Juzgado de Letras de Molina

ISS SERVICIOS GENERALES LIMITADA/INSPECTOR PROVINCIAL DEL TRABAJO METROPOLITANA ORIENTE

Rol

I-5-2023

Fecha

22 de julio de 2024

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos no controvertidos y de los hechos a probar: Que al no prosperar el llamado a conciliación entre las partes, en la audiencia preparatoria ya referida, se establecieron como hechos no controvertidos: 1.- Que la Inspección Comunal del Trabajo de Molina cursó la Resolución de Multa N°1628/22/32 de fecha 19 de octubre de 2022 por la infracción consistente en no exhibir toda la documentación que deriva de las relaciones de trabajo necesaria para efectuar labores de fiscalización, sancionando a la reclamante al pago de una multa ascendente a 26,73 IMM. 2.- Que la empresa reclamante solicita la reconsideración administrativa de multa, la que fue rechazada mediante la Resolución N°14 de 22 de febrero de 2023, manteniendo la multa cursada. Luego, el tribunal recibió la causa a prueba y determinó como aquel hecho que tiene el carácter de ser sustancial, pertinente y controvertido, y que debía ser probado, el siguiente: 1.- Si la Inspección Comunal del Trabajo de Molina incurrió en error de hecho al momento de resolver la solicitud de reconsideración administrativa de multa, mediante la citada Resolución N°14 de 22 de febrero de 2023. SEXTO: Prueba rendida por la parte reclamante. Que en la audiencia, la parte reclamante de autos, rindió la siguiente prueba: I.- Documental. Se incorporaron, mediante su lectura resumida, los siguientes documentos: 1.- A folio 26, Informe de fiscalización N° 706/22/218 (carátula e informe de exposición). 2.- A folio 26, página 9, Resolución de multa N° 1628/22/32 de fecha 19.10.2022. 3.- A folio 26, página 13, Activación fiscalización N° 706/22/175. 4.- A folio 26, página15, Notificación de inicio de fiscalización N° 706/22/218. 5. A folio 27, Resolución Exenta N° 14 de fecha 22 de febrero de 2023 dictada por la Inspección del Trabajo de Molina. 6. A folio 28, Certificado de cotizaciones previsionales de don Cesar Sepúlveda Lillo. SÉPTIMO: Prueba rendida por la reclamada. Que en la audiencia de juicio, la parte reclamada, rindió la

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización completa de las partes litigantes.- Que en esta causa RIT I-5-2023, RUC 23-4-0462640-K, seguida ante este Juzgado de Letras de Molina, intervienen como parte reclamante, ISS SERVICIOS GENERALES LIMITADA, Rut N°80.571.500-6, persona jurídica de derecho privado del giro de su denominación, domiciliada en Avenida Las Torres N°1385, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, asistida y representada por el abogado don Fernando Varas Acuña, con domicilio y forma de notificación electrónica que consta en el proceso; y por la parte reclamada, INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE MOLINA, Rut N°61.502.000-1, representada por doña Valeria Faúndez Chamorro, ambos domiciliados en calle Luis Cruz Martínez N°1207, Molina, representada y asistida por la abogada doña Miryam Valenzuela Faúndez, con domicilio y forma de notificación electrónica que consta en el proceso. SEGUNDO: Síntesis de la reclamación; sus fundamentos de hecho y de derecho.- Que con fecha 24 de febrero de 2023 ingresa a este tribunal, reclamo judicial en procedimiento de aplicación general en contra de la Resolución N°14 de 22 de febrero de 2023, que mantuvo la multa impuesta mediante resolución N°1628/22/32, producto de visita inspectiva de fiscalizador. La presente acción judicial se deduce a efectos que el tribunal deje sin efecto la Resolución Exenta N° 14, de fecha 22 de febrero de 2023, la que mantuvo a su representada la multa impuesta, y en consecuencia se determine que, por haber acreditado cumplimiento de la infracción cursada, hecho que aconteció en sede administrativa dentro de los pazos legales previstos para ello, se acceda a la rebaja de la multa, ya que la mencionada resolución que resuelve la reconsideración fue dictada con un evidente error de hecho como se pasa a exponer: Como antecedentes previos, indica que ISS SERVICIOS GENERALES LIMITADA, en adelante también e indistintamente el “ISS”, es una entidad de reconocida experiencia y prestigio en el mercado, prestando una gran diversidad de labores y servicios, tanto a personas naturales como jurídicas, sean éstas nacionales o extranjeras. Es este marco, en virtud del cual en visita inspectiva de fecha 19 de octubre de 2022, se constató la siguiente infracción: “No exhibir toda la documentación necesaria para efectuar las labores de fiscalización”. Dicha multa fue objeto de reconsideración administrativa mediante presentación de fecha 20 de enero de 2023, la cual fue admitida a tramitación por parte de la demanda, y a la cual se acompañaron los antecedentes para acreditar el cumplimiento de las infracciones detectadas, específicamente toda la documentación requerida por parte de la Inspección, como lo son las planillas de cotizaciones previsionales de organismo administrador ley 16.744 de los meses septiembre de 2022, los contratos de trabajo y anexos, registro de asistencia, cotizaciones previsionales, liquidaciones de sueldo, comprobantes de transferencias electrónicas, entre otros de

Fallo

por tanto, el objeto de este reclamo es que S.S. se pronuncie respecto a si este Servicio ha ejercido correctamente o no la facultad que el mencionado artículo le ha entregado. A contrario sensu la Litis no se ha trabado respecto de la procedencia o improcedencia de las multas pues, para ello el legislador establece una acción judicial diferente y que consagra el artículo 503 del Código del Trabajo. De este modo el objeto de la presente causa es el reclamo a que hace referencia el inciso segundo del artículo 512 del Código del Trabajo y por ende los puntos de prueba debieran versar, respecto al hecho de haberse cumplido o no en el proceso administrativo de reconsideración los requisitos establecidos en el referido artículo 511 del Código del ramo y por ende lo ajustado a derecho de la resolución N° 14 indicada. Por lo tanto y, en virtud de lo anteriormente expuesto no cabe entrar a ponderar la procedencia o improcedencia de las multas administrativas, derecho que precluyó al momento de optar por la reclamación administrativa, siendo ahora el objeto analizar el proceso de reconsideración administrativa. 2) Pues bien, en la oportunidad correspondiente el empleador solicitó reconsideración de la multa N° 1628/22/32 (1), en tal solicitud la recurrente reconoció la existencia de la infracción y solicitó se rebajara el valor de la multa por haber corregido la infracción acompañando a su presentación distintos documentos. La resolución N°14 que resolvió la solicitud de reconsiderac

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Causa RIT Nº : I-5-2023 Causa RUC Nº : 23-4-0462640-K Reclamante : ISS Servicios Generales Limitada Denunciado : Inspección Comunal del Trabajo de Molina Materia : Reclamo resolución administrativa ____________________________________________________________ Molina, veintidós de julio de dos mil veinticuatro.- VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización comp

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