23º Juzgado Civil de Santiago

CUMPLO CHILE S.P.A./SOCIEDAD COMERCIAL DOS TORRES SPA

Rol

C-14877-2023

Fecha

3 de junio de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: A folio 1 compareci Enrique Eduardo Rodr guez Donatti, abogado,ó í domiciliado para estos efectos en Avenida Nueva Tajamar N 481, oficina° 708, Torre Norte, comuna de Las Condes de esta ciudad, en representaci nó convencional de Cumplo Chile S.A., sociedad del giro financiero, representada convencionalmente por Guillermo Acu a Kitto, ingeniero civil,ñ para estos efectos del mismo domicilio anterior, quien interpuso demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de é Sociedad Comercial Dos Torres SpA, del giro de su denominaci n, en su calidad de deudor,ó representada por V ctor Manuel Vargas Montan , cuya profesi ní é ó desconoce, ambos domiciliados en calle La Capitan a N 80, oficina 108,í ° comuna de Las Condes de esta ciudad. A folio 7 se dio curso a la demanda y se orden despacharó mandamiento de ejecuci n y embargo.ó A folio 18 compareci el ejecutado, quien dentro de plazo opuso a laó ejecuci n las excepciones contempladas en los numerales 4 , 9 y 11 , todasó ° ° ° del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil. í ó A folio 22 tuvo por opuestas las referidas excepciones y se confirió traslado de ellas al ejecutante. A folio 23 compareci el ejecutante evacuado el traslado que le fueseó conferido, y solicitando el rechazo de las excepciones opuestas, con costas, en virtud de los argumentos contenidos en su presentaci n, los cuales seó tienen por reproducidos. Código: SVNDXNMFXWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-14877-2023 Foja: 1 A folio 24 se tuvo por evacuado el traslado conferido a la ejecutante. Acto seguido se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibió la causa a prueba, fij ndose los hechos substanciales, pertinentes yá controvertidos, sobre los cuales sta debi recaer; resoluci n interlocutoriaé ó ó de prueba que consta debidamente notificada a ambas partes a folios 26 y 27 respectivamente. A folio 31 se cit a las partes para o r sentencia. ó í Y

Fundamentos

Considerando: Primero: Que compareci Enrique Eduardo Rodr guez Donatti,ó í abogado, en representaci n convencional de ó Cumplo Chile S.A., quien interpuso demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de é Sociedad Comercial Dos Torres SpA, todos ya individualizados, solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo por la suma deó $64.208.071.- en capital m s intereses, ordenando se siga adelante con estaá ejecuci n hasta hacerse entero y cumplido pago de lo adeudado a suó representada, con costas. Expuso que su representada es due a para su cobro de pagar s, porñ é endoso en dominio o por endoso valor en cobro, suscritos por la ejecutada, seg n el siguiente detalle:ú 1. Pagar folio 1680182820_68569_4406 suscrito con fecha 30 deé marzo de 2023 por un capital inicial de $18.731.251.- pagadero en una cuota, venciendo con fecha 13 de junio de 2023. Cabe se alar que lañ cantidad adeudada devenga un inter s anual equivalente al 19,50% (inter sé é lineal) sobre el capital y hasta su pago efectivo. El pagar no fue pagado a la fecha de su vencimiento ya se alado,é ñ quedando un saldo por pagar en capital a la ejecutante de $18.731.251.- m s los intereses pactados y moratorios correspondientes.á 2. Pagar folio 1671655181_66572 suscrito con fecha 29 de diciembreé de 2022 por un capital inicial de $25.712.778.- pagadero en una cuota, venciendo con fecha 20 de febrero de 2023. Cabe se alar que la cantidadñ adeudada devenga un inter s anual equivalente al 25,00% (inter s lineal)é é sobre el capital y hasta su pago efectivo. Código: SVNDXNMFXWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-14877-2023 Foja: 1 El pagar no fue pagado a la fecha de su vencimiento ya se alado,é ñ quedando un saldo por pagar en capital a la ejecutante de $25.712.778.- m s los intereses pactados y moratorios correspondientes.á 3. Pagar folio 1671655181_66572_4406 suscrito con fecha 29 deé diciembre de 2022 por un capital inicial de $10.886.459.- pagadero en una cuota, venciendo con fecha 20 de febrero de 2023. Cabe se alar que lañ cantidad adeudada devenga un inter s anual equivalente al 25,00% (inter sé é lineal) sobre el capital y hasta su pago efectivo. El pagar no fue pagado a la fecha de su vencimiento ya se alado,é ñ quedando un saldo por pagar en capital a la ejecutante de $9.913.897.- m sá los intereses pactados y moratorios correspondientes. 4. Pagar folio 1677184323_67725 suscrito con fecha 01 de marzo deé 2023 por un capital inicial de $13.724.433.- pagadero en una cuota, venciendo con fecha 18 de mayo de 2023. Cabe se alar que la cantidadñ adeudada devenga un inter s anual equivalente al 22,00% (inter s lineal)é é sobre el capital y hasta su pago efectivo. El pagar no fue pagado a la fecha de su vencimiento ya se alado,é ñ quedando un saldo por pagar en capital a la ejecutante de $6.775.864.- m sá los intereses pactados y moratorios correspondientes. 5. Pagar folio 1675110178_67319_4406 suscrito co

Fallo

se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibió la causa a prueba, fij ndose los hechos substanciales, pertinentes yá controvertidos, sobre los cuales sta debi recaer; resoluci n interlocutoriaé ó ó de prueba que consta debidamente notificada a ambas partes a folios 26 y 27 respectivamente. A folio 31 se cit a las partes para o r sentencia. ó í Y Considerando: Primero: Que compareci Enrique Eduardo Rodr guez Donatti,ó í abogado, en representaci n convencional de ó Cumplo Chile S.A., quien interpuso demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de é Sociedad Comercial Dos Torres SpA, todos ya individualizados, solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo por la suma deó $64.208.071.- en capital m s intereses, ordenando se siga adelante con estaá ejecuci n hasta hacerse entero y cumplido pago de lo adeudado a suó representada, con costas. Expuso que su representada es due a para su cobro de pagar s, porñ é endoso en dominio o por endoso valor en cobro, suscritos por la ejecutada, seg n el siguiente detalle:ú 1. Pagar folio 1680182820_68569_4406 suscrito con fecha 30 deé marzo de 2023 por un capital inicial de $18.731.251.- pagadero en una cuota, venciendo con fecha 13 de junio de 2023. Cabe se alar que lañ cantidad adeudada devenga un inter s anual equivalente al 19,50% (inter sé é lineal) sobre el capital y hasta su pago efectivo. El pagar no fue pagado a la fecha de su vencimiento ya se alado,é ñ quedando un saldo por pagar en capital a la ejec

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C-14877-2023 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-14877-2023 CARATULADO : CUMPLO CHILE S.P.A./SOCIEDAD COMERCIAL DOS TORRES SPA Santiago, tres de Junio de dos mil veinticuatro Visto: A folio 1 compareci Enrique Eduardo Rodr guez Donatti, abogado,ó í domiciliado para estos efectos en Avenida Nueva Tajamar N 481, oficina° 708, Torre Norte, com

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