1º Juzgado de Letras de Angol

BROWN/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ANGOL

Rol

T-9-2023

Fecha

19 de julio de 2024

Materia

Art. 485 inciso 3º CT, Daño moral

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: Antecedentes generales Su representado comenzó a prestar servicios en la Municipalidad de Angol en enero del año 2017, como Encargado del Departamento de Cultura de la Municipalidad, dependiendo de la Administración Municipal. Dicha contratación fue en forma inmediata bajo modalidad de contrata grado 12 por tres meses en principio, y luego se realizó una modificación de la contrata hasta diciembre del mismo año 2017, la cual se ha ido renovando hasta la fecha actual, recibiendo al día de hoy una remuneración bruta de $1.153.885 mensuales. Desde que ingresó al servicio se le instruyó y entregó un libro de asistencia en el que registraba su ingreso en las mañanas y sus respectivas salidas. Libro donde se registraban también las horas extraordinarias realizadas, las que en su mayoría eran por el desarrollo de eventos culturales. Como su profesión es la de técnico universitario en administración de empresas y aparte artista, cantante, productor, compositor y escritor, fue lo que predominó en la voluntad del Alcalde para su contratación, ya que su interés era tener uno de los mejores centros culturales de Chile en la ciudad de Angol, así, y con dicho desafío, ingresó a dicha institución. Al principio comenzó con mucho entusiasmo y siempre obtuvo muy buenos resultados. Sin embargo, luego de una solicitud de manera telefónica de envío de implementos musicales desde el Espacio Centro Cultural al Espacio Teatro Municipal, en el que se solicitaba el traspaso de micrófonos que estaban avaluados en una cifra cercana a los $9.0000.000, los que habían sido adjudicados a través de un FNDR de Cultura por su representado, para ser destinados al Teatro Municipal, pero que la oficina de Inventario Municipal al registrar el dominio de bienes muebles los dejó dentro del Inventario del Centro Cultural, lo que le motivó a solicitar, para resguardo de responsabilidades administrativas internas, que tal petición fuese hecha por escrito. Así fue como se generó un roce importante

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que se presentó el abogado Juan José Navarro Salomón, en representación de CECIL J. BROWN RIQUELME, RUN 14.360.190-0, de profesión Técnico Universitario en Administración de Empresas mención Marketing, con domicilio en Alborada 112, Angol, deduciendo denuncia de tutela por vulneración de derechos fundamentales en contra de la MUNICIPALIDAD DE ANGOL, representada legalmente por su alcalde José Enrique Neira Neira, conforme a los siguientes fundamentos: Relación circunstanciada de los hechos: Antecedentes generales Su representado comenzó a prestar servicios en la Municipalidad de Angol en enero del año 2017, como Encargado del Departamento de Cultura de la Municipalidad, dependiendo de la Administración Municipal. Dicha contratación fue en forma inmediata bajo modalidad de contrata grado 12 por tres meses en principio, y luego se realizó una modificación de la contrata hasta diciembre del mismo año 2017, la cual se ha ido renovando hasta la fecha actual, recibiendo al día de hoy una remuneración bruta de $1.153.885 mensuales. Desde que ingresó al servicio se le instruyó y entregó un libro de asistencia en el que registraba su ingreso en las mañanas y sus respectivas salidas. Libro donde se registraban también las horas extraordinarias realizadas, las que en su mayoría eran por el desarrollo de eventos culturales. Como su profesión es la de técnico universitario en administración de empresas y aparte artista, cantante, productor, compositor y escritor, fue lo que predominó en la voluntad del Alcalde para su contratación, ya que su interés era tener uno de los mejores centros culturales de Chile en la ciudad de Angol, así, y con dicho desafío, ingresó a dicha institución. Al principio comenzó con mucho entusiasmo y siempre obtuvo muy buenos resultados. Sin embargo, luego de una solicitud de manera telefónica de envío de implementos musicales desde el Espacio Centro Cultural al Espacio Teatro Municipal, en el que se solicitaba el traspaso de micrófonos que estaban avaluados en una cifra cercana a los $9.0000.000, los que habían sido adjudicados a través de un FNDR de Cultura por su representado, para ser destinados al Teatro Municipal, pero que la oficina de Inventario Municipal al registrar el dominio de bienes muebles los dejó dentro del Inventario del Centro Cultural, lo que le motivó a solicitar, para resguardo de responsabilidades administrativas internas, que tal petición fuese hecha por escrito. Así fue como se generó un roce importante con el Administrador Municipal de la época, José Luis Bustamante Oporto, quien jamás mandó por escrito dicha petición y solicitó por ese motivo, ahora sí, a través de correo electrónico que el Departamento de Extensión Cultural dependiera de otra jefatura, acusando injustamente a su representado a través de ese correo de insubordinación. Por lo anterior, a comienzos del año 2021, se cambió su dependencia de contrata grado 12 bajo la Dirección de Desarrollo Comunitario, que era dirig

Fallo

por estas tres personas. Luego de encontrar lo anteriormente mencionado se informó al Dideco mediante correo electrónico. Dicha denuncia por escrito provocó, a parte del silencio y la no respuesta de dicho correo, que su representado el 27 de julio del año 2021 enviara un correo electrónico dirigido al Alcalde, Enrique Neira Neira, solicitando prescindir de firmar las boletas de prestaciones de servicios de honorarios de dichos profesionales, citados precedentemente, debido a estas ya comprobadas situaciones irregulares. A partir de dicho correo comenzó el acoso laboral hacia su representado, ya que le daba a entender al Alcalde una serie de situaciones irregulares, junto a la solicitud de prescindir de visar dichos informes. Se relataba por ejemplo, que desde el 5 de marzo de 2018, el Administrador Municipal, José Luis Bustamante, le solicita a un PLAN DE GESTIÓN CULTURAL de un día para otro, algo que fue un descriterio en relación a lo que se demora generar un trabajo de esa envergadura y que también existe una solicitud de destinación de Unidad de Extensión Cultural a otro Departamento, de lo anterior, entiende, de manera injusta la seguidilla de correos en que el administrador José Luis Bustamante pareciera desmentirse, y comienza otro tipo de acontecimientos desde mediados de julio de 2021. Antes de aquello, es importante señalar que desde mediados de 2020 su representado presentó antecedentes, vía correo electrónico, al abogado de la Municipalidad de Angol John Erice

Texto Completo (Preview)

ANGOL, A DIECINUEVE DE JULIO DE DOS MIL VEINTICUATRO. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que se presentó el abogado Juan José Navarro Salomón, en representación de CECIL J. BROWN RIQUELME, RUN 14.360.190-0, de profesión Técnico Universitario en Administración de Empresas mención Marketing, con domicilio en Alborada 112, Angol, deduciendo denuncia de tutela por vulneración de derechos fundamenta

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