VALDÉS/CORPORACION MUNICIPAL DE LO PRADO
Rol
C-30872-2019
Fecha
18 de junio de 2024
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que a folio 1 comparece do a Rosa Vald s Rodr guez chilena,ñ é í casada, due a de casa, c dula de identidad Nro. 12.138.870-7 domiciliadañ é en calle Eduardo Llanos Nro. 6815 comuna de Lo Prado, representada legalmente por don Hugo Eduardo Toledo Valdebenito y do a B rbarañ á Hermosilla Valdebenito, quien deduce demanda por indemnizaci n deó perjuicios por da o moral en contra de la Corporaci n Municipal deñ ó Desarrollo Social de Lo Prado, entidad de derecho privado, sin fines de lucro, representada legalmente por do a M nica del Carmen N ezñ ó úñ Montenegro, m dico, c dula de identidad 8.773.732-2, domiciliada ené é Avenida General Bonilla Nro. 6100, comuna de Lo Prado, ciudad de Santiago. Expone que con fecha 14 de septiembre de 2017 concurri aló establecimiento educacional Escuela Gladys Valenzuela, ya que su nieto se presentaba en un acto escolar ese d a.í Se ala que aproximadamente a las 20:00 horas, acompa a su nietoñ ñó a buscar abrigo en la sala luego se dirigi al lugar donde se realizaban lasó presentaciones. Indica que dicho trayecto lo realiz por un pasillo deló colegio que no contaba con iluminaci n y que desemboca en un sector conó dos escalones de m s de 50 cent metros cada uno, sin ninguna se alizaci n,á í ñ ó barandas o bandas antideslizantes. Es en este contexto que resbala y cae por dichos pelda os.ñ Código: XYXYXXPLGXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-30872-2019 Foja: 1 Posteriormente, luego de hora y media en el piso, es trasladada por una ambulancia al Hospital San Juan de Dios, en dicho recinto le diagnostican una fractura de cuello de f mur, una fractura de los platillosé tibiales de la rodilla izquierda y fractura lateral de cadera izquierda. Manifiesta que con posterioridad al accidente se transform en unaó persona dependiente, adem s de no poder trabajar ni salir sola de su hogar.á Indica que con fecha 15 de marzo de 2019 ingres nuevamente ó al recinto hospita
Fundamentos
Considerando I.- En cuanto a la excepci n de falta de legitimaci n pasivaó ó Primero: Que la demandada opuso excepci n de falta de legitimaci nó ó pasiva en atenci n a la entrada en vigencia de la Ley Nro. 21.040,ó Código: XYXYXXPLGXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-30872-2019 Foja: 1 normativa en la cual cambia al sostenedor legal del establecimiento en el cual habr a ocurrido la ca da de la demandante.í í Segundo: Que la demandante al evacuar traslado solicita el rechazo de la excepci n toda vez que a la fecha del acto, la sostenedora deló establecimiento educativo era la Corporaci n Municipal de Lo Prado.ó Tercero: Que para resolver adecuadamente el conflicto cada parte acompa los siguientes medios de prueba:ñó Por el demandante: Ley N mero 20.370 que Establece la Ley General deú Educaci n.ó Ley N mero 21.040 que Crea el Sistema de Educaci n P blica.ú ó ú Dictamen N mero 44 del 11 de junio del a o 2018 de laú ñ Superintendencia de Educaci n.ó Por el demandado: Copia de los Estatutos de la Corporaci n Municipal de Loó Prado, de fecha 8 de mayo de 1985, protocolizado bajo el N° 2.015 del Repertorio, con fecha 05 de junio de 1985, ante el Notario P blico de Santiago, don lvaro Bianchi Rosas.ú Á Copia de la Ley 21.040, que crea el Sistema de Educaci nó P blica, publicada el 24 de noviembre de 2017.ú Copia de Decreto Alcaldicio de Traspaso N 1051, de fecha 22° de diciembre de 2017, de la Ilustre Municipalidad de Lo Prado. Copia de Decreto Alcaldicio de Traspaso N 169, de fecha 21° de febrero de 2018, de la Ilustre Municipalidad de Lo Prado. Copia de resoluciones exentas de distintas fechas. Cuarto: Que la controversia gira en torno a si, con motivo del traspaso de los servicios educacionales dispuesto por la normativa transitoria de la Ley N 21.040 a los Servicios Locales de Educaci n P blica, tambi nº ó ú é se transfiri a estos ltimos la legitimaci n pasiva de la acci n poró ú ó ó Código: XYXYXXPLGXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-30872-2019 Foja: 1 responsabilidad extracontractual, cuyo origen, de acuerdo con lo indicado por la demandante, se remonta a antes de la promulgaci n de la ley.ó Quinto: Que la Ley N 21.040 no contempla un traspaso deº responsabilidad extracontractual. Si bien se establece una continuidad legal del sostenedor de los establecimientos educacionales seg n la normativaú transitoria, esto no se extiende a la corporaci n en s misma. Por lo tanto,ó í en un caso hipot tico, la obligaci n de indemnizar que reclama la actoraé ó nace en la fecha del hecho il cito, siendo la persona obligada aquella que ení ese momento es el sostenedor del establecimiento. En consecuencia, la Corporaci n Municipal de Lo Prado, y no la entidad sucesora, es laó responsable de comparecer en el proceso. Sexto: Que el simple traspaso de bienes tampoco implica la transferencia de responsabilid
Fallo
Por estas consideraciones y visto adem s lo dispuesto en los art culosá í 1698, 2314 y dem s disposiciones del C digo Civil, 158, 160, 170 y dem sá ó á disposiciones pertinentes del C digo de Procedimiento Civil, artó culosí Código: XYXYXXPLGXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-30872-2019 Foja: 1 transitorios 1, 4, 8 y dem s disposiciones pertinentes de la Ley Nro. 21.040á se declara: I.- Que se rechaza la excepci n de falta de legitimaci n pasivaó ó II.- Que se rechaza en todas sus partes la demanda por indemnizaci n por da o moral deducida por do a Rosa Vald s Rodr guezó ñ ñ é í en contra de la Corporaci n de Desarrollo Social de la Municipalidad deó Lo Prado. III.- Que no se condena en costas a la demandante. Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Rol C-30872-2019 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, dieciocho de Junio de dos mil veinticuatro. Código: XYXYXXPLGXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-06-18T16:07:41-0400
Texto Completo (Preview)
C-30872-2019 Foja: 1 FOJA: 120 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-30872-2019 CARATULADO : VALD S/CORPORACION MUNICIPAL DE LOÉ PRADO Santiago, dieciocho de Junio de dos mil veinticuatro. Vistos: Que a folio 1 comparece do a Rosa Vald s Rodr guez chilena,ñ é í casada, due a de casa, c dula de identidad Nro. 12.138.870-7 domiciliadañ é en call
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