22º Juzgado Civil de Santiago

ZAMORANO/BANCO DE CHILE

Rol

C-1997-2024

Fecha

18 de junio de 2024

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1, comparece don MAURICIO ANTONIO ZAMORANO LEOŃ, trabajador dependiente, domiciliado en calle San Antonio 19, piso 25, oficina 2505, comuna de Santiago, quien viene en interponer demanda de prescripci n extintiva de derechos de accionesó emanadas de pagar s, en procedimiento ordinario de menor cuant a, ené í contra de BANCO DE CHILE, persona jur dica del giro de suí denominaci n, representada por su Gerente General don Eduardoó Ebensperger Orrego, desconozco profesi n u oficio, ambos domiciliados enó calle Ahumada 251, comuna de Santiago. Funda su pretensi n en que concurri a una sucursal del Bolet n deó ó í Informes Comerciales solicitando un informe de deudas, tomando conocimiento de las cuotas morosas informadas por el demandado, siendo los Pagar s N 905 y N 9472, dichos documentoé º ° s ascienden a la suma total de $645.018.-, y se han hecho exigibles desde el 06 de febrero de 2019 (N 905) y el 21 de abril de 2022 (N 9472), respectivamente.° ° Hace presente que el demandado BANCO DE CHILE, no ha iniciado acciones judiciales. En el petitorio solicita se declare la prescripci n de las acciones enó atenci n al art culo 98 de la Ley 18.092, sobre letra de cambio y pagar ,ó í é que se ala: ñ “El plazo de prescripci n de las acciones cambiarias deló portador contra los obligados al pago es de un a o, contado desde el d a delñ í vencimiento del documento.” Código: GJWBXXTQDXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1997-2024 Foja: 1 A folio 8, consta notificaci n personal subsidiaria practicada a laó parte demandada con fecha 11 de abril de 2024. A folio 16, comparece la demandada allan ndose pura yá simplemente a la demanda. A folio 18, habi ndose allanado expresamente la parte demandada,é se prescindi de los tr mites de conciliaci n y de recepci n de la causa aó á ó ó prueba, seg n lo previsto en los art culos 313 en relaci n con el 698 delú í ó C digo de Procedimiento Civil.ó Asimis

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don MAURICIO ANTONIO ZAMORANO LEOŃ, demanda a BANCO DE CHILE, a fin de que se declare la prescripci n de las acciones de cobro de pagar s. A tal respecto, eló é demandado se allan , todo como fuere expuesto en los ac pites queó á preceden. SEGUNDO: Que, se debe tener presente para resolver lo prevenido en el art culo 98 de la Ley N 18.092, en relaci n con los art culos 2514,í ° ó í 2515 y 2518 del C digo Civil, que estipula que el plazo de prescripci n deó ó la acci n ejecutiva de la obligaci n contenida en un pagar es de un a oó ó é ñ contado desde que la fecha de la cuota morosa, y que interpretado arm nicamente conforme a las reglas generales de la prescripci n,ó ó establecidas en el C digo Civil, la acci n ejecutiva subsiste como ordinariaó ó por otros dos a os, exigi ndose s lo el transcurso de dichos plazos, sinñ é ó interrupci n, para extinguir una acci n mediante la prescripci n.ó ó ó TERCERO: Que, con lo previamente relacionado, y con los antecedentes allegados a folio 1, consistente en Informe Comercial Full y Resumen de protestos y morosidades impagas, incluyendo Bolet n Laboral,í de Equifax, se ha acreditado que el demandante es deudor moroso de los derechos emanados de los pagar s desde é 06 de febrero de 2019 (N 905) y° 21 de abril de 2022 (N 9472).° Sin embargo, del an lisis de dichosá instrumentos, y confrontado con las normas legales citadas anteriormente, la acci n para perseguir el cobro de estos instrumentos se encuentraó inexorablemente prescrita, al haber trascurrido en exceso el plazo fijado en Código: GJWBXXTQDXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1997-2024 Foja: 1 nuestra legislaci n. De tal forma, corresponder acoger la demanda deó á autos, m xime si el demandado se ha allanado a ella.á CUARTO: Que, en cuanto a las costas, atendido que la declaraci nó de prescripci n debe ser solicitada por quien quiera aprovecharse de ella yó el allanamiento puro y simple de la parte demandada, cada parte soportará las suyas.

Fallo

POR ESTAS CONSIDERACIONES, y visto, adem s, lo dispuestoá en los art culos 1698, 2492, 2493, 2497, 2514 del C digo Civil; y art culosí ó í 144, 160, 170, 313, 698 y dem s pertinentes del C digo de Procedimientoá ó Civil, se declara: I.- Que, SE ACOGE la demanda deducida por don MAURICIO ANTONIO ZAMORANO LEOŃ en contra de BANCO DE CHILE., y se declaran prescritas las acciones emanadas de los pagar s é N 905 yº N 9472, que ascienden a la suma total de $645.018.-° m s reajustes eá intereses; II.- Que, cada parte soportar sus costas.á Reg strese y notif quese. í í C-1997-2024 Dictada por do a Lorena Isabel Cajas Villarroelñ , Jueza Suplente. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, dieciocho de Junio de dos mil veinticuatro Código: GJWBXXTQDXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1997-2024 Foja: 1 Código: GJWBXXTQDXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-06-18T16:01:57-0400

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C-1997-2024 Foja: 1 FOJA: 20 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 22 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-1997-2024 CARATULADO : ZAMORANO/BANCO DE CHILE Santiago, dieciocho de Junio de dos mil veinticuatro. VISTOS: A folio 1, comparece don MAURICIO ANTONIO ZAMORANO LEOŃ, trabajador dependiente, domiciliado en calle San Antonio 19, piso 25, oficina 2505, comuna de Santiago, quien v

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