BANCO SANTANDER - CHILE S.A./FREDES
Rol
C-3419-2023
Fecha
26 de junio de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece con fecha 10 de octubre de 2023, do a Silvia Cifuentesñ Gonz lez, abogado, Rut N 11.872.455-0, domiciliada en calle Vald sá ° é N 715, of. 307, Melipilla, como mandataria y en representaci n° ó convencional, seg n se acredita, del ú BANCO SANTANDER CHILE, Rut N 97.036.000-K, sociedad an nima bancaria y financiera, ste° ó é representado por su gerente general don Rom n Blanco Reinosa, espa ol,á ñ Ingeniero Civil, Pasaporte Pak N 752653, domiciliados en calle Bandera° N 140, Santiago y expone: Que el banco al cual representa es due o delº ñ pagar (Moneda Nacional no Reajustable) FOGAPE COVID-19 Nroé 420020298030, a la orden del Banco Santander-Chile, suscrito por SERVICIOS M Y M SpA, Rut N 76.844.374-2, persona jur dica del° í giro de su denominaci n, representada por don Alejandro Fredes Herrera,ó Rut N 19.054.437-0, ignora profesi n u oficio, ambos domiciliados en° ó Trigal Norte 19, San Jos , Melipilla, suscrito con fecha 08 de Junio deé 2020, por la suma de $9.038.000., valor de un pr stamo que recibi ené ó dinero efectivo.- Funda su demanda indicando que el capital adeudado deb a pagarseí en 41 cuotas, mensuales, sucesivas e iguales de $232.906., con vencimiento los d as 29 de cada mes, a contar del 29 de diciembre del a o 2020 y hastaí ñ el 29 de abril de 2024 y una ltima cuota de $232.884., con vencimiento elú d a 29 de mayo del a o 2024.-í ñ Se estipul en el pagar que la suma prestada devengar a un inter só é í é del 0.29% mensual.- Los recursos provenientes de los financiamientos con garant as delí Fondo solamente podr n ser utilizados para cubrir necesidades de capital deá Código: WVSEXXPCNPK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 trabajo, incluyendo, entre otros, pago de remuneraciones y obligaciones previsionales, arriendos, rentas de leasing, mercader as, y suministrosí incluyendo aquellos documentos a trav s de cartas de cr dito deé é importaci n, facturas pen
Fundamentos
fundamentos y peticiones referidas en lo expositivo del fallo.- SEGUNDO: Que el ejecutado don Alejandro Marcelo Fredes Herrera, por si en calidad de aval, fiador y codeudor solidario y en representaci n de Servicios M&M Spa, en calidad de deudor principal,ó opuso a la ejecuci n las siguientes excepciones: ó 1.- La contemplada en el N 2 del art culo 464 del C digo de° í ó Procedimiento Civil, la falta de capacidad del demandante o de personer a o representaci n legal del que comparezca en su nombre; basadaí ó en que consta del m rito del proceso, que el abogado de la contraparteé supuestamente ha comparecido en representaci n de este invocando paraó ello Mandato Judicial otorgado por escritura p blica ante Notarioú respectivo, en virtud del cual, se se ala al Gerente General de dichañ instituci n, en su calidad de representante legal otorgando poder especialó para la representaci n judicial en dicho procedimiento incoado ante eló tribunal el cual se acompa a estos autos.-ñó Con ello es imperante, tener en consideraci n las siguientesó situaciones: La parte demandante fundamenta su personer a en un mandatoí judicial que en momento alguno ha sido acompa ado al proceso, en virtudñ Código: WVSEXXPCNPK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 del cual, esa parte, ni mucho menos cuenta con el convencimiento irrevocable de que dicha personer a efectivamente existe, o de existir, si seí encuentra o no vigente.- Asimismo, tampoco consta la vigencia del mandato judicial en virtud del cual el Representante Legal de la parte demandante confiri poder“ ” ó suficiente para representarlo en juicio ni las facultades con las que este cuenta en conformidad a lo establecido en el art culo s ptimo del C digo deí é ó Procedimiento Civil, toda vez que la fecha en virtud de la cual se otorgó dicho mandato judicial, y la fecha en virtud de la cual se interpuso demanda ejecutiva en contra de su representado, fluct an de un amplioú margen de tiempo y distancia, no permitiendo a esa parte ni a al tribunal tener el convencimiento irrevocable de que las partes del proceso est ná actuando conforme a derecho.- Como bien se sabe el mandato de representaci n es esencialmenteó revocable por lo cual es imperante la constancia de vigencia en el proceso para dar curso a las pretensiones de las partes, toda vez que en definitiva, ser n las partes habilitadas para comparecer en un litigio a las cuales laá sentencia de autos producir sus efectos atendido el efecto relativo de lasá mismas, todo ello en conformidad en los art culos 3 y siguientes del C digoí ó de Procedimiento Civil y los art culos 421 y siguientes del C digo Org nicoí ó á de Tribunales.- 2.- La contemplada en el N 4 del art culo 464 del C digo de° í ó Procedimiento Civil, la ineptitud del libelo por falta de alg n requisitoú legal en el modo de formular la demanda, en conformidad a lo dispuesto en el art culo 254; indicando que consta de la simple
Fallo
se declaran admisibles las excepciones opuestas y se recibe la causa a prueba.- Con fecha 21 de junio de 2024, se cit a las partes para o ró í sentencia.- C O N S I D E R A N D O: PRIMERO: Que do a Silvia Cifuentes Gonz lez, en representaci nñ á ó de Banco Santander, ha interpuesto demanda ejecutiva en contra de Servicios M Y M SpA, representada por don Alejandro Fredes Herrera, en calidad de deudor principal y de don Alejandro Fredes Herrera, en calidad de aval, fiador y codeudor solidario, por las razones, fundamentos y peticiones referidas en lo expositivo del fallo.- SEGUNDO: Que el ejecutado don Alejandro Marcelo Fredes Herrera, por si en calidad de aval, fiador y codeudor solidario y en representaci n de Servicios M&M Spa, en calidad de deudor principal,ó opuso a la ejecuci n las siguientes excepciones: ó 1.- La contemplada en el N 2 del art culo 464 del C digo de° í ó Procedimiento Civil, la falta de capacidad del demandante o de personer a o representaci n legal del que comparezca en su nombre; basadaí ó en que consta del m rito del proceso, que el abogado de la contraparteé supuestamente ha comparecido en representaci n de este invocando paraó ello Mandato Judicial otorgado por escritura p blica ante Notarioú respectivo, en virtud del cual, se se ala al Gerente General de dichañ instituci n, en su calidad de representante legal otorgando poder especialó para la representaci n judicial en dicho procedimiento incoado ante eló tribunal el cual se acompa a estos autos.-ñ
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 FOJA: 16 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Melipillaº CAUSA ROL : C-3419-2023 CARATULADO : BANCO SANTANDER - CHILE S.A./FREDES Melipilla, veintis is de Junio de dos mil veinticuatro.-é VISTOS: Comparece con fecha 10 de octubre de 2023, do a Silvia Cifuentesñ Gonz lez, abogado, Rut N 11.872.455-0, domiciliada en calle Vald sá ° é N 715, of. 307, Meli
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