizar la situación de su estado civ

Fundamentos

CONSIDERANDO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, don Raúl Enrique Pérez Gajardo, solicita se nombre curador de los bienes del ausente o curador de ausentes de doña Ana Código: XSKDXXXVGRL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Julia Navarrete Ramírez; para efectos de ser representada y resguardados sus derechos por dicho curador, en procedimiento de divorcio unilateral que se presentará una vez realizada la designación. Indica que contrajo matrimonio con doña Ana Julia Navarrete Ramírez, el 04 de noviembre de 2033, matrimonio del cual no nacieron hijos, que el régimen patrimonial pactado fue el de separación total de bienes, y que no ha tenido noticias de ella desde el quiebre de su relación en el año 2005, desconociendo su actual paradero. SEGUNDO: Se encuentran agregados a la carpeta electrónica, los siguientes documentos: 1.- Certificado de matrimonio celebrado con fecha 04 de noviembre de 2003 entre Raúl Enrique Pérez Gajardo y Ana Julia Navarrete Ramírez, emitido por Servicio de Registro Civil e Identificación (Folio 1 y 6). 2.- Copia Oficio Ord. 153 de la Policía de Investigaciones de Chile, emitido con fecha 29 de enero de 2021 por César Fonseca Neira, Comisario, Jefe Depto. Migraciones y Polint. Pto. Montt (Folio 1 y 6). 3.- Copia Oficio Ord. 129 de la Policía de Investigaciones de Chile, emitido con fecha 25 de enero de 2021 por César Fonseca Neira, Comisario, Jefe Departamento de Migraciones y Polint. Puerto Montt (Folio 1 y 6) 4.- Copia Oficio Ord. 1308 de la Policía de Investigaciones de Chile, emitido con fecha 26 de octubre de 2021 por César Fonseca Neira, Subprefecto, Jefe Departamento Migraciones y Polint. Puerto Montt (Folio 1 y 6) 5.- Resolución -con firma electrónica avanzada- dictada con fecha 12 de noviembre de 2021, en causa RIT C-1902-2021, RUC 21-2-2573034-K, caratulada Pérez/Navarrete, seguida ante el Juzgado de Familia de Puerto Montt (Folio 1). 6.- Plantilla de Acta de Audiencia Preparatoria Contenciosa Ley de Matrimonio Civil -con firma electrónica avanzada- de fecha 08 de julio de 2021, RUC 21-2- 2167532-8, RIT C-122-2021, caratulada Pérez/Navarrete, seguida ante el Juzgado de Familia de Puerto Montt (Folio 1). 7.- Copia artículo Revista de Derecho, Vol. V, diciembre 1994, pp.97-98, Jurisprudencia, que contiene copia de sentencia de fecha 08 de abril de 1994, Rol 5.30494 de la Corte Suprema (Folio 1). 8.- Copia piezas ebook causa Rit C-122-2021, RUC 21-2-2167532-8, caratulada “Pérez7Navarrete”, sobre divorcio por cese de convivencia, seguida ante el Juzgado de Familia de Puerto Montt (Folio 1). 9.- Copia piezas ebook causa Rit C-1902-2021, RUC 21-2-2573034-K, caratulada “Pérez7Navarrete”, sobre divorcio por cese de convivencia, seguida ante el Juzgado de Familia de Puerto Montt (Folio 1). TERCERO: En relación a la solicitud de autos, el artículo 343 del Código Civil, prescribe: Código: XSKDXXXVGRL Este documento tiene firma electrónica y su origina

Fallo

se declara: I.- Que, se accede a la solicitud formulada en lo principal del escrito de fecha 05 de julio de 2022 (Folio 1), por don Raúl Enrique Pérez Gajardo. En consecuencia, se designa como curador de bienes de la ausente doña Ana Julia Navarrete Ramírez, R.U.N. 21.593.988-K/Pasaporte C0413195, nacida el 24 de diciembre de 1973, de nacionalidad salvadoreña, al abogado del turno en lo civil mes de Junio de 2024, don Gonzalo Lepe Ruiz, domiciliado en Urmeneta N°305, Oficina 804, Edificio Los Héroes, Puerto Montt, Fono: 988254204, correo: gleperuiz@gmail.com; para que represente a la ausente en el eventual juicio de divorcio unilateral que interponga el solicitante en su contra ante el Tribunales de Familia competente, y para ese solo procedimiento judicial. II.- Sirva la presente sentencia de suficiente discernimiento para ejercer el cargo, una vez que se encuentre ejecutoriada. III.- Atendida la circunstancia de la presente curaduría, concedida sólo para efectos de representación en eventual juicio de divorcio, y al tratarse el designado de una persona de conocida probidad, se le exime de la obligación de rendir fianza y practicar inventario solemne. IV.- Notifíquese en forma legal al curador designado para que acepte el cargo y jure su fiel desempeño.- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE y archívese oportunamente.- ROL N°V-103-2022 Dictó don ANTONIO ISAAC VALDIVIESO BARRALES, Juez Subrogante del 2° Juzgado Civil de Puerto Montt.- En Puerto Montt, a veintiocho de Junio de dos mil ve

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado Civil de Puerto Montt CAUSA ROL : V-103-2022 CARATULADO : P REZ/É Puerto Montt, veintiocho de Junio de dos mil veinticuatro VISTOS: Que, la presente causa Rol N°V-103-2022, fue presentada a tramitación con fecha 05 de julio de 2022 (Folio 1), por don Raúl Enrique Pérez Gajardo, chileno, trabajador dependiente, cédula nacional de identidad N°10.4

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