1º Juzgado Civil de Chillán

CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO/UNIVERSIDAD ADVENTISTA DE CHILE

Rol

C-416-2023

Fecha

17 de junio de 2024

Materia

HACIENDA,PROCED.CUANTÍA INFERIOR ART. 749 C.P.C.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: 1° A folio 1, de 07 de febrero de 2023, comparece doña Mariella Dentone Salgado, Abogado Procurador Fiscal de Chillán del Consejo de Defensa del Estado, por el FISCO DE CHILE-MINISTERIO DE JUSTICIA, domiciliado para estos efectos en calle 18 de Septiembre N°329, de la comuna de Chillán, quien deduce demanda de cobro de pesos en juicio ordinario de menor cuantía en contra de la UNIVERSIDAD ADVENTISTA DE CHILE, Institución de Educación Superior, representada por don Rodrigo Moreno Mella, vicerrector de dicha Universidad, o quien lo reemplace o subrogue en el cargo, ambos con domicilio en Camino a Tanilvoro Km. N.º 12, Fundo Las Mariposas, de la comuna de Chillán, a objeto que sea condenada a restituir a su representado la suma de $19.375.000.- con los reajustes e intereses que correspondan, más las costas de la causa. Funda su demanda, en síntesis, en que el Fisco de Chile, por medio del Ministerio de Educación otorga financiamiento, a través de un programa de becas, a quienes desean acceder a alguna de las Instituciones de Educación Superior (en adelante IES) reconocidas por el Estado, por el que se les exime del pago de matrícula y arancel anual por el tiempo de duración formal de la carrera o programa conducente a un título técnico de nivel superior, profesional o grado de licenciado. Los recursos de dichas becas son transferidos por la Tesorería General de la República directamente a las IES, según el correspondiente programa de caja del Ministerio de Hacienda, existiendo casos en que las becas asignadas a los y las estudiantes pertenecientes a las IES no son utilizadas por éstos, por diversas razones, lo que importa la obligación, para la IES, de devolver los montos recibidos por este concepto, ya que no fueron utilizados por los beneficiarios. El programa de Becas de Educación Superior para el año 2015, se encuentra regulado por la Ley N.º 20.798, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al Año 2015, en su Partida 09, Capítulo 01, Programa 30,

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, comparece doña Mariella Dentone Salgado, Abogado Procurador Fiscal de Chillán del Consejo de Defensa del Estado, por el FISCO DE CHILE, quien deduce demanda de cobro de pesos, en contra de la UNIVERSIDAD ADVENTISTA DE CHILE, representada por don Rodrigo Moreno Mella, vicerrector de dicha Universidad, todos ya individualizados, solicitando, por las consideraciones de hecho y derecho expuestas precedentemente, que se dan por reproducidas, dar lugar a la demanda de autos, condenando a la demandada a restituir la suma de $19.375.000.- o el monto que el Tribunal se sirva fijar de acuerdo con el mérito del proceso, más los correspondientes reajustes conforme a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.), y a ella se aplicarán intereses corrientes para operaciones reajustables, a contar de la fecha de mora y hasta el pago efectivo de la deuda.- SEGUNDO: Que, a tal pretensión la demandada a folio 9, se opuso pidiendo el rechazo íntegro de la demanda, señalando que habría pagado la obligación objeto de este juicio, directamente al Ministerio de Educación, entidad que le habría condonado los reajustes e intereses, por lo que la obligación se encontraría extinta por su pago, todo ello en conformidad a las alegaciones contenidas y reproducidas por el tribunal en lo expositivo, las que en aras de la economía procesal se dan por reiteradas. TERCERO: Que, la parte demandante a fin de acreditar su pretensión rindió únicamente prueba Documental, legalmente acompañada y no objetada, consistente en: A folio 3: 1) Decreto Exento Nº 1503 de fecha 13 de diciembre de 2017, emitido por la Ministra de Educación, doña Adriana Delpiano Puelma; 2) Oficio Ordinario Nº 848, de fecha 08 de marzo de 2018, emitido por Alejandra Conteras Altman, de la División de Educación Superior del Ministerio de Educación, dirigido a la Universidad Adventista; 3) Decreto Exento Nº 1.181 de 22 de noviembre de 2022, emitido por el Ministro de Educación, don Marco Ávila Lavanal; 4) Decretos del Ministerio de Educación, División de Educación Superior, N°s: 70, 71, 72, 194, 214, 215, 216, 221, y los Exentos N°s 805 y 1411, todos del año 2015; 5) A folio 1, Decretos del Ministerio de Educación, División de Educación Superior, N°s: 73 y 193 del año 2015.- CUARTO: Que, la parte demandada rindió también sólo prueba Documental, acompañando a folio 9: 1) Cadena de correos electrónicos entre doña Verónica Pinilla Martínez, de la Sección de Presupuesto e Información, Departamento de Financiamiento Estudiantil, del Ministerio de Educación y don Patricio Ojeda Vera, Director Financiero de la Universidad Adventista de Chile, del Código: VDSLXXESXXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl periodo comprendido entre el día 06 de febrero de 2023 y el 16 de marzo de 2023; 2) Comprobante de Transacción emitido por la Tesorería General de la República Folio N°1678971055, de fecha 16 de

Fallo

se declara: I.- Que, se acoge parcialmente la demanda de cobro de pesos de lo principal de folio 1, sólo en cuanto se condena a la UNIVERSIDAD ADVENTISTA DE CHILE, representada por don Rodrigo Moreno Mella, a restituir al Fisco de Chile, el reajuste generado por la deuda que tuvo dicha institución con el actor, ascendente a $19.375.000.-, generado entre los días 15 de marzo a 16 de marzo, ambos del año 2023, más los intereses del mismo según se indicó en el motivo décimo tercero de esta sentencia. II.- Que, no resultando totalmente vencida, no se condenará a la parte demandada al pago de las costas de la causa. Anótese, regístrese y en su oportunidad archívese. Rol N° C-416-2023.- En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 162 del Código de Procedimiento Civil, se incluyó en el estado diario la sentencia anterior. Chillán, diecisiete de junio de dos mil veinticuatro. Código: VDSLXXESXXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-06-17T16:46:49-0400

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Chillán CAUSA ROL : C-416-2023 CARATULADO : CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO/UNIVERSIDAD ADVENTISTA DE CHILE Chillán, diecisiete de junio de dos mil veinticuatro. VISTO: 1° A folio 1, de 07 de febrero de 2023, comparece doña Mariella Dentone Salgado, Abogado Procurador Fiscal de Chillán del Consejo de Defensa del Estado, por el FISCO DE C

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