2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

CASTRO/I.MUNICIPALIDAD DE MAIPU

Rol

O-1403-2023

Fecha

17 de julio de 2024

Materia

Despido indirecto

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: Primero: Comparece don Carlos Alfredo Castro Cabello, ingeniero comercial, ex funcionario municipal, cédula nacional de identidad número 13.711.818-1, domiciliado en Avenida Américo Vespucio N°1700, departamento N°106b comuna de Cerrillos, Región Metropolitana quien deduce demanda por declaración de relación laboral, despido indirecto justificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales y previsionales, en contra de mi ex empleadora la Ilustre Municipalidad de Maipú, Rut 69.070.900 -7, representada legalmente por su alcalde, don Tomás Vodanovic Escudero, Rut 17.697.418-4, sociólogo, ambos con domicilio en Avenida Cinco de Abril 0260, comuna de Maipú señala que su relación laboral con la I. Municipalidad de Maipú comenzó el día 16 de julio del año 2014, desarrollando labores en la Unidad de Finanzas y Presupuesto de la Dirección de Desarrollo Comunitario DIDECO, como encargado de control financiero y presupuestario de los programas con financiamiento externo de la dirección (23), desempeñándose físicamente en la oficina central de la DIDECO en cinco de abril 0260, bajo la supervisión directa del Director de DIDECO, primero el señor Jaime Azua, luego el señor Eugenio Aguilo, y luego la señora Ana María Haddad, de quienes dependía directamente la unidad. Que fue destinado a realizar labores de control presupuestario de los programas con financiamiento externo, lo que implicaba realizar una serie de tareas que no estaban especificadas en su contrato, tales como realizar el control de las transferencias recibidas de los servicios externos al Municipio; Gestionar los diferentes presupuestos de los programas de manera eficiente; Realizar los ingresos de dineros por medio de las transferencias a las cuentas municipales; presentación de informes financieros para las distintas plataformas y para los cierres de programas; emisión de certificados coordinar con organismos externos la ejecución presupuestaria de los programas; elaboración de informes financieros respecto de los programas para los respectivos ministerios y servicios; realizar atención de público interno (funcionarios); recepción de rendiciones; análisis de cuentas complementarias; Realizar las solicitudes de reintegro; coordinar reuniones con los encargados de cada programa ejecutado con fondos correspondientes a financiamiento externo; elaborar documentos para realizar compras de bienes y servicios a través de las "solicitudes de pedidos”; certificación de facturas de proveedores; realizar control e inventario, en las bodegas de la DIDECO, redacción de proyectos de decretos alcaldicios; redacción de documentos administrativos como memos, correos electrónicos que instruyera el Director. Luego, a principios del mes de abril de 2018, por instrucción de la Directora, es trasladado al Centro de Atención Familiar (CAF), también dependiente de la Dirección de Desarrollo Comunitario DIDECO, donde continuó desarrollando labores como control financiero y presupuestario de los

Fallo

por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 3, 5, 7, 63, 159, 160, 161, 162, 168, 173, 453, 454 del Código del Trabajo se declara: Que se acoge parcialmente la demanda deducida en autos por don Carlos Alfredo Castro Cabello, en contra de su ex empleadora la Ilustre Municipalidad de Maipú, Rut 69.070.900 -7, representada legalmente por su alcalde, don Tomás Vodanovic Escudero, solo en cuanto se declara que: Que entre las partes existió un vinculo laboral que se extendió entre el día 16 de julio de 2014 y el 29 de diciembre de 2022, fecha en la cual la demandante se auto despidió en forma justificada. 3.- que conforme lo antes expuesto se condena a la parte demandada al pago de las siguientes prestaciones: a). Indemnización sustitutiva por mes de aviso, equivalente a la suma de $1.899.176.- (un millón ochocientos noventa y nueve mil ciento setenta y seis pesos); b) Indemnización por 8 años de servicio, equivalentes a $15.193.408.-. (quince millones ciento noventa y tres mil cuatrocientos ocho pesos); i c) Feriado legal y proporcional por el periodo comprendido entre el 1 de marzo de 2021 y el 1 de marzo de 2023, por la suma de $1.899.176.- (un millón ochocientos noventa y nueve mil ciento setenta y seis pesos); d). Recargo del 50% de la indemnización por años de servicio, equivalente a la suma $7.595.704.-. (siete millones quinientos noventa y cinco mil setecientos cuatro pesos); e). Cotizaciones de seguridad social (AFP HABITAT, FONASA y AFC CHILE),

Texto Completo (Preview)

Santiago, diecisiete de julio de dos mil veinticuatro. Visto y considerando: Primero: Comparece don Carlos Alfredo Castro Cabello, ingeniero comercial, ex funcionario municipal, cédula nacional de identidad número 13.711.818-1, domiciliado en Avenida Américo Vespucio N°1700, departamento N°106b comuna de Cerrillos, Región Metropolitana quien deduce demanda por declaración de relación laboral, desp

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