GAETE/
Rol
V-54-2024
Fecha
30 de mayo de 2024
Materia
DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Con fecha 19 de marzo de 2024, comparece don Marco Altamirano Catalan, abogado, Run N° 11.659.345-9, domiciliado en calle 12 Norte n meroú 785, Oficina 1.104, Vi a del Mar, en representaci n de don ñ ó Eugenio Alberto Gaete Gonzalez, chileno, abogado, casado y separado de bienes, Run N° 3.546.602-9, domiciliado en Reñaca Norte número 150, departamento 81, Vi a delñ Mar, quien en la representaci n que inviste, ó viene en solicitar insinuaci n paraó donar irrevocablemente, a t tulo gratuito, por mera liberalidad por parte deí su representado, a su hija, do a Lorna Eugenia Gaete Ponce, la suma deñ $250.000.0000.- Con fecha 19 de marzo del 2024, el solicitante acompa documentos.ñó Con fecha 8 y 10 de abril de 2024, se rindi informaci n sumaria deó ó testigos. Con fecha 23 de abril de 2024, se agreg informe del Defensor P blico.ó ú Se trajeron los autos para fallo.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, con fecha 19 de marzo de 2024, comparece don Marco Altamirano Catalan, abogado, Run N° 11.659.345-9, domiciliado en calle 12 Norte n mero 785, Oficina 1.104, Vi a del Mar, en representaci n de donú ñ ó Eugenio Alberto Gaete Gonzalez, chileno, abogado, casado y separado de bienes, Run N° 3.546.602-9, domiciliado en Reñaca Norte número 150, departamento 81, Vi a del Mar, quien en la representaci n que inviste, ñ ó viene en solicitar insinuaci n para donar irrevocablemente, a t tulo gratuito, por meraó í liberalidad por parte de su representado, a su hija, do a Lorna Eugeniañ Gaete Ponce, la suma de $250.000.0000.- Código: RMEXXNYDXBW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Indica que, su representado es due o, entre otros bienes de la suma liquidañ de $250.000.0000.-, suma que tiene actualmente disponible en su patrimonio, sin ning n tipo de restricci n, y tiene la intenci n de donarla irrevocablemente. ú ó ó Que, el donante, don Eugenio Alberto Gaete Gonzalez, ya individualizado, tiene intenci n de realizar en favor de la donataria, su hija, do a Lorna Eugeniaó ñ Gaete Ponce, chilena soltera, domiciliada en Luisa Nieto de Hamel n mero 375 A;ú departamento 102, Vi a del Mar, Run N°: 9.531.695-6, irrevocablemente, y porñ mera liberalidad, la donaci n de $250.000.000.-ó Se ala que, esa donaci n se efect a por mera liberalidad de su representadoñ ó ú y tiene por objeto contribuir a la formaci n y resguardo del patrimonio propio deó su hija y donataria en estos autos, as como de asistirla en su nico y exclusivoí ú inter s.é Hace presente que, su representado tiene la libre administraci n de susó bienes y que la cuant a de su patrimonio le permite efectuar la donaci n cuyaí ó autorizaci n se solicita, sin que pueda verse privado en caso alguno de los bienesó necesarios para su subsistencia ni para la de las personas que pudieran depender de l, de un modo correspondiente a su condici n y posici n social, considerando queé ó ó su patrimonio supera con creces la cuant a de la donaci n que se propone realizar. í ó Agrega que, del mismo modo, la donaci n que se pretende efectuar,ó considerando su cuant a, en ning n modo podr an afectar los derechos de lasí ú í personas que por ley est n llamadas a suceder a su representado, en caso deá fallecimiento, dentro de las cuales se encuentra la donataria, a la saz n, legitimarioó respecto del donante. Sostiene que, el monto liquido del haber o patrimonio l quido del donanteí asciende, actualmente, a una suma aproximada por sobre los $2.200.000.000.-, haciendo presente que se cuenta, adem s, con los fondos l quidos para efectuar estaá í liberalidad sin ning n tipo de restricci n, seg n se acredita en estos autos. ú ó ú Se ala que, ese c lculo s lo considera sus derechos y patrimonio, esto es,ñ á ó sin incorporar el de su c nyuge, la que a, a su vez, posee sus propios ingresos yó patrimonio. Arguye que, su representado
Fallo
Por lo expuesto y de conformidad a lo dispuesto en el art culo 889 delí C digo de Procedimiento Civil; 1386 y 1401 del C digo Civil, y resolviendo laó ó petici n deducida en lo principal de fecha 8 de septiembre de 2022, ó se declara: Que, se hace lugar a la solicitud de insinuaci n de la donaci n deducida enó ó autos y en consecuencia, se autoriza a don Eugenio Alberto Gaete Gonz lezá , ya individualizado, para donar a Lorna Eugenia Gaete Ponce la suma de $250.000.000.-. Notif quese, reg strese y arch vese, en su oportunidadí í í Rol N° V-54-2024 Dictada por do añ Ximena Torres Valenzuela, Juez Suplente. Código: RMEXXNYDXBW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Vi a del Marñ , treinta de Mayo de dos mil veinticuatro Código: RMEXXNYDXBW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-30T11:04:56-0400
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 19 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Vi a del Marº ñ CAUSA ROL : V-54-2024 CARATULADO : GAETE/ Vi a del Marñ , treinta de Mayo de dos mil veinticuatro Visto: Con fecha 19 de marzo de 2024, comparece don Marco Altamirano Catalan, abogado, Run N° 11.659.345-9, domiciliado en calle 12 Norte n meroú 785, Oficina 1.104, Vi a del Mar, en representaci n de d
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