Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena

SINERGY EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS S.A./INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO DE COQUIMBO

Rol

I-70-2024

Fecha

18 de julio de 2024

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos ocurridos a la trabajadora mencionada. La Ilustre Municipalidad de Coquimbo, en su calidad de usuaria en relación al 5 Contrato de Puesta a Disposición de Servicios Transitorios suscrito con mi representada y por el cual solicita una dotación de 15 cajeros para la Campaña de Permisos de Circulación correspondiente al año 2024, desde el 01 de marzo de 2024 y hasta el día 3 de abril de 2024, dentro de las cuales está incluida la Sra. Rojas Albornoz para ejecutar el cargo de cajera en dicha campaña. Así las cosas, el día 25 de marzo de 2024 alrededor de las 19:00 horas, la trabajadora referida se trasladaba en una camioneta perteneciente a la municipalidad indicada, en compañía de una funcionaria de dicho municipio, y de regreso a las dependencias de la municipalidad desde la Comuna de Tongoy, oportunidad en la cual dicho móvil es interceptado por 3 individuos que presumimos eras delincuentes y proceder a robar la recaudación del día. Cerca de las 21:00, personal de la I.M. de Coquimbo, pone en conocimiento de doña Lorena Cárdenas, quién ejecuta el cargo de Supervisora en la IV Región, en relación a los hechos sucedidos, teniendo presente que se había constituido Carabineros de Chile, disponiendo que se trasladara a un centro médico a constatar lesiones. En ese contexto, la persona antes referida, procede a informar a primera hora del día siguiente, es decir el 26 de marzo de 2024 a eso de las 07:00 am, la Coordinadora de la IV Región contacta al Jefe de Operaciones para informar lo sucedido, acto seguido, siendo las 08:30 de ese día la Coordinadora Regional informo de la sucedido a la Coordinadora General del Servicio Permisos de Circulación, doña Sara Sanhueza, quién informa a su vez a su jefatura y procede a llamar en reiteradas oportunidades a la Cajera Catalina Rojas enviándole incluso mensajes a través de la plataforma Whatsapp, para tener conocimiento de ella, saber en qué estado se encontraba e indicarle los protocolos a seguir, en particular que debía d

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece ALVARO IVAN SAAVEDRA OVIEDO, abogado, Rut 11.558.972-5, domiciliado en Calle Santo Domingo Nº 498, Oficina 401, Comuna de Santiago, Región Metropolitana en representación de SINERGY EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS S. A., Rut 76.736.900-K, representada legalmente por don ERICK IDE GARRIDO, Rut 5.088.231-4, ambos domiciliados en Avenida del Valle Norte Nº 750, Oficina S1, Ciudad Empresarial, Comuna de Huechuraba, quien interpone demanda en Procedimiento de aplicación general, por Reclamo Judicial en contra de la INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO DE COQUIMBO, representada por doña LORENA PATRICIA MIRANDA CORNEJO, Inspectora Provincial del Trabajo de Coquimbo, ambos domiciliados en CALLE MELGAREJO Nº 980, 3º PISO, COMUNA DE COQUIMBO, REGION DE COQUIMBO, y en contra de la Resolución Nº 7410/24/11 de fecha 22 de abril de 2024 y en definitiva solicita se deje sin efecto o se rebaje. Como coadyuvante de la demandada comparece doña Catalina Esperanza Rojas Albornoz, estudiante, cédula de identidad Nº21.489.378-9, domiciliada en calle Wenceslao Vargas Nº806, sector El Llano, comuna de Coquimbo. Funda la demanda en el hecho que la multa cursada, es del siguiente tenor: “Resolución Administrativa N° 7410/24/11: 1. NO TOMAR TODAS LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA PROTEGER EFICAZMENTE LA VIDA Y SALUD DE LOS TRABAJADORES, AL NO: MANTENER LAS CONDICIONES ADECUADAS DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL, AL NO IDENTIFICAR LOS PELIGROS Y EVALUAR LOS RIESGOS QUE ESTÁN PRESENTES EN EL LUGAR DE TRABAJO, SEGÚN EL SIGUIENTE DETALLE: ASALTO O ROBO, SITUACIÓN QUE AFECTÓ A DOÑA CATALINA ESPERANZA ROJAS ALBORNOS CON FECHA 25.03.2024, CUANDO ERA TRASLADADA EN UN VEHÍCULO MUNICIPAL CON LA RECAUDACIÓN DE LOS PERMISOS DE CIRCULACIÓN DEL PRESENTE AÑO”." Señala como error de la fiscalizadora los siguiente : “1.- La fiscalizadora da por sentado que mi representada habría infraccionado el artículo 184 del Código del Trabajo, por cuanto mi representada no habría mantenido 4 las condiciones de seguridad y salud laboral al no identificar los peligros y evaluar los riesgos que están presentes en el lugar de trabajo, en relación al asalto y robo que afectó a doña Catalina Rojas Albornoz con fecha 25 de Marzo de 2024, cuando dicha trabajadora era trasladada en un vehículo perteneciente a la Ilustre Municipalidad de Coquimbo, con la recaudación de los Permisos de Circulación del presente año. 2.- Sobre el particular SS. en primer lugar es necesario dar cuenta al Tribunal de la naturaleza contractual en virtud de la cual la trabajadora que sufrió el asalto y robo prestaba servicios para mi representada. En efecto, la Sra. Rojas Albornoz es contratada por mi representada con fecha 1 de marzo y hasta el día 15 de marzo de 2024 y luego en contrato de fecha 16 de marzo y hasta el día 31 de marzo de 2024, al amparo de un Contrato de Prestación de Servicios Transitorios establecido por la Ley 20.123 que regula el trabajo en Régimen de Subcontratación, el Funcionamiento de l

Fallo

se declara: I.- Que, se rechaza el reclamo interpuesto por ALVARO IVAN SAAVEDRA OVIEDO, en representación de SINERGY EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS S. A., y por ende, se mantiene la sanción impuesta mediante Resolución Nº 7410/24/11 de fecha 22 de abril de 2024. II.- Que, no se condena en costas a la reclamante, por estimar que tuvo motivos plausibles para litigar. RIT I-70-2024 RUC 24- 4-0577805-6 Dictada por don Gianni Pozzi Anilio, Juez Suplente del Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena En La Serena a dieciocho de julio de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución precedente.

Texto Completo (Preview)

La Serena, dieciocho de julio de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece ALVARO IVAN SAAVEDRA OVIEDO, abogado, Rut 11.558.972-5, domiciliado en Calle Santo Domingo Nº 498, Oficina 401, Comuna de Santiago, Región Metropolitana en representación de SINERGY EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS S. A., Rut 76.736.900-K, representada legalmente por don ERICK IDE GARRIDO, Rut

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