Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta

CELIS/MUCH SUB SPA

Rol

O-279-2024

Fecha

26 de julio de 2024

Materia

Costas, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones, Subterfugio

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos: El Tribunal hace una somera relación de los contenidos de la demanda y de la contestación a la misma. Conciliación: No se produce. Atendida la no comparecencia de la parte demandada, se tiene por frustrado el llamado a conciliación. Solicitud de Sentencia inmediata: La parte demandante, atendido el mérito de los antecedentes que obran en autos y, en virtud de lo dispuesto en el artículo 453 N°1 inciso séptimo del Código del Trabajo, solicita se dicte sentencia inmediata. El tribunal resuelve: Se desestimará dar curso progresivo a esta audiencia en cuanto tal y, procederá a dictar sentencia inmediata en los términos que se indicarán a continuación. En virtud de lo dispuesto en el artículo 63 del Acta 71- 2016 de la Excma. Corte Suprema, se autoriza la transcripción exclusivamente de la parte resolutiva, y en el evento de ser recurrida hágase de modo íntegro. Antofagasta, veintiséis de julio dedos mil veinticuatro. VISTO, OIDO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO:

Fallo

por tanto se tiene por evacuado el mismo en su rebeldía y se hace efectivo el apercibimiento del artículo 451, inciso segundo del Código del Trabajo afectándole todas las resoluciones que se dicten, sin ulterior notificación. Relación de los hechos: El Tribunal hace una somera relación de los contenidos de la demanda y de la contestación a la misma. Conciliación: No se produce. Atendida la no comparecencia de la parte demandada, se tiene por frustrado el llamado a conciliación. Solicitud de Sentencia inmediata: La parte demandante, atendido el mérito de los antecedentes que obran en autos y, en virtud de lo dispuesto en el artículo 453 N°1 inciso séptimo del Código del Trabajo, solicita se dicte sentencia inmediata. El tribunal resuelve: Se desestimará dar curso progresivo a esta audiencia en cuanto tal y, procederá a dictar sentencia inmediata en los términos que se indicarán a continuación. En virtud de lo dispuesto en el artículo 63 del Acta 71- 2016 de la Excma. Corte Suprema, se autoriza la transcripción exclusivamente de la parte resolutiva, y en el evento de ser recurrida hágase de modo íntegro. Antofagasta, veintiséis de julio dedos mil veinticuatro. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: Por estas motivaciones y teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos 4, 7, 8, 9, 10, 41, 42, 63, 73, 160, 162, 168, 171 y siguientes del Código del trabajo en relación con los artículos 420, 423, 425, 446, 496 y siguientes del mismo cuerpo legal; se resuelve: I.- Que, se aco

Texto Completo (Preview)

JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA AUDIENCIA PREPARATORIA DE JUICIO ORAL POR VIDEO CONFERENCIA – PLATAFORMA ZOOM FECHA Antofagasta, veintiséis de julio de dos mil veinticuatro. MAGISTRADO INGRID MUÑOZ QUEVEDO HORA DE INICIO 10:38 horas HORA DE TERMINO 11:04 horas ENCARGADO DE ACTA Paula Campos Garay SALA 6 RUC 24-4-0552394-5 RIT O-279-2024 Registro de audio N° 24405523

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica