FISCO DE CHILE- C.D.E/
Rol
V-303-2022
Fecha
19 de junio de 2024
Materia
EXPROPIACIÓN, CONSIGNACIÓN MONTO PROVISORIO ART.17 D.L.2186
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que a folio 32, con fecha 25 de julio de 2023, comparece el abogado JORGE LAGOS PACHECO, en representaci n de don JUAN CRISOSTOMOó FERNANDEZ, c dula nacional de identidad n mero 3.303.651-5, domiciliado ené ú Avenida Industria 059, Huequ n, comuna de Angol, y solicita se gire cheque aé nombre de su representado por la suma de $39.950.529 (treinta y nueve millones novecientos cincuenta mil quinientos veintinueve pesos), que corresponde a los dineros consignados en estos autos por concepto de indemnizaci n provisional del lote expropiado.ó La petici n se funda en el hecho en que don JUAN CRISOSTOMOó FERNANDEZ es due o del lote expropiado.ñ
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 34 consta certificaci n de fecha 27 de julio de 2023,ó que da cuenta haberse efectuado consignaci n por la suma de $39.950.529.-,ó seg n boleta de dep sito N 5000916416 de fecha 22/12/2022. Que, a folio 41,ú ó ° consta certificaci n de fecha 11/09/2023 que da cuenta, a su vez, el hecho deó no haber comparecido terceros haciendo valer derechos sobre el monto de la indemnizaci n en conformidad a lo dispuesto en el art culo 23 del DL. 2186.ó í SEGUNDO: Que a folio 45, con fecha 19/09/2023, se agreg informe del Sr.ó Conservador de Bienes Ra ces de Angol en el que se remite certificaci n deí ó vigencia del inmueble inscrito a fojas 988 vuelta N 832 del Registro de° Propiedad del a o 2013, inmueble que el solicitante indica que es due o, dandoñ ñ de ese modo cumplimiento a lo dispuesto en el Acta 87- 2014 de la Excelent sima Corte Suprema sobre instrucciones para el giro de cheque ení procedimientos de expropiaci n. ó TERCERO: Ahora bien, para determinar si es procedente el pago de la indemnizaci n al requirente, es necesario vislumbrar antecedentes que vinculenó la propiedad de la cual es due o, con la que ha sido objeto de la expropiaci n,ñ ó el cual seg n se indica mediante presentaci n efectuada por la entidadú ó expropiante a folio 1, donde el Fisco decret la expropiaci n para s del lote deó ó í terreno N 198 que corresponde al inmueble cuyo rol de aval o es 821-2 de laº ú comuna de Angol, siendo de acuerdo a ste su aparente propietario JUANé CRISOSTOMO FERNANDEZ. CUARTO: Para acreditar lo anterior, el solicitante adjunt a folio 11 copia deó la inscripci n de dominio del referido inmueble,ó el que figura inscrito a fojas 988 vuelta n mero 832 del Registro de Propiedad del a o 2013, de fecha 10 deú ñ marzo de 2023. Acompa adem s a folio 32 certificado de Rol de Aval o bajoñó á ú el n mero 800-64 de la comuna de Angol, emitido por el Servicio de Impuestosú Internos con fecha 25 de julio de 2023, y certificado de Tesorer a bajo el mismoí rol, emitido por la Tesorer a General de la Rep blica con fecha 25 de julio deí ú 2023. QUINTO: Que los documentos se alados en el motivo anterior, no se condicenñ con el inmueble expropiado en autos, por cuanto en la inscripci n de dominio seó Código: GXXDXXVXNXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 advierte que el rol de la propiedad del solicitante corresponde al N 800-64 de la° comuna de Angol, y no al N 821-2, y en raz n del primero se acompa el° ó ñó certificado de aval o y de pago de contribuciones. ú SEXTO: Que en virtud de dicha discrepancia, el solicitante a folio 35 explica que el rol de Aval o de su propiedad contaba con un PRE-ROL lo que seú concret y se asign ROL DEFINITIVO, a la propiedad, siendo ste el N 800-ó ó é ° 64; sin embargo, los antecedentes que fundan su presentaci n, se tornanó insuficientes para esclarecer que dicho rol de aval o corresponda al inmuebleú expropiado, por lo que el Trib
Fallo
SE RESUELVE:ó Que NO HA LUGAR a la solicitud de giro por transferencia efectuada por el abogado JORGE LAGOS PACHECO, en representaci n de don JUANó CRISOSTOMO FERNANDEZ, c dula nacional de identidad n mero 3.303.651-é ú 5. An tese, reg strese, notif quese.ó í í Rol V-303-2022 Pronunciada por JORGE ROMERO ADRIAZOLA, Juez titular del Primer Juzgado Civil de Temuco. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Temuco, diecinueve de Junio de dos mil veinticuatro Código: GXXDXXVXNXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Código: GXXDXXVXNXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-06-19T12:43:26-0400
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 58 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : V-303-2022 CARATULADO : FISCO DE CHILE- C.D.E/ Temuco, diecinueve de Junio de dos mil veinticuatro VISTOS: Que a folio 32, con fecha 25 de julio de 2023, comparece el abogado JORGE LAGOS PACHECO, en representaci n de don JUAN CRISOSTOMOó FERNANDEZ, c dula nacional de identidad n mero 3.303.651-5
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