1º Juzgado de Letras de Rengo

CONSORCIO GLOBE ICF S.A/INSPECCIÓN DEL TRABAJO

Rol

I-7-2024

Fecha

25 de julio de 2024

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS OIDO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en causa RIT N° I-7-2024, se presentó JAIME GODOY CIFUENTES, 10.498.272-7, en representación de CONSORCIO GLOBE ICF S.A., Rut 76.472.749-5, sociedad del giro de su denominación, ambos domiciliados para estos efectos en Apoquindo 4001, Oficina 504, comuna de Las Condes, Santiago, quien interpuso Reclamo Judicial en procedimiento de aplicación general, en contra de la Jefe de la INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE RENGO, Jefa doña Gabriela Gregoria Miranda Quinteros, reclamo judicial en contra de la Resolución Nº 603-2312/2024 que resolvió reconsideración administrativa de Resolución de Multa N°1868/23/55-1-2, de fecha 23 de enero de 2024, notificada a esta parte en fecha 26 de enero de 2024, solicitando se deje sin efecto dicha resolución con costas. En subsidio de lo anterior, se sirva SS. rebajar prudencialmente la cuantía de la multa en un monto mayor al señalado en la Resolución Nº 603-2312/2024 reclamada. Hizo referencia a cuestiones generales; caducidad, procedimiento aplicable, competencia y plazo. En cuanto a los ANTECEDENTES DE LA RESOLUCIÓN RECURRIDA, señaló que La resolución que resuelve la reconsideración administrativa presentada por mi representada, rechaza las alegaciones en base a argumentos más bien que no permiten comprender cual fue la situación fáctica corroborada por el fiscalizador. Por ejemplo, respecto del hecho infraccional indica lo siguiente: “no se configura vulneración al principio de non bis in ídem referido, toda vez que se trata de dos hechos divisibles, es decir, el empleador puede comparecer a la citación efectuada y no exhibir los documentos, caso en el que se sancionaría solo el segundo de los supuestos, así como también, puede no comparecer, pero remitir la documentación solicitada por correo electrónico, caso en el que solo se sancionaría por el primer supuesto. A su vez, se indica que las infracciones sancionadas además fueron advertidas en el apercibimiento señalado en formulario FI-4 denominado “acta de notificación de requerimiento de documentación. Tal documento indica que la no comparecencia (Art. 29 y 30 del DFL N°2 de 1967) y la no presentación de documentación requerida (art. 31 y 32 del DFL N° 2 de 1967), serán sancionadas con multa administrativa según corresponda.

Fallo

Por tanto, además de no ser susceptible de pronunciamiento por parte de la Dirección del Trabajo la alegación referida a vulneración del principio de non bis in ídem, tal alegación, en este específico caso, no logra configurarse por los motivos recién expuestos.” Respecto a la solicitud subsidiaria de rebaja del monto de la multa por acreditar fehacientemente el cumplimiento de la disposición infringida, argumento relacionado con lo solicitado respecto a la eventual configuración del principio de cumplimiento establecido en la circular 46 de la Dirección del Trabajo se indica que el empleador exhibe en esta instancia la totalidad de documentación requerida en instancia investigativa y por tanto se configura un principio de cumplimiento, resolviéndose en consecuencia que respecto a la Infracción N° 2, que se logra configurar la segunda de las hipótesis que el artículo 511 del Código del Trabajo plantea y por tanto se rebaja el monto de esta multa en un 40% por haber sido interpuesto el reclamo luego de 15 días hábiles administrativos..” Resolución de Multa Nº 1868/23/55-1 a) Identificación de la infracción y supuesta norma infringida. La resolución individualizada cursa a CONSORCIO GLOBE ICF S.A. una suma ascendiente a las 1,11 UTM ($329.128.-) por: no comparecer en forma personal o por intermedio de mandatario o apoderado con amplias facultades otorgadas por escrito, habiéndose verificado que el empleador fue citado bajo apercibimiento legal. La disposición legal que mi repre

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SENTENCIA MATERIA: RECLAMACION MULTA ADMINISTRATIVA RECLAMANTE: Consorcio Globe ICF S.A. RECLAMADO: INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE RENGO RIT I-7-2024 Rengo, veinticinco de julio de dos mil veinticuatro VISTOS OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en causa RIT N° I-7-2024, se presentó JAIME GODOY CIFUENTES, 10.498.272-7, en representación de CONSORCIO GLOBE ICF S.A., Rut 76.472.749-5, sociedad del

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