1º Juzgado de Letras de Vallenar

CUBILLOS/INOSTROZA

Rol

C-743-2023

Fecha

5 de junio de 2024

Materia

OTROS SUMARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1, comparecen doña MIRYAN PATRICIA CUBILLOS IBARBE, cédula de identidad N° 6.748.771-0, dueña de casa, doña EMA ANTONIA CUBILLOS IBARBE, cédula de identidad N° 4.932.549-5, dueña de casa, y doña ASMINDA DEL CARMEN CUBILLOS IBARBE, cédula de identidad N° 5.730.574-6, dueña de casa, todas domiciliadas para estos efectos en calle Ramírez N° 731, comuna de Vallenar, interponiendo demanda en juicio sumario por cese gratuito en contra de doña CAROLINA DE LOS ANGELES INOSTROZA CUBILLOS, cédula de identidad N° 15.035.512-5, domiciliada en calle María Veliz Alcayaga N° 2655, Villa Ballenary, comuna de Vallenar, así como respecto de cualquier otro ocupante que tenga título sucesorio respecto de la comunidad hereditaria. Fundan su demanda en que son comuneras de la comunidad hereditaria que quedó al fallecimiento de su padre don Sergio Antonio Cubillos. La Posesión Efectiva de su herencia se concedió por resolución dictada en los autos 15.072 del Segundo Juzgado Civil de Vallenar y fue inscrita a fojas 1147 N° 1048 correspondiente al año 2002 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Vallenar. Agregan que también son comuneras de la comunidad hereditaria que quedó al fallecimiento de su madre, doña Lidia Asminda Ibarbe Leyton. La Posesión Efectiva de su herencia se concedió por Resolución Administrativa del Servicio de Registro Civil y de Identificación de Chile, la que fue concedida por el Director Regional de Coquimbo N° 12638 de 13 de diciembre de 2022. Afirman que entre los bienes que componen la masa hereditaria se encuentra un bien raíz ubicado en calle Gabriela Mistral N° 184, hoy 1358, de la Población Carrera, comuna de Vallenar, la que se encuentra inscrita a nombre de la sucesión del causante ya señalado a fojas 211 vta. N° 193 del año 1967 y a fojas 412, N° 375 del año 2003, ambas del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Vallenar, y tiene el rol de avalúo N° 344-11 de la Comuna de Vallenar. Refieren que la

Fundamentos

considerando que antecede, y en mérito de la copia de la inscripción conservatoria practicada a fojas 412 N° 375 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Vallenar, correspondiente al año 2003, correspondiente a la inscripción especial de herencia de don Sergio Antonio Cubillos, se tendrá por establecida la existencia de una comunidad de bienes, integrada por doña Ema Antonia Cubillos Ibarbe, doña Raquel Lucy Cubillos Ibarbe, doña Asminda Del Carmen Cubillos Ibarbe, doña Miriam Patricia Cubillos Ibarbe, y doña Lidia Asminda Ibarbe Leyton, quienes, en un primer momentos fueron dueñas en común de la propiedad ubicada en calle Gabriela Mistral N° 184, hoy 1.358, población Carrera, comuna de Vallenar. Luego, en mérito del duplicado de certificado de posesión efectiva N° de inscripción 97592 del año 2022, rolante a folio 1 de autos, nos permiten sostener que tras el fallecimiento de la comunera doña Lidia Asminda Ibarbe Leyton, la comunidad de bienes integrada por doña Ema Antonia, doña Raquel Lucy, doña Asminda Del Carmen y doña Miriam Patricia, todas de apellidos Cubillos Ibarbe, son dueñas en común de la propiedad antes singularizada. Finalmente se dirá que la demandada, doña Carolina De Los Ángeles Inostroza Cubillos, hija de la comunera doña Raquel Lucy Cubillos Ibarbe, relación de parentesco fehacientemente demostrado con el mérito del certificado de nacimiento rolante a folio 1 de autos, y tras el fallecimiento de su madre, hecho acontecido el 1 de octubre del año 2022, según se acredita con el mérito del certificado de defunción igualmente acompañado a folio 1 de autos, en la actualidad, forma parte de la comunidad de bienes propietaria del inmueble ubicado en calle Gabriela Mistral N° 184, hoy 1.358, población Carrera, comuna de Vallenar, ello por haber adquirido por sucesión por causa de muerte los derechos que su madre detentaba sobre el bien raíz común, antes referido. 5°) Acreditada entonces la existencia de la comunidad de bienes y la calidad de comuneras tanto de la parte demandante como de la parte demandada, todas copropietarias del inmueble situado en calle Gabriela Mistral N° 184, hoy 1.358, población Carrera, comuna de Vallenar, corresponderá determinar si la parte demandada se encuentra gozando de dicho bien en forma gratuita. 6°) Que si bien, la parte demandante, a folio 31, se sirvió de la prueba testimonial, consistente en las declaraciones de doña Olga Antonia Castillo Alcota y doña Eufemia Yolanda Castillo Alcota, quienes relataron que la propiedad es ocupada por una sobrina de la Sra. Carmen, cuestión que les consta porque la Sra. Carmen se los habría contado, inconcuso es concluir que las aludidas deponentes son testigos de oídas, por lo que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 383 del Código de Procedimiento Civil, sus declaraciones sólo pueden servir de base de una presunción judicial. Código: KMGMXNZNSJZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verific

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 144, 160, 170, 341, 383, 655 y 680 y siguientes del código de procedimiento civil; y artículos 1698, 2081 y 2305 del código civil, SE DECLARA: Que se rechaza, sin costas, la demanda de cese de uso gratuito interpuesta a folio 1 por doña Miriam Patricia Cubillos Ibarbe, doña Ema Antonia Cubillos Ibarbe y doña Asminda Del Carmen Cubillos Ibarbe, en contra de doña Carolina De Los Ángeles Inostroza Cubillos. Anótese, regístrese y notifíquese a las partes. . Dictada por doña María Catalina López Werner, Jueza Titular del Primer Juzgado de Letras de Vallenar. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Vallenar, cinco de Junio de dos mil veinticuatro Código: KMGMXNZNSJZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Código: KMGMXNZNSJZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-06-05T13:19:25-0400

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Foja: 1 FOJA: 31 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Vallenar CAUSA ROL : C-743-2023 CARATULADO : CUBILLOS/INOSTROZA Vallenar, cinco de Junio de dos mil veinticuatro. VISTOS: A folio 1, comparecen doña MIRYAN PATRICIA CUBILLOS IBARBE, cédula de identidad N° 6.748.771-0, dueña de casa, doña EMA ANTONIA CUBILLOS IBARBE, cédula de identidad N° 4.932.549-5, dueña d

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