Juzgado de Letras del Trabajo de Arica

ÁLVAREZ/ASOCAPEC A.G.

Rol

M-128-2024

Fecha

19 de julio de 2024

Materia

Despido injustificado, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS NO DISCUTIDOS: 1.-Que la relación laboral entre las partes se extendió desde el día 02 de mayo de 2021 hasta el 26 de marzo del año 2024 2.- Que el actor fue contratado en calidad de guardia de seguridad desempeñando sus funciones en dependencias de la demandada, ubicadas en Manuel Castillo Ibaceta N°3305, Arica. 3 .- Que la relación laboral del actor tenía el carácter de indefinida 4.- Que la jornada de trabajo del actor se encontraba regulada de conformidad al artículo 40 bis y siguientes del Código del Trabajo, correspondiendo al domingo de cada semana con una duración de 8 horas diarias, conforme a los siguientes turnos: 1) Turno A: De 08.00 horas a 00.000, 2) Turno B: De 08.00 horas a 16.00 y 3) Turno C: De 46.00 a 00.00 horas. 5.-Que la última remuneración bruta mensual del actor para efectos de lo dispuesto por el artículo 172 del Código del Trabajo ascendía a la cantidad de $175.980. LLAMADO A CONCILIACIÓN: El tribunal a modo referencial y con el solo propósito de acercar a las partes propone el cambio de la causal legal de termino de contrato y el pago al demandante de la suma única y total de $600.000.- Consultada la parte demandada refiere que su representada desea perseverar en el juicio. HECHOS A PROBAR: Registro de audio 2240421977-8-1333-220909-00-031.-* 1.-Turno que correspondía desempeñar al actor al actor del día 24 de marzo del año 2024. 2.- Razones o

Fundamentos

motivos por los cuales el actor dejó de prestar servicios para la demandada. Hechos y circunstancias. 3.- Cumplimiento por parte de la empleadora de las formalidades que el artículo 162 del Código del Trabajo exige para proceder al despido de un trabajador. 4.- Efectividad que el actor haya incumplido gravemente las obligaciones que impone el contrato, en los términos indicados en la carta respectiva los hechos. Hechos que configuran dichos incumplimientos y las circunstancias que le confieren el carácter de grave. 5.- Efectividad que el trabajador haya incurrido en la causal establecida en el artículo 160 N°1 letra c) del Código del Trabajo en los términos expresados en la carta de despido. Hechos y circunstancias. 6.- Prestaciones adeudadas: conceptos y monto de los mismos. No se intentan recursos respecto del auto de prueba. MEDIOS DE PRUEBA PARTE DEMANDADA: Esta parte ofrece la siguiente prueba: a) Documental: Registro de audio 2440584988-3-1333-240717-00-08 1.-Contrato de trabajo part time del demandante de fecha 2 de mayo de 2021. 2.-Anexos de contrato de fecha 31 de mayo 3.- Anexo de contrato de trabajo de fecha 01 de agosto de 2021 4.-Carta de aviso de despido. 5.- Comprobante de envío mediante correos de chile de carta de despido de fecha 26 de marzo del año 2024. 6.- Comprobante constancia laboral para empleadores de despido de don Guido José Álvarez Álvarez de fecha 25 de marzo del año 2024 emitido por la dirección del trabajo. 7.- Comprobante de carta de aviso para terminación del contrato de trabajo de despido de don Guido José Álvarez Álvarez de fecha 26 de marzo del año 2024 emitido por la dirección del trabajo. 8.- Reglamento interno Asocapec. 9.- Ebook Juzgado de Garantia de Arica, causa ROL: 2902-2024 caraturalado M.P.C/Marcos Daniel Godoy Godoy, delito de Riña pública. 10.- Carta aviso de despido de don Marcos Daniel Godoy Godoy. 11.- Comprobante de carta de aviso para terminación del contrato de trabajo de despido de don Marcos Daniel Godoy Godoy de fecha 26 de marzo del año 2024 emitido por la dirección del trabajo. 12.-Hoja de Libro de novedades. El tribunal tiene por ofrecida, rendida e incorporada la prueba instrumental singularizados por la parte demandante. b) Testimonial: Presta declaración en calidad de testigo: 1.-HÉCTOR GONZALO CLAVELLE CLAVELLE, C.I N° 5.964.406-8, guardia de seguridad domiciliado en Agustín Marín N° 431, Arica. MEDIOS DE PRUEBA PARTE DEMANDANTE: Esta parte ofrece la siguiente prueba: b) Documental: Registro de audio 2440584988-3-1333-240717-00-08 1. Reclamo administrativo formulado ante la Inspección Provincial del Trabajo de Arica, de fecha de 1de abril de 2024. 2. Acta de comparendo de conciliación celebrado ante la Inspección del Trabajo de Arica, de fecha 15 de abril de 2024. 3. Contrato de trabajo de fecha 2 de mayo de 2021 y anexo de fecha 1 de agosto de 2021. 4. Constancia realizada ante la Inspección del Trabajo de Arica, de fecha 11 de diciembre de 2023. 5. Constancia re

Fallo

por tanto no logran configurar alguna de las causales de terminación de contrato indicadas en los artículos 160 N°1 Letra C y/o 160 N°7 del Código del Trabajo, y sin perjuicio de ello, para el caso que los hechos se hubieran tenido por corroborados, no están revestidos de la gravedad y naturaleza suficiente para estimar que lleguen a configurar alguna de dichas causales. Más aún, si la empleadora en su oportunidad pudo aplicar otra medida disciplinaria o sancionatoria de menor entidad, como la amonestación o multa QUINTO: Que en nada modifica lo concluido la prueba documental y Testimonial aportada por la parte demandada, ya que no alteran la convicción alcanzada por este sentenciador. SEXTO: Que, no habiéndose configurado ninguna de las causales establecidas en los artículos 160 N°1 Letra C y/o 160 N°7 del Código del Trabajo, se procederá dar lugar a la demanda de despido indebido, condenándose a la parte demandada a pagar una indemnización sustitutiva de aviso previo la suma de $175.980.-. SEPTIMO: Que habiéndose extendido la relación laboral desde el día 02 de mayo de 2021 al día 26 de marzo del año 2024, el demandante tiene derecho a una indemnización por 3 años de servicio equivalente a la suma $527.940.- correspondiendo aplicar a dicho monto el aumento del 80% establecido en la letra C del artículo 168 del Código de Trabajo, esto es, la suma de $422.352. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 7, 8, 10, 41 y siguientes,63, 160 N°1 Letra C, 160 N°7,

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA UNICA– SENTENCIA INMEDIATA SEMIPRESENCIAL LUGAR y FECHA Arica, 17 de julio del año 2024 RUC 24-4-0584988-3 RIT M-128-2024 ÁLVAREZ/ASOCAPEC A.G MATERIA Despido injustificado, Prestaciones MAGISTRADO HERNÁN VALDEVENITO CARRASCO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Cristina Baltazar Martínez SALA VIDEOCONFERENCIA (1) HORA DE INICIO 10.55 HORA DE TERMINO 14.10 Nº REGISTRO DE AU

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica