3º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DE LESTADO DE CHILE/VALENZUELA

Rol

C-32970-2019

Fecha

30 de mayo de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Con fecha 8 21 de noviembre de 2019, a folio 1, comparece do añ PAULINA FRANCISCA FERNANDEZ PAVEZ, abogado, domiciliada en calle SAN DIEGO N 81, PISO 3, SANTIAGO° , mandatario judicial del Banco del Estado de Chile, empresa aut noma de cr ditos del Estadoó é que act a representada de conformidad a la ley por su Gerente General donú Juan Cooper lvarez, ingeniero comercial, ambos domiciliados en AlamedaÁ Libertador Bernardo O'Higgins N 1111, ° quien interpone demanda en procedimiento ejecutivo de cobro de pagar en contra de é MARTA MARIA ROSA VALENZUELA PALACIOS, ignora profesi n u oficio,ó domiciliada en CORDOVA Y FIGUEROA 1541, Comuna QUINTA NORMAL, Regi n METROPOLITANAó ; en raz n de los argumentos queó se pasan a exponer. Código: NBPPXNMWMJW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-32970-2019 Foja: 1 A folio 12, con fecha 14 de abril de 2020, consta la notificaci n de laó demanda a la ejecutada y a folio 32, con fecha 15 de mayo de 2024, se tuvo por requerida de pago a la ejecutada con fecha 25 de abril de 2024 A folio 26, el 25 de abril de 2024, la ejecutada opuso la excepci n deó prescripci n, prevista en el numeral 17 del art culo 464 del C digo deó í ó Procedimiento Civil. A folio 33, el l7 de mayo de 2024, la ejecutante evacua el traslado de la excepci n de la contraria, solicitando su rechazo con costas.ó A folio 34, el 27 de mayo de 2024, de conformidad a lo dispuesto en el art culo 466 inciso tercero del C digo de procedimiento Civil, se omitií ó ó recibir la causa a prueba y se cit a las partes a o r sentencia.ó í

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 21 de noviembre de 2019 a folio 1, comparece PAULINA FRANCISCA FERNANDEZ PAVEZ, abogado, mandataria judicial, en representaci n del ó Banco del Estado de Chile, todos ya individualizados, quien interpone demanda en procedimiento ejecutivo de cobro de pagar en contra deé MARTA MARIA ROSA VALENZUELA PALACIOS, tambi n ya individualizado, é en raz n de losó argumentos que se pasan a exponer. Se ala que su representado es due o del pagar ñ ñ é 7414674, que corresponde a la operaci n 22789622, por el cual la persona demandada seó oblig a pagar a su parte la suma de $6.769.944.-, con m s intereses deló á 1% mensual, mediante 83 cuotas mensuales iguales y sucesivas de $122.303.- cada una, salvo la ltima que ser a de $122.362.-, y venciendo laú í primera de ellas el d a 3 de julio de 2019.-í Código: NBPPXNMWMJW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-32970-2019 Foja: 1 En el mismo documento, adem s, se estableci que para el caso de noá ó pago oportuno de la obligaci n, la parte deudora pagar a intereses deló í m ximo convencional a la fecha de suscripci n, y que el banco podr aá ó í hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuera de plazo vencido, mediante su cobro judicial. Asimismo, tambi n se se al el car cter deé ñ ó á indivisible de la obligaci n, liberando al tenedor de la obligaci n deó ó protesto.- Es del caso que la parte deudora se encuentra en mora desde el d a í 3 de julio de 2019, por lo que adeuda a mi representado la suma de $6.769.944.-, m s los intereses pactados.-á La operaci n aritm tica corresponde al capital dividido por el total deó é cuotas nos da el valor cuota sin intereses, por la suma de $81.566.-; cada una de las cuales, multiplicado por el n mero de cuotas impagas 83, nos daú la suma a demandar por $6.769.944.-, correspondiente solo al capital.- Habi ndose autorizado la firma del suscriptor ante Notario, esteé documento constituye T tulo Ejecutivo, siendo la deuda l quida,í í actualmente exigible y no encontr ndose prescritas las acciones.-á Previas citas legales pide tener por interpuesta demanda ejecutiva y ordenar se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en contra deó Do a MARTA MARIA ROSA VALENZUELA PALACIOS, yañ individualizada, por la suma de $6.769.944.-, m s los intereses pactados, yá costas, y en definitiva disponer se siga adelante la ejecuci n hasta el enteroó y cumplido pago de lo adeudado a mi representado, con costas.- Acompa a a su demanda los siguientes documentos:ñ 1.-Pagar fundante e su pretensi n, en custodia del tribunal.é ó 2.- Copia autorizada de escritura pública de fecha 14 de Febrero de 2019, ante la Notario de Santiago, don ALVARO GONZALEZ SALINAS, repertorio N°9.127.en la que consta la personer a de laí abogado compareciente 3.- Informe de documento de cobro judicial emitido por el Banco ejecutante. Código: NBPPXNMWMJW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser valid

Fallo

Por tanto, la existencia de una cl usula de aceleraci n facultativa nosá ó lleva a distinguir tres momentos: el momento anterior al ejercicio de la cl usula de aceleraci n, el momento del ejercicio de la cl usula deá ó á aceleraci n y el momento posterior a dicho ejercicio. ó En el momento anterior al ejercicio de la cl usula de aceleraci n,á ó nada extravagante ha ocurrido, las cuotas vencen de conformidad a lo pactado y, por tanto, el t rmino de la prescripci n corre desde que se verifica elé ó respectivo vencimiento de las cuotas. En el momento en que se ejerce la cl usula de aceleraci n, todasá ó aquellas cuotas que no estaban vencidas, se entienden vencidas en esa fecha y, por tanto, son plenamente exigibles. Es solo respecto de stas cuotas, esé decir, las que no se encontraban vencidas al tiempo de ejercerse la potestad conferida en la cl usula de aceleraci n, que se produce el efecto de laá ó caducidad convencional. Por su parte, las cuotas que ya se encontraban vencidas se siguen rigiendo por lo dicho en el p rrafo anterior. á El tercer momento, esto es luego de ejercida la cl usula deá aceleraci n, es de interesante an lisis para los efectos de la prescripci n,ó á ó pues, como se observ , al ejercerse la cl usula de aceleraci n vencieron unaó á ó serie de cuotas y, por consiguiente, empez a correr el t rmino de laó é prescripci n para ellas. ó Llevando lo dicho al caso concreto, ocurre que el deudor se constituy en mora ó el 3 de julio de 2019 al no cumplir con el p

Texto Completo (Preview)

C-32970-2019 Foja: 1 FOJA: 22 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-32970-2019 CARATULADO : BANCO DE LESTADO DE CHILE/VALENZUELA Santiago, treinta de Mayo de dos mil veinticuatro VISTOS: Con fecha 8 21 de noviembre de 2019, a folio 1, comparece do añ PAULINA FRANCISCA FERNANDEZ PAVEZ, abogado, domiciliada en calle SAN DIEGO N 81, PISO 3, SANTIAG

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica