SALCOBRAND S.A/INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO EL LOA-CALAMA
Rol
I-21-2024
Fecha
15 de julio de 2024
Materia
Costas, Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
hechos y del derecho en relación a aquella, cuestión que ocurre en la presente causa. En el presente caso no encontramos frente a una acciona acción fundada en el artículo 503, por lo que este tribunal se encuentra facultado para pronunciarse sobre toda la extensión de la multa cursada, tantos en sus
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO. Del Reclamo. En causa RIT I-21-2024 sobre reclamación de multa por el artículo 503 del Código del Trabajo, interpone la demanda SALCOBRAND SA., rol único tributario N°76.031.071-9, con domicilio en Avenida Balmaceda N°3242, Local 104, comuna de Calama, representada en estos autos por el abogado Mauricio Gallardo Farías, en contra del Inspector Provincial del Trabajo El Loa – Calama, por la resolución de multa N°1907/23/87 – 1 y 2 de fecha 28 de diciembre de 2023, con el objeto de que se dejen sin efecto las sanciones impuestas o, en subsidio, reducirlas prudencialmente, con costas, por los fundamentos que indica. Hace presente que la entidad fiscalizada es una farmacia y,
Fallo
por tanto, de conformidad a lo establecido en el Libro VI del Código Sanitario y el Decreto 466 de 1984 del Ministerio de Salud, las farmacias son establecimientos del área de la salud. En este sentido, su funcionamiento y determinación del personal y sus funciones, se encuentran regulados por ley, la que fue ignorada por la reclamada. Afirma que la resolución de multa N°1907/23/87 – 1 y 2 determinó la existencia de 2 infracciones, imponiendo dos multas, cada una por 60 UTM. La primera por la no especificación de la naturaleza de los servicios en el contrato de trabajo y no contener, las liquidaciones de remuneración, un anexo respecto de las comisiones, bonos y premios. Sostiene haber errores de derecho y vicios en la aplicación de la multa reclamada. Respecto del artículo 10 N°3 del Código del Trabajo, por cuanto los contratos sí contienen la estipulación señalada, sin embargo, es la reclamada la que agrega un requisito especial no contenido en la norma, que es que la determinación de las funciones sea precisa y, sería esta exigencia arbitraria, la que califica de ambigua o falta de certeza en lo pactado, sin expresar mayores fundamentos para llegar a dicha conclusión, por lo que, alega, el organismo no dio cumplimiento a su deber de fundamentar la decisión adoptada. Indica que esta falta de fundamentación no es inocua, toda vez que deja en la indefensión a su representada, toda vez que se desconoce cuál sería el reproche que se formula en contra de la estipulación de la
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Calama, quince de julio de dos mil veinticuatro VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO. Del Reclamo. En causa RIT I-21-2024 sobre reclamación de multa por el artículo 503 del Código del Trabajo, interpone la demanda SALCOBRAND SA., rol único tributario N°76.031.071-9, con domicilio en Avenida Balmaceda N°3242, Local 104, comuna de Calama, representada en estos autos por el abogado Mauricio Gallardo
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