RÍOS/RESTAURANTE DON CHICHO SPA Y OTROS
Rol
O-1009-2019
Fecha
22 de julio de 2024
Materia
Bonos, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización del artículo 87 del Estatuto Docente, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 8, 9, 63, 73, 162, 168, 172, 173 y 446 y siguientes del Código del Trabajo, SE RESUELVE: I. Que, se acoge la demanda interpuesta por don EDUARDO EUGENIO RÍOS HONORATO en contra de RESTAURANTE DON CHICHO SPA., declarándose que el despido del trabajador ha sido injustificado y nulo, condenándose a dicha demandada al pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones: a. Indemnización sustitutiva de aviso previo por $488.000.- b. Indemnización por años de servicios por $3.416.000.- c. Recargo del 50% sobre la indemnización por años de servicios $1.708.000.- d. Feriado legal anual correspondiente a los dos últimos periodos por la suma de $683.200 y feriado proporcional por la suma de $56.934.- e. Sueldo base impago correspondiente al periodo que se extiende entre el 03 de marzo del año 2017, hasta el 03 de marzo del año 2019 por un total de $6.912.000.- f. Remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde la separación del trabajador ocurrida el 03 de marzo del año 2019, hasta la convalidación del despido mediante el pago íntegro de las cotizaciones previsionales de salud y cesantía adeudadas correspondientes al periodo trabajado a razón de $488.000.- mensuales. g. Cotizaciones previsionales de salud y cesantía que se encuentren impagas correspondientes al periodo laborado que se extendió entre el 04 de enero del año 2012 al 03 de marzo del año 2019. II. Que, las sumas ordenadas pagar deberán ser enteradas con los reajustes e intereses calculados de acuerdo a la forma establecida en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III. Que, se condena en costas a la demandada RESTAURANTE DON CHICHO SPA., regulándose las personales en el equivalente al 10% de las sumas ordenadas pagar, una vez efectuada la liquidación del crédito. IV. Que, se rechaza la petición de declarar unidad económica respecto de las demandadas. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, dese cumplimiento a lo ordenado en ella dentro de q
Fundamentos
CONSIDERANDO:
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 8, 9, 63, 73, 162, 168, 172, 173 y 446 y siguientes del Código del Trabajo, SE RESUELVE: I. Que, se acoge la demanda interpuesta por don EDUARDO EUGENIO RÍOS HONORATO en contra de RESTAURANTE DON CHICHO SPA., declarándose que el despido del trabajador ha sido injustificado y nulo, condenándose a dicha demandada al pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones: a. Indemnización sustitutiva de aviso previo por $488.000.- b. Indemnización por años de servicios por $3.416.000.- c. Recargo del 50% sobre la indemnización por años de servicios $1.708.000.- d. Feriado legal anual correspondiente a los dos últimos periodos por la suma de $683.200 y feriado proporcional por la suma de $56.934.- e. Sueldo base impago correspondiente al periodo que se extiende entre el 03 de marzo del año 2017, hasta el 03 de marzo del año 2019 por un total de $6.912.000.- f. Remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde la separación del trabajador ocurrida el 03 de marzo del año 2019, hasta la convalidación del despido mediante el pago íntegro de las cotizaciones previsionales de salud y cesantía adeudadas correspondientes al periodo trabajado a razón de $488.000.- mensuales. g. Cotizaciones previsionales de salud y cesantía que se encuentren impagas correspondientes al periodo laborado que se extendió entre el 04 de enero del año 2012 al 03 de marzo del año 2019. II. Que, las sumas ordenadas pagar deberán s
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO VIDEO CONFERENCIA PLATAFORMA ZOOM FECHA Valparaíso, lunes 22 de julio de 2024. RUC 19-4-0194427-6 RIT O-1009-2019 MAGISTRADO Marlene Susana Moya Díaz ADMINISTRATIVO DE ACTAS Yessenia Labra Meza SALA DE AUDIENCIA VIRTUAL 6 HORA DE INICIO 09:00 horas. HORA DE TÉRMINO 09:31 horas. N° REGISTRO DE AUDIO 1940194427-6-1338 (Sala 6)
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica