CARVAJAL/I MUNICIPALIDAD DE CALAMA
Rol
C-1050-2024
Fecha
25 de junio de 2024
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, compareció doña Sonia Esther Rojas Reyes, Abogada, cédula nacional de identidad N°14.308.988-6, domiciliada en calle Cebollar N°1687, de Calama, en representación de don Ignacio Sebastián Enrique Carvajal Castro, soltero, empresario, cédula nacional de identidad N°18.483.585-1, domiciliado en Laguna Legía N°4213, Población Independencia Norte de Calama, en demandar a la I. Municipalidad de Calama, persona jurídica de derecho público, Rut Nº69.020.200-K, representada legalmente por el Alcalde don, Eliecer Daniel Chamorro Vargas, chileno, cédula nacional de identidad N°12.607.560-K, ambos domiciliados en Vicuña Mackenna Nº2.001 de Calama, a efectos que se declare la prescripción extintiva de la obligación de pagar los permisos de circulación del vehículo BHTD 56-8, y que se devengaron entre los años 2014 y 2021, ambos inclusive, y del derecho de la demandada para exigir su pago. Fundado en los antecedentes de hecho y derecho: Que, es dueño del vehículo Furgón marca Hyundai modelo New H1 GLTCI 2.5, color Plateado, año 2008, número de motor D4BH7542398, número de chasis KMFWBH7HP8U02973, PPU BHTD.56- 8, cuya inscripción se encuentra vigente en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Registro Civil de Chile, con fecha 28 de diciembre de 2022. Que, conforme a certificado de deuda extendido por la Dirección de Tránsito, se encontraría con deudas por permisos de circulación, de las cuotas con vencimiento desde 2014, hasta 2021, la que ascendería a $1.797.255.- con reajustes e intereses. Que, a la fecha han transcurrido más de 3 años desde que venció la última cuota insoluta, lo que ocurrió en el año 2.021. Que, previas citas legales que indica solicita se declare: Código: RFGXXXWFBFK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 a) Prescripción de la obligación de pagar los permisos de circulación del vehículo Furgón marca Hyundai modelo New H1 GLTCI 2.5, color Plateado, año 2008, número de motor D4BH7542398, número de chasis KMFWBH7HP8U02973, PPU BHTD.56-8 que se devengaron entre los años 2014 y el año 2021, ambos inclusive, por la suma total de $1.797.255.- respecto del vehículo referido; b) Que, prescribió el derecho de la demandada para reclamar el pago del indicado derecho; y; c) Que, en caso de oposición, la demandada sea condenada en costas. SEGUNDO: Que, a folio 7, compareció doña Scarlet Charline Nieto Molina, Abogada en representación de la Ilustre Municipalidad de Calama, en allanarse de manera parcial a la demanda en relación con las pretensiones alegadas por la demandante, relativos a los períodos que se encuentran efectivamente prescritos, conforme al Código Civil, solicitando se resuelva conforme a Derecho. Que, se allana parcial y expresamente a la demanda de prescripción extintiva, por cuanto efectivamente las cuotas por permiso de circulación desde el año 2014 hasta el año 2021, por $1.836.808.- más multas y reaj
Fallo
se resuelve: I.-Se acoge, sin costas, la demanda de declaración de prescripción extintiva interpuesta por don Ignacio Sebastián Enrique Carvajal Castro, en contra de la Ilustre Municipalidad de Calama, declarándose prescritas las acciones de ésta última para perseguir el pago de los impuestos devengados por concepto de permiso de circulación del vehículo P.P.U. BHTD.56-8, por los periodos comprendidos entre los años 2014 a 2021 ambos inclusive, montos devengados por $1.797.255.- II.-Se acoge, sin costas, la demanda reconvencional de cobro de pesos, impetrada por la Ilustre Municipalidad de Calama, condenándose a don Ignacio Sebastián Enrique Carvajal Castro, a pagar $183.250.- por permisos de circulación devengados y no prescritos del vehículo P.P.U. BHTD.56-8, correspondiente a los años 2022 a 2024. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese. Rol C-3141-2023 Dictada por don RICARDO ANDRES ALVEAL VENEGAS, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras de Calama. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. En Calama, veinticinco de junio de dos mil veinticuatro. Código: RFGXXXWFBFK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-06-25T19:21:36-0400
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 FOJA: 11 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Calamaº CAUSA ROL : C-1050-2024 CARATULADO : CARVAJAL/I MUNICIPALIDAD DE CALAMA Calama, veinticinco de junio de dos mil veinticuatro VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, compareció doña Sonia Esther Rojas Reyes, Abogada, cédula nacional de identidad N°14.308.988-6, domiciliada en calle Cebolla
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