Juzgado de Letras y Gar. de Petorca

UGALDE MUÑOZ SOLANGE PATRICIA Y OTRA

Rol

V-42-2024

Fecha

5 de junio de 2024

Materia

BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, comparece ALEJANDRO ANDRES RAMIREZ ESPINOSA, abogado, cedula de identidad 18.584.322-k, domiciliado en Avda. Libertad 269 oficina 904 Viña del Mar, en representación, de SOLANGE PATRICIA UGALDE MUÑOZ Run N°9.381.049-k, domiciliada en Avda. Quilín Norte N°8195, casa 43, condominio Vista Cordillera Peñalolén, Santiago y PAOLA MASIEL UGALDE MUÑOZ Rut: 9.381.050-3 domiciliada en Europa 2121 departamento 202, Providencia, las que en su calidad de representantes legales de su hermano don JORGE MIGUEL UGALDE MUÑOZ cédula de identidad 9.381.048-1, domiciliado en Avda. Quilín 3679, comuna Macul, y que actualmente se encuentra sujeto a interdicción de administrar lo suyo, solicitan se les autorice judicialmente para enajenar los derechos sobre un bien raíz perteneciente a la comunidad hereditaria, compuesta por Solange Patricia Ugalde Muñoz, Paola Masiel Ugalde Muñoz, Jorge Miguel Ugalde Muñoz ya individualizado y la cónyuge del causante Norma Del Carmen Muñoz Salas Rut: 6.988.326-5, domiciliada en Europa 2121 departamento 202, Providencia, Santiago. Fundan su acción en que con fecha 11 de enero de 2019, el 8° Juzgado Civil de Santiago decretó por sentencia ejecutoriada en la causa Rit V-268-2018, caratulada “UGALDE MUÑOZ, SOLANGE PATRICIA y otra con UGALDE MUÑOZ, JORGE MIGUEL”, sobre Interdicción por demencia, que don Jorge Miguel Ugalde muñoz, no tiene la libre administración de sus bienes. Como consecuencia de lo anterior, se declaró a doña Solange Ugalde Muñoz y doña Paola Ugalde Muñoz curadoras de bienes y representantes legales del mismo. Código: LXXVXNSVMFZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Con fecha 6 de mayo de 2019, la declaración de interdicción definitiva fue inscrita en el Registro de Prohibiciones del Conservador de Santiago, que rola a foja n° 15744, bajo el número 25708 del año 2019. Que, Solange Patricia Ugalde Muñoz, Paola Masiel Ugalde

Fundamentos

fundamentos y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 393, 394 y 396 y siguientes del Código Civil; y artículo 891 del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

FALLO : 09 DE JUNIO DE 2024.- _________________________________________________________ Petorca, cinco de Junio de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, comparece ALEJANDRO ANDRES RAMIREZ ESPINOSA, abogado, cedula de identidad 18.584.322-k, domiciliado en Avda. Libertad 269 oficina 904 Viña del Mar, en representación, de SOLANGE PATRICIA UGALDE MUÑOZ Run N°9.381.049-k, domiciliada en Avda. Quilín Norte N°8195, casa 43, condominio Vista Cordillera Peñalolén, Santiago y PAOLA MASIEL UGALDE MUÑOZ Rut: 9.381.050-3 domiciliada en Europa 2121 departamento 202, Providencia, las que en su calidad de representantes legales de su hermano don JORGE MIGUEL UGALDE MUÑOZ cédula de identidad 9.381.048-1, domiciliado en Avda. Quilín 3679, comuna Macul, y que actualmente se encuentra sujeto a interdicción de administrar lo suyo, solicitan se les autorice judicialmente para enajenar los derechos sobre un bien raíz perteneciente a la comunidad hereditaria, compuesta por Solange Patricia Ugalde Muñoz, Paola Masiel Ugalde Muñoz, Jorge Miguel Ugalde Muñoz ya individualizado y la cónyuge del causante Norma Del Carmen Muñoz Salas Rut: 6.988.326-5, domiciliada en Europa 2121 departamento 202, Providencia, Santiago. Fundan su acción en que con fecha 11 de enero de 2019, el 8° Juzgado Civil de Santiago decretó por sentencia ejecutoriada en la causa Rit V-268-2018, caratulada “UGALDE MUÑOZ, SOLANGE PATRICIA y otra con UGALDE MUÑOZ, JORGE MIGUEL”, sobre Interdicción

Texto Completo (Preview)

COMPETENCIA : CIVIL NEGOCIO : VOLUNTARIO MATERIA : AUTORIZACIÓN PARA ENAJENAR SOLICITANTES : SOLANGE PATRICIA UGALDE MUÑOZ : PAOLA MASIEL UGALDE MUÑOZ APODERADO : ALEJANDRO ANDRES RAMIREZ ESPINOSA ROL : V-42-2024.- FECHA INICIO : 16 DE ABRIL DE 2024.- FECHA PARA FALLO : 09 DE JUNIO DE 2024.- _________________________________________________________ Petorca, cinco de Junio de dos mil veinticuatro.

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