16º Juzgado Civil de Santiago

MIRANDA/CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO D

Rol

C-19834-2023

Fecha

13 de junio de 2024

Materia

HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos descritos, a trav s del informe emitido por la Comisi né ó Código: LYYXXXQTPQE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-19834-2023 Foja: 1 Nacional sobre Prisi n Pol tica y Tortura, agregando que el contextoó í hist rico del per odo 1973-1990 y la funci n de la referida Comisi n, queó í ó ó propici el reconocimiento del Estado de Chile a las v ctimas de prisi nó í ó pol tica y torturas por agentes del Estado o personas a su servicio.í Destacaν que de acuerdo con la doctrina el efecto de la represi nó pol tica traspasa las generaciones (Criterio de la Transversalidad) y que elí da o perdura en el tiempo y recrudece con faltas de medidas reparatorias yñ la permanencia de la impunidad. Menciona que en el informe Comisi n Nacional Sobre Prisi nó ó Pol tica y Tortura, se se ala, seg n lo relatado por quienes concurrieroní ñ “ ú ante esta Comisi n, la sorpresa ante la brutalidad que, debieron padeceró intensifico el impacto de la situaci n, especialmente en el caso de los queó fueron detenidos en 1973. La mayor a se al que, al ser liberados, casi noí ñ ó se refirieron a lo que se vieron forzados a padecer, ni siquiera en el mbitoá de sus relaciones m s cercanas. Algunos relataron que debieron padecer oá presenciar interrogatorios, torturas y malos tratos de todo tipo, y que experimentaron hambre, frio y hacinamiento. A consecuencia del horror vivido, incluso a una distancia de d cadas, cuando declararon ante estaé Comisi n, les resulto dif cil recordar y poner palabras a sus emociones yó í́ miedos los testimonios aluden a la p rdida irreparable de las posibilidades… é de progreso y bienestar que muchas personas ten an a su alcance, en virtudí de su formaci n, de su esfuerzo y de la posici n que hab an alcanzado .ó ó í ” (Cap tulo VIII Consecuencias de la Prisi n Pol tica p 586 y ss.). Agregandoí ó í que Las consecuencias psicosociales m s comunes de la prisi n y de la“ á ó tortura -la marginaci n socia

Fundamentos

Considerando Código: LYYXXXQTPQE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-19834-2023 Foja: 1 Primero. Que, Hugo Guti rrez G lvez, Ramiro Ignacio Guti rrezé á é Acu a y Yolanda Berena Milanca Nahuelhuaique, en representaci n de donñ ó Luis Alberto Miranda L pez, deducen demanda de indemnizaci n deó ó perjuicios en contra del Fisco de Chile, representado por don Ra l Letelierú Wartenberg, todos ya individualizados. Funda su demanda en el hecho de haber sido calificado bajo el 5.394 por el Registro Informe de la Comisi n Nacional sobre Prisi n Pol tica yó ó í Tortura indicando que el 13 de septiembre de 1973, cuando trabajaba como maestro pastelero en el edificio Gabriela Mistral y era dirigente sindical, durante el toque de queda carabineros rodearon el edificio donde trabajaba y comenzaron a disparar hacia el interior, obligando a los empleados a salir con las manos en la nuca, para ser trasladados a la Primera Comisar a, donde fue sometido a golpes y abusos f sicos por parteí í de los carabineros. Indica que tras una noche de maltratos fue trasladado al Estadio Nacional, donde continuaron los abusos f sicos y psicol gicos, siendoí ó interrogado por cuatro militares, quienes lo golpearon en la cara con la culata del fusil, le quebraron varios dientes, le fracturaron la mand bulaí inferior para finalmente sacarle parte de sus dientes con un alicate. Agrega que las condiciones de detenci n eran inhumanas y que en una ocasi n losó ó llevaron al pared n de fusilamiento con un grupo de personas y tras laó r faga sobrevivieron s lo ocho, a quienes los obligaron a arrojar a losá ó muertos y heridos a un cami n, luego lo amarraron a una silla, lo golpearonó con nunchako, le aplicaron corriente el ctrica en sus test culos, loé í sometieron al submarino. Sostiene que fue liberado con graves secuelas f sicas, incluidasí fracturas sin tratar y da os irreparables en sus test culos, adem s de sufriñ í á ó p rdidas materiales significativas, incluida la confiscaci n de su propiedad yé ó el quiebre de su relaci n amorosa, con trastornos graves como insomnio,ó crisis de p nico, depresi n y dificultades en su vida sexual, y que a los a osá ó ñ enfrent un diagn stico de c ncer de pr stata y otras enfermedadesó ó á ó cr nicas, lo que agrava a n m s su situaci n m dica y emocional. ó ú á ó é En cuanto al derecho, se refieren al reconocimiento del Estado de Chile de los hechos descritos, a trav s del informe emitido por la Comisi né ó Código: LYYXXXQTPQE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-19834-2023 Foja: 1 Nacional sobre Prisi n Pol tica y Tortura, agregando que el contextoó í hist rico del per odo 1973-1990 y la funci n de la referida Comisi n, queó í ó ó propici el reconocimiento del Estado de Chile a las v ctimas de prisi nó í ó pol tica y torturas por agentes del Estado o personas a su servicio.í Destacaν que de acuerdo con la doct

Fallo

Por estas consideraciones y, de conformidad, con lo que establecen los art culos 47 y siguientes, 222 , 224, 236, 1437, 1700, 1706, 2492 y 2518í del C digo Civil; art culos 144, 160, 170, 342, 346, 426, 427 y 428 deló í C digo Civil; Constituci n Pol tica de la Rep blica; Convenci n Americanaó ó í ú ó de Derecho Humanos; Convenio de Ginebra de 1949, se resuelve que: I.- Se rechazan las excepciones de reparaci n y de prescripci nó ó deducidas por el demandado. II.- Se acoge parcialmente la demanda deducida a lo principal del escrito de fecha 28 de noviembre de 2023 y, en consecuencia, se condena al Fisco de Chile a pagar a t tulo de da o moral, la suma total de $í ñ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a favor de don Luis Alberto Miranda L pezó . Código: LYYXXXQTPQE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-19834-2023 Foja: 1 III.- Que se exime del pago de las costas a la demandada. Reg strese, notif quese y en su oportunidad, arch vese.í í í Rol N C-19834-2023.° Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, trece de Junio de dos mil veinticuatro Código: LYYXXXQTPQE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-06-13T12:24:39-0400

Texto Completo (Preview)

C-19834-2023 Foja: 1 FOJA: 31 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-19834-2023 CARATULADO : MIRANDA/CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO D Santiago, trece de Junio de dos mil veinticuatro. Vistos. Que, con fecha 28 de noviembre de 2023, comparecen Hugo Guti rrez G lvez, Ramiro Ignacio Guti rrez Acu a y Yolanda Berenaé á é ñ Milanca Nahuelhuaique, ab

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