2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

COMERCIALIZADORA BETTER FOOD CHILE SPA./INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO SUR ORIENTE

Rol

I-166-2024

Fecha

18 de julio de 2024

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos de la multa ellos debieron haber sido alegados conforme al art. 503 del mismo cuerpo legal, alegando como excepción de caducidad y convalidación. TERCERO: Que se fijaron como puntos de prueba en la audiencia de rigor los siguientes: 1) Efectividad que el ente fiscalizador ha incurrido en un error de hecho al dictar la resolución de fecha 13 de febrero de 2024 n° 1308-4280/2024. Antecedentes y circunstancias del procedimiento de fiscalización y sanción. 2) Efectividad de existir fundamentación en la resolución impugnada. CUARTO: Que la parte demandante acompañó como medios de prueba los siguientes: Documental: 1) Resolución de reconsideración de multa N° 1308-4280/2024 de 13 de febrero de 2024 2) Notificación de la resolución de reconsideración de multa N° 13084280/2024 3) Reconsideración administrativa de multa presentada por la empresa Comercializador Better Food Chile 4) Resolución de multa N° 7875/23/32 de 11 de septiembre de 2023 5) Actas de entrega de elementos de protección personal de don Jaime Correa, don Guillermo Rojas, doña María Clemente y don Ricardo Gutiérrez. 6) Anexo I, informe de deficiencias e infracciones detectadas por la Dirección del Trabajo emitido por la Mutual de Seguridad 7) Anexo II, prescripción de medidas correctivas de la Mutual de Seguridad, suscrito por Cristian Parada Arias en representación de la empresa 8) Acta de cierre de ejecución de servicios SST emitido por la Mutual de seguridad a la empresa reclamante suscrito por don Cristian Parada Arias Testimonial: Declaró el siguiente testigo, quienes legalmente juramentados exponen sobre los hechos que constan en registro de audio: 1) Cristian Parada Arias, cédula nacional de identidad número 17.073.1514. QUINTO: Que la parte demandada acompañó lo siguiente: ) Copia de consulta DT plus de notificación de la multa 7875/2023/32. 2) Copia de correo electrónico de fecha 13 de febrero de 2024 de notificación de la resolución exenta 1308-4280 / 2024 que resolvió solicitud de reconsi

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que compareció ante este Juzgado de Letras del Trabajo de CAMILA NILO DUQUE, abogada, en representación de la empresa COMERCIALIZADORA BETTER FOOD CHILE SpA, Rol Único Tributario Nº 76.283.867-2, deduce reclamación judicial en procedimiento monitorio, dirigido en contra de don Pablo Fuentes Cáceres, Jefe de la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Sur Oriente, quien emitió la resolución exenta Nº 1308-4280/2024 de fecha 13 de febrero de 2024 que resuelve la reconsideración presentada por la empresa respecto de la resolución 7875/23/32, notificada el 13 de febrero de 2023. Indica que la infracción correspondía a: Hecho: “no proporcionar libres de todo costo los elementos de protección personal consistente en calzado de seguridad y pantalón negro, siendo una obligación el uso de estos elementos para los trabajadores Guillermo Rojas, Ricardo Gutiérrez, Jaime Correa y María Clemente, quienes desempeñan la función de operario. Tal hecho constituye incumplimiento a las condiciones generales de seguridad de los lugares de trabajo respecto de los equipos de protección personal implica no tomar las medidas necesarias para proteger la vida, la salud y en general la integridad física de los trabajadores”. Infracción: “No proporcionar a los trabajadores, libres de todo costo y cualquiera sea la función que estos desempeñan, los elementos de protección personal. Norma infringida: Artículo 53 del D.S. Nº 594, de 1999 del Ministerio de Salud, en relación con los artículos 184 y 506 del código del trabajo”. Cuantía: 60 UTM. La resolución que mantuvo la multa fue notificada por medio de correo electrónico el 13 de febrero de 2024. Indica que en la reconsideración se argumentó la existencia de un evidente error de hecho por parte del fiscalizador de la inspección del trabajo, ya que la empresa entregó elementos de protección personal a los trabajadores como consta en las actas de entrega que fueron revisadas y además que se acompañan a dicha reconsideración. Si bien en dicha acta no constan los pantalones, pues no son un elemento de protección personal. En cuanto a los zapatos de trabajo, se menciona en la reconsideración que la empresa suministra puntillas de seguridad que cumplen con los requisitos necesarios, según lo ha establecido la Mutual de Seguridad, acompañándose informe emanado por dicho organismo a la solicitud. Agrega que las alegaciones fueron desestimada por el inspector comunal del trabajo Santiago Sur Oriente, argumentando que existe la obligación de entregar uniformes a los trabajadores según el contrato de trabajo, y que durante la visita respectiva, el fiscalizador constató que ambas partes reconocían que a los trabajadores “se les hacía vestir pantalones y zapatos negros”.

Fallo

Por tanto, solicito dejar sin efecto la resolución de reconsideración multa Nº 1308-4280/2024 por adolecer de un manifiesto error de hecho en su dictación, con condena en costas. En subsidio solicita el DECAIMIENTO DEL ACTO ADMINISTRATIVO POR FALTA DE FUNDAMENTACIÓN, en la resolución que desechó la reconsideración. Termina solicitando, disminuir prudencialmente el monto de la multa impuesta por la Inspección del Trabajo. SEGUNDO: Que a la audiencia única la demanda alegó que los fundamentos indicados en la demanda interpuesta no dicen relación con la aplicación del art. 512 del CT, sino que al discutir los hechos de la multa ellos debieron haber sido alegados conforme al art. 503 del mismo cuerpo legal, alegando como excepción de caducidad y convalidación. TERCERO: Que se fijaron como puntos de prueba en la audiencia de rigor los siguientes: 1) Efectividad que el ente fiscalizador ha incurrido en un error de hecho al dictar la resolución de fecha 13 de febrero de 2024 n° 1308-4280/2024. Antecedentes y circunstancias del procedimiento de fiscalización y sanción. 2) Efectividad de existir fundamentación en la resolución impugnada. CUARTO: Que la parte demandante acompañó como medios de prueba los siguientes: Documental: 1) Resolución de reconsideración de multa N° 1308-4280/2024 de 13 de febrero de 2024 2) Notificación de la resolución de reconsideración de multa N° 13084280/2024 3) Reconsideración administrativa de multa presentada por la empresa Comercializador Better Foo

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Santiago, dieciocho de julio de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que compareció ante este Juzgado de Letras del Trabajo de CAMILA NILO DUQUE, abogada, en representación de la empresa COMERCIALIZADORA BETTER FOOD CHILE SpA, Rol Único Tributario Nº 76.283.867-2, deduce reclamación judicial en procedimiento monitorio, dirigido en contra de don Pablo Fuentes Cáceres, Jefe d

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