BARRA CONSTRUCCIONES Y MONTAJE SPA/MOZO GARCÍA ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIONES LIMITADA
Rol
C-837-2021
Fecha
14 de junio de 2024
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Que, a folio 1, se presenta don Carlos Antonio Barra G mezó , administrador, en representaci n de ó BARRA CONSTRUCCIONES Y MONTAJE SPA, sociedad del giro de contratista en obras mayores y menores, R.U.T. N 76.546.794- 2, ambos domiciliados en Alonso Reinoso 252, San° Valent n, Concepci n, quien interpone demanda ordinaria de cobro de pesos ení ó contra de MOZO ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIONES LTDA, persona jur dica del giro de terminaci n y acabado de edificios, R.U.T. Ní ó ° 76.221.809-7, representada por do a ñ PAULA MOZ GUILL NÓ Ó , gerente de proyecto, ambos domiciliados en Alfredo Lobos 146, Los Canelos, comuna de San Pedro De La Paz, Regi n del B o B o, con el objeto se condene aló í í demandado a pagar a su representada la suma de $5.323.735, m s los intereses yá reajustes correspondientes, todo lo anterior con expresa condenaci n en costas. ó Funda su demanda en que el demandado adeuda a su representada la suma de $5.323.735.- m s intereses y reajustes, deuda que tiene su origen en lasá obligaciones que pasa a detallar. Refiere que la demandante, es una empresa que se dedica a la actividad de contratista en obras mayores y menores y que, en el ejercicio de su giro, la demandante prest servicios de Fabricaci n y Montaje de Estructura Met lica,ó ó á que la demandada MOZO ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIONES LTDA requiri de su representada, lo cual consta en la factura de fecha 03 de Febreroó de 2020, debidamente recepcionada por la demandada. Sostiene que de los antecedentes de hecho expuestos, se desprende claramente que la demandada MOZO ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIONES LTDA adeuda a su representada la suma de $ 5.323.735.- m s intereses y reajustes correspondientes. á Luego cita los art culos 1437 y 1438 del C digo Civil y se ala que no cabeí ó ñ duda que la fuente de la obligaci n del demandado es un contrato que fueó Código: XXDJXXHEXPF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl legalmente celebrado e
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°.- Que acorde a lo consignado en la parte expositiva precedente, la demandante interpuso en contra de la demandada, demanda de cobro de pesos por la suma de $5.323.735., m s intereses, reajustes, y costas que le adeudar a porá í la prestaci n de servicios que refiere, de lo que dar a cuenta la factura queó í acompa a.ñ 2°.- Que todo el juicio se tramit en rebeld a de la demandada, raz n poró í ó la cual ha de entenderse que niega los fundamentos f cticos de la acci n dirigidaá ó en su contra, como quiera que en la especie se ha producido lo que en doctrina se ha dado en llamar contestaci n ficta de la demanda .“ ó ” 3º.- Que, a fin de acreditar sus alegaciones, la demandante acompa en elñó folio 1, la Factura Electr nica N 118, emitida a nombre de Mozo Garc aó ° í Arquitectura y Construcciones Limitada, por el estado de pago final por la fabricaci n y montaje de estructura met lica retenciones, por la suma total deó á $5.323.735. Código: XXDJXXHEXPF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Adem s, acompa el documento titulado Verificaci n del Contenido deá ñó ó un Documento, en que consta la emisi n por parte de Barra Construcciones yó Montaje SpA, de la factura electr nica N 118, de fecha 3 de febrero de 2020,ó º por la suma de $5.323.735. Asimismo, acompa tabla de estado de pago.ñó 4°.- Que, fund ndose la demanda en que la deuda que se cobra tuvo suá origen en un servicio prestado lo que debe entenderse negado t citamente por la– á demandada- dichos instrumentos no son suficientes para establecer la efectividad del negocio causal invocado ni tampoco para acreditar que la demandante haya, a su vez, dado cumplimiento a sus propias obligaciones contractuales; toda vez que la factura electr nica y la tabla de estado de pago, son ó documentos emitidos por la propia parte que los presenta, sin que conste que la factura electr nica fueó aceptada por la demandada, conforme a lo prescrito en los art culos 3 y 4 de laí Ley N 19.983 y 160 del C digo de Comercio, pues el documento acompa ado° ó ñ consistente en Verificaci n del Contenido de un Documento , s lo sirve para“ ó ” ó verificar que la factura fue emitida, no que sta fue irrevocablemente aceptada yé permitiendo el portal del Servicio de Impuestos Internos esta verificaci n s lo aló ó emisor y al receptor de las mismas, por lo que la factura acompa ada no puedeñ tenerse por irrevocablemente aceptada. 5°.- Que, as las cosas, ante esta falencia probatoria y no habi ndoseí é acreditado la prestaci n de servicios que constituye la causa de la obligaci nó ó correlativa de responder al pago del precio que se reclama, no cabe sino desestimar la demanda.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, adem s, con lo previsto en losá art culos 1.437, 1.445, 1.545, 1.546, 1.698, 1.702 y 1.706 del C digo Civil;í ó art culo 155 y 160 del C digo de Comercio; Ley 19.983; y art culos 144, 158,í ó í 160, 161, 162, 169, 170, 341 y 346 del C digo de Procedimiento Civil, se declara:ó I.- Que SE RECHAZA, en todas sus partes, la demanda interpuesta por la demandante en el folio 1. II.- Que, no se condena en costas a la demandante, por haber tenido motivo plausible para litigar. Notif quese por c dula a la demandante y por el estado diario a laí é demandada. Arch vese en su oportunidad.í Rol 837-2021 Código: XXDJXXHEXPF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictada por do a ñ PAULINA ASTETE LUNA, Juez Suplente del Primer Juzgado Civil de Concepci n.ó Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Concepci nó , catorce de Junio de dos mil veinticuatro Código: XXDJXXHEXPF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-06-14T21:27:30-0400
Texto Completo (Preview)
FOJA: 37 .- treinta y siete .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Concepci nº ó CAUSA ROL : C-837-2021 CARATULADO : BARRA CONSTRUCCIONES Y MONTAJE SPA/MOZO GARC A ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIONESÍ LIMITADA Concepci nó , catorce de Junio de dos mil veinticuatro VISTO: Que, a folio 1, se presenta don Carlos Antonio Barra G mezó , administrador, en representaci n de ó BARRA CON
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