SIRI/AGUAS ALANIS SPA
Rol
C-940-2024
Fecha
19 de junio de 2024
Materia
ARRENDAMIENTO,COBRO SERVICIOS SEGÚN D.L.964 Y LEY 18.101
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, a lo principal y primer otrosí, comparece Angelo Siri Briganti, factor de comercio, con domicilio en calle Edwards N°608, comuna de Valparaíso, e interpone demanda de termino de contrato de arrendamiento por no pago de rentas, y en subsidio, desahucio, en contra de Aguas Alanis SPA, representada legalmente por Ángelo Francisco Díaz Alanis, comerciante, con domicilio en calle San Francisco N°413, Cerro Cordillera, Valparaíso, a fin que sea condenada a restituir el inmueble arrendado, y al pago de la suma de $3.566.050, por rentas adeudadas, reajustadas, más servicios básicos, y costas. A folio 14, se llevó a efecto la audiencia de contestación, conciliación y prueba. La parte demandante ratificó sus demandas, se practicó la segunda reconvención de pago a la demandada, quien no paga; se tiene por contestada la demanda en rebeldía de la demandada; el tribunal llama a las partes a conciliación, la cual no se produce; y se recibe la causa a prueba sin que las partes rindieran testimonial. A folio 17, se citó a las partes para oír sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a lo principal y primer otrosí de folio 1, comparece Angelo Siri Briganti, factor de comercio, con domicilio en calle Edwards N°608, comuna de Valparaíso, e interpone demanda de termino de contrato de arrendamiento por no pago de rentas, y en subsidio, desahucio, en contra de Aguas Alanis SPA, representada legalmente por Ángelo Francisco Díaz Alanis, comerciante, con domicilio en calle San Francisco N°413, Cerro Cordillera, Valparaíso, a fin que sea condenada a restituir el inmueble arrendado, y al pago de la suma de $3.566.050 por rentas adeudadas, reajustadas, más servicios básicos, y costas. Funda su demanda, expresando que tiene dado en arrendamiento desde el 01 de febrero de 2.022, el inmueble ubicado en calle San Francisco N°413, cerro Cordilla, comuna de Valparaíso, a la demandada, por la renta mensual de $80.000, quien a la fecha adeuda la suma de $560.000, por los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2.023, enero, febrero, marzo y abril de 2.024. Manifiesta que consta transacción suscrita el 31 de enero de 2.022, en que el demandado, se hace cargo de la deuda, anexando en ese acto acuerdo con Esval para el pago adeudado de agua, debiendo pagar la Código: XLXSXXZSNXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl suma única de $2.055.000, conjuntamente con la renta mensual, en 25 meses.- Expresa que la deuda por concepto de rentas impagas y asumidas en la transacción asciende a $1.795.000, más la deuda por concepto de agua $1.211.050, todo ello por un total de $3.566.050.
Fallo
Por tanto, solicita tener por deducida demanda de terminación inmediata de contrato de arrendamiento por no pago de rentas, ordenar se practiquen las reconvenciones de pago y servicios básicos al demandado, declarando el término del contrato de arriendo, y el pago de $3.566.050, reajustado, más la rentas y servicios básicos que se devenguen durante el presente juicio hasta la restitución; y la restitución del inmueble arrendado dentro de tercero día desde que este fallo causa ejecutoria, bajo apercibimiento de lanzamiento con auxilio de la fuerza pública, más costas.- En subsidio, en el primer otrosí, deduce demanda de desahucio, solicitando la restitución del inmueble. SEGUNDO: Que a folio 14, se llevó a efecto la audiencia de contestación, conciliación y prueba, con la asistencia del apoderado de la parte demandante, y en rebeldía de la parte demandada. El demandante ratifica las demandas en todas sus partes, y se practica la segunda reconvención de pago a la demandada, quien no paga. Se tiene por contestada la demanda en rebeldía de la demandada, el tribunal llama a las partes a conciliación, la cual no se produce, y se recibe la causa a prueba sin que las partes rindieran testimonial. TERCERO: Que al segundo otrosí de folio 1, el actor acompaña los siguientes documentos: 1) Contrato de arrendamiento suscrito entre las partes, con fecha 31 de enero del año 2.022; 2) Transacción suscrita por las partes con fecha 31 de enero de 2.022, ante el Notario Público de Valparaís
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Valpara soº í CAUSA ROL : C-940-2024 CARATULADO : SIRI/AGUAS ALANIS SPA Valpara soí , diecinueve de Junio de dos mil veinticuatro VISTO: A folio 1, a lo principal y primer otrosí, comparece Angelo Siri Briganti, factor de comercio, con domicilio en calle Edwards N°608, comuna de Valparaíso, e interpone demanda de termino de contrato de a
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