HERMOSILLA/AC SECURITY LIMITADA
Rol
M-576-2024
Fecha
19 de julio de 2024
Materia
Despido injustificado, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X TRIBUNAL OFRECE E INCORPORA PRUEBA X SENTENCIA X Se deja constancia que la demandada, pese a estar notificada, no comparece a la presente audiencia. Resuelve escritos: Al escrito delega poder de la parte demandante: Téngase presente. Al escrito acompaña documentos de la parte demandante: Por digitalizados los documentos, sin perjuicio del ofrecimiento e incorporación en su oportunidad. Contestación de la demanda: El Tribunal confiere en este acto traslado a la parte demandada y tiene por contestada la demanda interpuesta, en su rebeldía. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a conciliación, ésta no se produce, atendida la rebeldía de la parte demandada. Fija hechos controvertidos: 1) La efectividad que entre las partes existió relación laboral. En su caso, fecha de inicio, funciones desempeñadas, remuneración pactada y percibida y demás elementos que den cuenta de subordinación y dependencia. En la afirmativa del anterior: 2) Fecha de término de los servicios del demandante. Pormenores, en especial si fue por despido de la demandada, cumplimiento de formalidades legales y Efectividad de los hechos contenidos en la comunicación respectiva. 3) Prestaciones adeudadas al demandante al término de los servicios referida a 20 días de remuneración de noviembre de 2023 y feriado proporcional. Medios de Prueba: La parte DEMANDANTE ofrece E INCORPORA los siguientes medios de prueba: Documental: 1) Reclamo Administrativo de fecha 11 de diciembre de 2023. 2) Acta de Comparendo de Conciliación de fecha de 16 de enero de 2024. 3) Comprobante de carta de aviso para terminación del contrato de trabajo. 23.11.23. La prueba documental no fue objetada ni de fondo ni de pertinencia. El Tribunal tiene por incorporada la prueba documental de la parte demandante y ordena su custodia. Confesional: Se deja constancia que habiéndose realizado el llamado a viva voz, por tres veces co
Fundamentos
CONSIDERANDO: Parte resolutiva
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 9, 21, 41, 42, 63, 73, 162, 168, 172, 173, 420 y siguientes, 453, 454 y siguientes, 496 y siguientes, todos del Código del Trabajo, se declara: I. Que, ha lugar a la demanda interpuesta por don Giovanni Andrés Hermosilla Santibáñez en contra de AC SECURITY LIMITADA, Rut N°76.071.685-5, representado legalmente por don Cristian Acuña Carrasco y se declara que el demandante fue objeto de un despido injustificado con fecha 20 de noviembre del año 2023 y, en consecuencia, se condena a dicha demandada a pagarle las siguientes prestaciones: a. $552.000.-, por indemnización sustitutiva del aviso previo. b. $368.000.-, por remuneración, 20 días de noviembre de 2023. c. $184.000.-, por feriado proporcional. II. Que, las sumas ordenadas a pagar deberán serlo más reajustes e intereses, conforme a lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III. Que, no se condena en costas a la demandada, por no haber existido oposición. IV. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo dispuesto en ella dentro de quinto día, en caso contrario, certifíquese conforme a lo dispuesto en el artículo 462 del Código del Trabajo y remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago. Regístrese, archívese los antecedentes en su oportunidad. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas, en especial a la demandada conforme a lo dispuesto en e
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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 19 DE JULIO DE 2024 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 15 RUC 24-4-0547863-K RIT M-576-2024 MAGISTRADA LORENA FLORES CANEVARO ADMINISTRATIVA DE ACTAS CLAUDIA CÉSPEDES SOTOMAYOR HORA DE INICIO 10:32 HORAS HORA DE TÉRMINO 11:04 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2440547863-K-1
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