19º Juzgado Civil de Santiago

CANCINO/ILISTRE MUNICIPALIDAD DE VITACURA

Rol

C-182-2024

Fecha

19 de junio de 2024

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

visto lo dispuesto en los art culos 1567,í 2514, 2515 y 2518 del C digo Civil; 160, 170, 254 y 314 del C digo deó ó Procedimiento Civil; 48 del D.L. 3.063; 53 del C digo Tributario y dem só á pertinentes, se declara que: I.- Se acoge la demanda de lo principal de la presentaci n de fechaó 03 de enero de 2024, en la forma establecida en el

Fundamentos

considerando d cimo deé este fallo. II.- Cada parte pagar sus costas.á Reg strese, notif quese y arch vense los autos en su oportunidad. í í í ROL N C-182-2024 ° Código: KEKCXXXWRSH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 PRONUNCIADO POR DO A JACQUELINE IVETTEÑ BENQUIS MONARES, JUEZ TITULAR DEL DECIMO NOVENO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diecinueve de Junio de dos mil veinticuatro Código: KEKCXXXWRSH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-06-19T15:57:21-0400

Fallo

fallo un nime.á Corte de Apelaciones de Santiago confirm la sentencia que acogi laó ó prescripci n extintiva de deudas por permisos de circulaci n de veh culo.ó ó í El Tribunal de alzada confirm la sentencia impugnada, dictada poró el Sexto Juzgado Civil de Santiago, que acogi la demanda, declaró ó prescrita la deuda, conden en costas a la Municipalidad de Providencia yó orden a la demandante pagar los permisos de circulaci n de los a os 2016,ó ó ñ 2017 y 2018. La due a de un veh culo que adeuda el pago del permiso de circulaci n,“ ñ í ó demand a la Municipalidad de Providencia solicitando la prescripci n deó ó la acci n de cobro. Funda su demanda en el no pago del permiso entre losó a os 2005 a 2015 sumando una deuda de $201.881. En base a tales hechosñ invoc el plazo de tres a os de prescripci n establecido en el art culo 2521ó ñ ó í del C digo Civil.ó ” En cuanto al derecho Art culo 2492 del C digo Civilí ó : La prescripci n es un modo de“ ó adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse pose do las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derechosí durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitos legales.á Una acci n o derecho se dice prescribir cuando se extingue por laó prescripci n.ó ” Código: KEKCXXXWRSH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Art. 2493 del C digo Civiló : El que quiera aprovecharse de la prescripci n debe alegarla; el

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 14 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 19 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-182-2024 CARATULADO : CANCINO/ILISTRE MUNICIPALIDAD DE VITACURA Santiago, diecinueve de Junio de dos mil veinticuatro VISTOS. Que con fecha 03 de enero de 2024, comparece Lorena Alejandra Cancino Abarca, asistente social, casada, Rut 13.477.600-5, domiciliada en Los jardines de Maip # 1920

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