ANDRADE/
Rol
V-318-2023
Fecha
5 de junio de 2024
Materia
CURADOR, NOMBRAMIENTO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 12 de diciembre de 2023 comparece doña MARIA BEATRIZ PEREZ MANSILLA, abogada de la Corporación de Asistencia Judicial Consultorio Puerto Varas, actuando en representación de doña ALICIA XIMENA ANDRADE HERNÁNDEZ, chilena, soltera, cédula de identidad N.° 11.430.716-5, domiciliada en calle Manuel Rodríguez N° 236, comuna Fresia, quien viene en solicitar se le declare curadora, en sustitución a la curaduría que ejercía su madre doña Olgalina Hernández Toledo, por encontrarse actualmente fallecida, en favor de su hermana interdicta por demencia doña MARÍA ADRIANA ANDRADE HERNÁNDEZ, cédula nacional de identidad N° 10.276.318-2- de su mismo domicilio. Relata que por sentencia de fecha 26 de febrero de 2013 dictada en causa Rol V-115-2012, de este mismo Tribunal, se declaró la interdicción definitiva por causa de demencia a su hermana doña María Adriana Andrade Hernández, cedula de identidad Nº 10.267318-2, designándole como curadora definitiva a su madre doña Olgalina Hernández Toledo. Que en la actualidad su madre Olgalina Hernández Toledo, se encuentra fallecida, con fecha de defunción 03 de octubre de 2023. Menciona que su representada que es quien se hace cargo de todos sus cuidados y necesidades, de modo que a fin de proteger su patrimonio y poder asegurarle a su hermana el goce los pocos beneficios que por su condición posee, y para el pleno disfrute de los derechos que le asisten en su estado, se decrete el cambio de curador y se nombre a su representada como su curadora definitiva. Concluye solicitando, previas citas legales, que se declare el cambio de curador de doña MARÍA ADRIANA ANDRADE HERNÁNDEZ, ya individualizado y se designe a su representada doña ALICIA XIMENA ANDRADE HERNÁNDEZ, como curadora definitiva. SEGUNDO: Que se han agregado a la gestión los siguientes antecedentes: 1. Certificado de defunción de doña Olgalina Hernández Toledo; 2. copia de inscripción de la sentencia en causa Rol V-155-2012, en el Registro De Interdicciones Y Prohibiciones De Enajenar Del Conservador De Bienes Raíces De Puerto Varas; 3. Audiencia del interdicto de fecha 29 de febrero de Código: FXXXXNZJZCZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024. 4. Oficio de antecedentes familiares remitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación de fecha 17 de mayo de 2024. TERCERO: Que por su parte también se acredita que la solicitante es hermana de doña María Adriana Andrade Hernández, quien fue declarada interdicta por sentencia de fecha 26 de febrero de 2013 dictada en causa Rol V- 115-2012, de este mismo Tribunal. Que en la audiencia de estilo comparecieron sus demás hermanos señalando su aprobación en cuanto a la curaduría, que la interdicta no posee hijos ni es casado y que la actual curadora, quien fuera su madre, doña Olgalina Hernández Toledo, se encuentra fallecida, con fecha de defunción 03 de octubre de 2023. CUARTO: Que se han cumplido los s
Fallo
se declara: l.- Se dispone la sustitución del curador definitivo de los bienes de la interdicta doña María Adriana Andrade Hernández, designándose en dicha calidad a su hermana doña Alicia Ximena Andrade Hernández, cédula de identidad N.° 11.430.716-5. II. Sirva la presente resolución de suficiente título y discernimiento, relevándose a la curadora designada de las obligaciones de rendir fianza y de practicar inventario solemne. III. Notifíquese a la curadora designada para la aceptación y juramento del cargo. En cuanto al juramento ordenado, la parte interesada deberá concurrir a las dependencias de este tribunal, ubicado en calle San José esquina Santa Rosa, tercer piso, de Puerto Varas, de lunes a viernes hábiles, entre las 09:00 a 13:00 hrs. En el evento que se encuentre imposibilitado de concurrir al tribunal, podrá conectarse a la plataforma www.conecta.pjud.cl, de lunes a viernes hábiles, entre las 11:00 a 13:00 hrs. En caso de existir inconvenientes con la modalidad telemática se podrá solicitar información adicional a los teléfonos del tribunal (652235001 y 652232741) o al correo electrónico: jI_puertovaras@pjud.cl. IV. Practíquese la subinscripción al margen de la inscripción practicada a fojas 115 vta N° 775, año 2017, del Registro de Prohibiciones e Interdicciones del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas. Anótese y regístrese. Código: FXXXXNZJZCZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Rol
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Puerto Varas CAUSA ROL : V-318-2023 CARATULADO : ANDRADE/ Puerto Varas, cinco de junio de dos mil veinticuatro VISTOS y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 12 de diciembre de 2023 comparece doña MARIA BEATRIZ PEREZ MANSILLA, abogada de la Corporación de Asistencia Judicial Consultorio Puerto Varas, actuando en representación de doña A
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica