Juzgado de Letras y Gar.de Tolten

QUILODRÁN/

Rol

V-1-2024

Fecha

18 de junio de 2024

Materia

BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Que a folio 1, comparece doña Gladis Luisa Quilodran Barra, labores de casa, domiciliada en calle Elvira Leal N° 257, ciudad de Nueva Toltén, quien señala que según consta en documentación acompañada que en comunidad con sus hijos Susana del Carmen, Orlando José, Viviana Denis, Ximena Alejandra y Sara Inés, todos ACEITUNO QUILODRAN, son dueños de la propiedad sindicada como Lote 426 del plano de loteo de Nueva Toltén, ubicado en calle Elvira Leal N° 257, de Toltén. Lo adquirieron por sucesión por causa de muerte en la herencia quedada al fallecimiento de su cónyuge don ORLANDO ACEITUNO ARANGUIZ. La inscripción especial de herencia corre a fojas 497, número 525 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Toltén del año 2004. En la referida inscripción de dominio se señaló erróneamente que dicho inmueble correspondería al “Lote N° 44, ubicado en calle Elvira Leal N° 44” de esta ciudad. Desconoce la causa pero de acuerdo a averiguaciones realizadas ante el Departamento de Obras de la I. Municipalidad de Toltén, la real identificación y ubicación del inmueble, es Lote 426, con dirección en calle Elvira Leal N° 257, se solicitó rectificación la que fue denegada por el Conservador de esta ciudad argumentando es solo posible mediante resolución judicial que así lo dispusiera, lo que motiva esta presentación, concluye que los deslindes son correctos. Que a folio 9, consta rendición de información sumaria de testigo, realizada a veintitrés de abril de dos mil veinticuatro, en la que declararon don Eduardo Hernán Álvarez Reyes, quien previamente individualizado y juramentado señala en lo pertinente conocer a la solicitante doña Gladis Luisa Quilodran Barra, de toda la vida ya que son vecinos, sabe que tiene un problema con la inscripción de su sitio ya que no coinciden los datos de la inscripción en el Conservador de Toltén con los hechos, aparece que es de otro sector, Washington, error que hace parecer que no fuera de su propiedad. Señala que la s

Fundamentos

Considerando: Código: XWNNXXXFVFH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Primero: Que del mérito de autos y lo relacionado precedentemente, lo requerido por la parte solicitante, guarda relación con ordenar al Conservador de Bienes Raíces de Toltén, practicar la inscripción que singulariza en solicitud de folio 1. Segundo: Que el artículo 18 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces dispone que, ante la negativa del Conservador a practicar una inscripción, la parte perjudicada puede ocurrir ante el juez respectivo, quien en vista de la solicitud y de los motivos expuestos por el reclamado, debe resolver por escrito y sin más trámite lo que corresponda. A su vez, el artículo 13 del mismo Reglamento señala que el Conservador no podrá rehusar ni retardar las inscripciones que le presenten, no obstante, deberá negarse si la inscripción es en algún sentido inadmisible, continuando la norma con una enumeración ejemplar de casos. A su vez, el artículo 88 del Reglamento establece que la rectificación de errores, omisiones o cualquiera otra modificación equivalente que el Conservador, de oficio o a petición de parte, tuviere que hacer conforme al título inscrito, será objeto de una subinscripción, la que se verificará en el margen de la derecha de la inscripción respectiva, al frente de la designación modificada. Tercero: Que la solicitante, para acreditar los fundamentos de su petición, aportó los siguientes documentos: 1.- Copia de inscripción de dominio del inmueble relativa a la sucesión intestada de don Orlando Aceituno Aranguiz. 2.- Certificado de Numero N° 416/2023 otorgado por el Departamento de Obras de la I. Municipalidad de Toltén suscrito por el arquitecto director de obras don Alfredo Fonseca Sandoval. 3.- Certificado de avalúo del referido inmueble que indica dirección del Bien raíz Elvira Leal 257. 4.- Plano de la ubicación del inmueble. 5.- Certificado de Rechazo N° 1/2024 de fecha 19 de enero de 2024. Cuarto: Que, del examen de los antecedentes precedentemente referidos, de los documentos aportados por el solicitante, el informe rendido por el Conservador de Bienes de Toltén, como asimismo la Código: XWNNXXXFVFH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl información sumaria de testigos, ha quedado demostrado en definitiva que la propiedad quedada al fallecimiento de don Orlando Aceituno Aranguiz, corresponde al Lote 426 del plano de loteo de Nueva Toltén, ubicado en calle Elvira Leal N° 257, de Toltén y efectivamente presenta un error registral en la denominación de su real ubicación, motivo por el cual no cabe más que acceder la misma, en los términos que se explicitarán en el capítulo resolutivo del fallo. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos artículo 88 del Reglamento del Conservador de Bienes Raíces, 817 y siguiente del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

se resuelve: I.- Que se acoge la solicitud presentada a folio 1, por doña Gladis Luisa Quilodran Barra y en consecuencia se rectifica la inscripción de fojas 497, número 525 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Toltén correspondiente al año 2004, en el sentido de consignar que la correcta singularización del inmueble es la siguiente: En donde dice “Lote N° 44, ubicado en calle Elvira Leal N° 44””, debe decir: “Lote N° 426, ubicado en calle Elvira Leal N° 257” II.- Que SE ORDENA al señor Conservador de Bienes Raíces de Toltén proceda a practicar una anotación al margen de la inscripción fojas 497, número 525 del Registro de Propiedad del año 2004 a su cargo, de la rectificación precedente y de la presente sentencia definitiva que la ordena. Anótese, notifíquese, dese copia y archívese en su oportunidad ROL V-1-2024 Dictada por Blyette Ponsot Salazar, Jueza Suplente del Juzgado Civil de Toltén. Código: XWNNXXXFVFH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-06-18T21:42:40-0400

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Toltén, dieciocho de junio de dos mil veinticuatro. Vistos: Que a folio 1, comparece doña Gladis Luisa Quilodran Barra, labores de casa, domiciliada en calle Elvira Leal N° 257, ciudad de Nueva Toltén, quien señala que según consta en documentación acompañada que en comunidad con sus hijos Susana del Carmen, Orlando José, Viviana Denis, Ximena Alejandra y Sara Inés, todos ACEITUNO QUILODRAN, son

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