VÉLIZ/
Rol
V-116-2023
Fecha
1 de junio de 2024
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Que, a folio 1, con fecha 19 de septiembre de 2023, comparece don Ricardo César García Véliz, cédula de identidad número 15.366.694-6, abogado, en representación de doña Lucrecia Gladys Véliz Inostroza, cédula de identidad número 6.343.714-k, chilena, casada con separación de bienes, jubilada, ambos domiciliados para estos efectos en Lago Caburga N° 8862 comuna de La Florida, Santiago, solicitando se le ordene al Conservador de Bienes Raíces de San Antonio a efectuar el archivo de los planos de subdivisión del predio de propiedad de su representada ubicado en Calle Fernando Calvo N° 328, antiguo 318, del Balneario de San Sebastián, comuna de Cartagena, Provincia de San Antonio, autorizados por la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de Cartagena, de acuerdo a los datos registrados y debidamente verificados por dicha repartición. Funda su reclamación señalando que, según el título de dominio vigente, herencia de fojas 4045 repertorio N° 4293 del Registro de Propiedad del año 2012 del Conservador de Bienes Raíces de San Antonio, la sucesión de Lucrecia Inostroza Catalán cédula de identidad N° 1.512.272-2 formada por sus hijos Lucrecia Gladys Véliz Inostroza, cédula de identidad N°6.343.714-k; Ángel Véliz Inostroza, cédula de identidad N° 5.668.234-1, de cuyos derechos es propietaria Norma del Carmen Fuentealba Reyes desde el año 2018 y Fernando Véliz Inostroza, cédula de identidad Nº 5.786.906-2, es dueña de un predio ubicado en Calle Fernando Calvo N° 328, antiguo N° 318, compuesto por los sitios Uno, Dos y Tres de la Manzana veintinueve del plano del Balneario de San Sebastián, comuna de Cartagena, Provincia de San Antonio, que deslinda al NORTE, con el Fundo El Peral; al SUR con el sitio cuatro de la misma manzana; al ORIENTE con sitios ocho, nueve y diez de la misma manzana y al PONIENTE con calle Fernando Calvo (Ex Calle Chica), Código: EXXRXNPXTKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.
Fundamentos
CONSIDERANDO: Código: EXXRXNPXTKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 PRIMERO: Que, ha comparecido don Ricardo César García Véliz, abogado, en representación de Lucrecia Gladys Véliz Inostroza, ambos ya individualizados, solicitando se le ordene al Conservador de Bienes Raíces de San Antonio a efectuar el archivo de los planos de subdivisión del predio de propiedad de su representada ubicado en Calle Fernando Calvo N° 328, antiguo 318, del Balneario de San Sebastián, comuna de Cartagena, Provincia de San Antonio, autorizados por la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de Cartagena, de acuerdo a los datos registrados y debidamente verificados por dicha repartición. SEGUNDO: Que, la reclamante acompañó en autos los siguientes documentos: 1.- Copia de escritura pública de compraventa de Inostroza Catalán, Lucrecia G. a Inostroza Navarro, Paulina. 2.- Copia de inscripción conservatoria de Fs 4.045 N°4293 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Antonio, año 2012. 3.- Documento privado denominado Minuta de Archivo de fecha 13 de septiembre de 2017, dirigida al Conservador de Bienes Raíces de San Antonio. 4.- Captura de pantalla. 5.- Plano de Proyecto Subdivisión, Predio en tres lotes, Balneario San Sebastián V Región. 6.- Documento privado denominado Minuta de Deslindes, firmado por don Danilo Potocnjak Montenegro, Arquitecto. 7.- Resolución de Subdivisión N°013 de fecha 22 de junio de 2017 emitido por la Dirección de Obras de la I. Municipalidad de Cartagena. 8.- Oficio DOM N°240.- de fecha 22 de junio de 2017, firmado por Roberto Urzúa Arce, Director de Obras Municipales dirigido al Sr. Conservador de Bienes Raíces. 9.- Imagen de plano timbrada ante Notario Público. 10.- Correo electrónico de fecha 16 de diciembre de 2020 que informa reparos efectuados en carátula N°186149.- TERCERO: Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 13 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, el Conservador de Código: EXXRXNPXTKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Bienes Raíces podrá negarse a inscribir un título, si presentado éste, su inscripción en algún sentido es legalmente inadmisible; y que conforme al artículo 18 del mismo cuerpo legal la parte perjudicada con la negativa podrá ocurrir al juez de primera instancia, quien en vista de la solicitud y con los motivos expuestos por el Conservador resolverá por escrito lo que corresponda. CUARTO: Que, la negativa del Sr. Conservador en estos autos consiste en rechazar el archivo de un plano de subdivisión, por cuanto la inscripción vigente carece de superficie; cuestión que es efectiva a la luz de la simple lectura de la copia de inscripción de la propiedad, enumerada anteriormente. En efecto, dicha copia de inscripción no señala la superficie de la propiedad ni tampoco alguna longitud de sus
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 13 y 18 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, artículos 1545, 1560 y siguientes, y artículos del Código Civil, y artículos 160, 826 del Código de Procedimiento Civil, se declara: I.- Que se rechaza la reclamación interpuesta por Ricardo César García Véliz, abogado, en representación de doña Lucrecia Gladys Véliz Inostroza. Regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por PALOMA FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, Jueza Titular del Primer Juzgado de Letras de San Antonio. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Antonio, uno de Junio de dos mil veinticuatro Código: EXXRXNPXTKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-06-01T14:28:31-0400
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 FOJA: 29 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de San Antonioº CAUSA ROL : V-116-2023 CARATULADO : V LIZ/É San Antonio, uno de Junio de dos mil veinticuatro VISTO Que, a folio 1, con fecha 19 de septiembre de 2023, comparece don Ricardo César García Véliz, cédula de identidad número 15.366.694-6, abogado, en representación de doña Lucrecia Gladys Véliz
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