1º Juzgado de Letras de San Bernardo

ÓRDENES CANCINO EDUARDO

Rol

V-108-2023

Fecha

24 de junio de 2024

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que el 02 de octubre de 2023 a folio 1, comparece don EDUARDO JOAQUÍN ANTONIO ÓRDENES CANCINO, estudiante, cédula de identidad N°21.620.583-9, domiciliado en calle Rosita Renard N°1222, comuna de San Bernardo, quién solicita el cambio de nombre y modificación de su certificado y partida de nacimiento del Servicio de Registro Civil e Identificación, respecto de la eliminación de su primer nombre EDUARDO, quedando individualizado en definitiva como JOAQUÍN ANTONIO ÓRDENES CANCINO, basado en que cumple con las causales de la letra a y b del artículo 1, de la ley 17.344, por los

Fundamentos

motivos expuestos latamente en su presentación. SEGUNDO: Que el solicitante acompañó para fundamentar su petición, los siguientes documentos: 1.- Certificado de nacimiento de EDUARDO JOAQUÍN ANTONIO ÓRDENES CANCINO, R.U.N.: 21.620.583-9. Circunscripción: SAN BERNARDO. Nro. Inscripción: 3.832. Sin Registro. Año: 2004. Fecha nacimiento: 22 Julio 2004. Sexo: Masculino. Nombre del Padre: ALEJANDRO ENRIQUE ÓRDENES SAAVEDRA. R.U.N. del Padre: 13.452.411-1. Nombre de la Madre: FABIOLA IVONNE CANCINO ROA. R.U.N. de la Madre 13.274.868-3. 2.- Ebook de la causa Rol: C-1254-2022, caratulado: LEIVA/CANCINO, sobre: Paternidad, Impugnación Y Reconocimiento, seguida ante el Juzgado de Familia San Bernardo. 3.- Informe psicológico de Eduardo Joaquín Antonio Leiva Cancino, de fecha 07 de julio de 2022, elaborado por el psicólogo Héctor Alejando Antiguay Andaur. TERCERO: Que el 19 de octubre de 2023 a folio 7, se agregó informe N°4995, del Servicio de Registro Civil e Identificación, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 2°, inciso séptimo, de la Ley 17.344. CUARTO: Que el 19 de enero de 2024 a folio 12, se agregó la información sumaria consistente en las declaraciones de los testigos doña Viviana de Lourdes Vergara Coronado, cedula de identidad N°13.337.930-4 y don Bastian Ignacio Contreras Vergara, cedula de identidad N°21.137.212-5, ambos debidamente individualizados y legalmente juramentados y dando razón de sus Código: MVZSXXYHLBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 dichos, expresan y están contestes en declarar en síntesis, que conocen al solicitante por más de cinco años, quien no se representa con el nombre de Eduardo, presentándose solo con el nombre de Joaquín. QUINTO: Que el 27 de mayo de 2024 a folio 29, consta la certificación de no oposición a la solicitud de autos. SEXTO: Que el 04 de abril de 2024 a folio 15, se agregó informe policial N°20240181043/01793/ 90/ de 04 de abril de 2024, de la Policía de Investigaciones de Chile, el cual señala que el peticionario no registra antecedentes policiales, ni encargos judiciales pendientes. SEPTIMO: Que el 19 de abril de 2024 a folio 17, se agregó informe de Carabineros de Chile N°1692 de 18 de abril de 2024, el cual refiere que el peticionario, no se encuentra con medidas cautelares que digan o tengan relación con el requerido. OCTAVO: Que el 26 de abril de 2024 a folio 21, se agregó informe del Ministerio Público, ORD. FJ N°97807-2024, de 26 de abril de 2023, el cual indica que el peticionario no cuenta con antecedentes penales registrados en su sistema. NOVENO: Que el artículo 1°, de la Ley 17.344, dispone que “Toda persona tiene derecho a usar los nombres y apellidos con que haya sido individualizada en su respectiva inscripción de nacimiento. Sin perjuicio de los casos en que las leyes autorizan la rectificación de inscripciones del Registro Civil, o el uso de nombres y apellidos distintos de los orig

Fallo

POR ESTAS CONSIDERACIONES Y VISTO, además lo dispuesto en los artículos 17 y 18 de la Ley 4.808 sobre Registro Civil e Identificación, artículos 1° letra a) y b), 2°, 3° y 4° de la Ley 17.344, SE DECLARA: I.- Que SE ACOGE la solicitud en lo principal de la presentación de 02 de octubre de 2024 a folio 1, y se ordena al Señor Oficial del Registro Civil de San Bernardo, rectificar la partida de nacimiento de EDUARDO JOAQUÍN ANTONIO ÓRDENES CANCINO, por la de JOAQUÍN ANTONIO ÓRDENES CANCINO, Inscripción N° 3.832, del año 2004, nacido el 22 Julio 2004, siendo JOAQUÍN ANTONIO su primer y segundo nombre y ÓRDENES CANCINO sus apellidos. II.- Remítase copia autorizada de la presente sentencia al Servicio de Registro Civil e Identificación correspondiente, con certificación de ejecutoriedad. Anótese, regístrese, y archívense los antecedentes en su oportunidad. Rol V-108-2023.- DICTADO POR DON SERGIO RAUL VIAL LOPEZ, JUEZ TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Bernardo, veinticuatro de Junio de dos mil veinticuatro Código: MVZSXXYHLBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-06-24T06:50:11-0400

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 29 veintinueve NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de San Bernardoº CAUSA ROL : V-108-2023 CARATULADO : RDENES CANCINO EDUARDOÓ San Bernardo, veinticuatro de Junio de dos mil veinticuatro VISTOS: PRIMERO: Que el 02 de octubre de 2023 a folio 1, comparece don EDUARDO JOAQUÍN ANTONIO ÓRDENES CANCINO, estudiante, cédula de identidad N°21.620.583-9, domic

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