UNIVERSIDAD DE CHILE/BARRALES
Rol
C-11663-2023
Fecha
4 de junio de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: A folio 1, con fecha 12 de Julio de 2023, comparece do añ Fernanda Natalie Clavijo Mel ndez, abogada, con domicilio en Estado N 369 Piso 2, comuna Santiago,é ° mandataria judicial, en representaci n convencional de ó UNIVERSIDAD DE CHILE, representada por don Eduardo Andr s Tobar Almonacid, m dico cirujano, ambosé é domiciliados en calle Santos Dumont N 999, comuna de Independencia, Santiago,º quien interpuso demanda ejecutiva en contra de do a ñ CARMEN JULIA BARRALES MAUREIRA, ignora profesi n u oficio, domiciliada en Pasaje Pax Nó ° 2134, comuna de Maip , Santiago,ú y solicita se despache mandamiento de ejecuci n yó embargo por la suma de $23.892.616.-, m sá intereses y costas. Indica que su representada es due a del pagar N 508063393, suscrito en favorñ é ° de UNIVERSIDAD DE CHILE por la ejecutada, con fecha 11 de febrero de 2022, por la suma de $23.892.616.-, cantidad que la deudora se oblig a pagar en una cuotaó de $23.892.616, el d a í 26 de abril de 2023. Se estipul que, se devengar a un inter s m ximo convencional para operacionesó í é á de cr dito que la ley permite estipular desde la fecha de mora (d a siguiente a la fechaé í de vencimiento de la cuota respectiva) hasta la fecha de pago efectivo pertinente, sobre el valor del saldo adeudado. Es del caso que dicho instrumento no fue pagado a su vencimiento, siendo oportunamente protestado por falta de pago el d a 27 de abril de 2023 en la Notar a deí í Santiago de don Octavio Francisco Gutierrez L pez, origin ndose derechos y gastos poró á $3.000- La firma del suscriptor del pagar se encuentra autorizada por Notario P blico,é ú raz n por la cual dicho instrumento tiene m rito ejecutivo y, siendo la obligaci nó é ó l quida, actualmente exigible y no estando prescrita la acci n ejecutiva, procede seí ó Código: SKCKXNXZPQY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-11663-2023 Foja: 1 despache mandamiento de ejecuci n y
Fundamentos
considerando que es un pagar a la vista y por lo mismo la fecha de suá é vencimiento la determina el beneficiario. Beneficiario que en el caso de autos, no cumpli con la carga de presentar el documento para su pago.ó En tercer t rmino, opone é la excepci n del numeral 11 del art culo 464 deló í C digo de Procedimiento Civiló , esto es, La concesi n de esperas o la pr rroga deló ó plazo. Se ala que se encuentra actualmente en conversaciones con el acreedor y se leñ han concedido esperas y se le ha prorrogado el plazo de todas las obligaciones que existieren entre las partes. Indica que ha sido perjudicado al ser requerido de pago en virtud de un t tuloí ejecutivo nulo por haber omitido, la contraria, un requisito que las leyes prescriben como esencial ritualidad previa al iniciar un procedimiento compulsivo de cumplimiento de obligaciones en su virtud. Código: SKCKXNXZPQY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-11663-2023 Foja: 1 A folio 13, con fecha 17 de Octubre de 2023, se tuvo por evacuado en rebeld aí el traslado conferido a la parte ejecutante. A folio 15,
Fallo
Se declararon admisibles las excepciones y se recibieron a prueba, no rindi ndose prueba alguna por la ejecutadaé . A folio 19, con fecha 15 de Abril de 2024, se citó a las partes a o rí sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, con fecha 12 de Julio de 2023, comparece do a Fernandañ Natalie Clavijo Mel ndez, abogada, mandataria judicial, en representaci n convencionalé ó de UNIVERSIDAD DE CHILE, representada por don Eduardo Andr s Tobaré Almonacid, m dico cirujano, quien interpuso demanda ejecutiva en contra de do aé ñ CARMEN JULIA BARRALES MAUREIRA, ignora profesi n u oficio, y solicita seó despache mandamiento de ejecuci n y embargo por la suma de ó $23.892.616.-, m sá intereses y costas. SEGUNDO: Que la ejecutada opuso a la ejecuci n las excepciones de losó numerales 7 , 14 y 11 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil.° ° ° í ó TERCERO: Que se tuvo por evacuado en rebeld a el traslado conferido a laí parte ejecutante. CUARTO: Que, el t tulo ejecutivo de autos fue acompa ado materialmente a laí ñ Custodia de este tribunal, asign ndosele el N 7189-2023.á ° QUINTO: Que, respecto a la excepci n del numeral 7 del art culo 464 deló í C digo de Procedimiento Civiló , habi ndose excepcionado la ejecutada,é argumentando la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que los t tulos esgrimidos por el ejecutante tuviesen fuerza ejecutiva a suí respecto, es menester se alar que la Excma. Corte Suprema ha manifestad
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C-11663-2023 Foja: 1 FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 28 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-11663-2023 CARATULADO : UNIVERSIDAD DE CHILE/BARRALES Santiago, cuatro de Junio de dos mil veinticuatro VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: A folio 1, con fecha 12 de Julio de 2023, comparece do añ Fernanda Natalie Clavijo Mel ndez, abogada, con domicilio en Estado N 369 Piso 2, comuna
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