1º Juzgado Civil de Puente Alto

SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANISMO METROPOLITANO/

Rol

V-208-2017

Fecha

30 de mayo de 2024

Materia

EXPROPIAR, GESTIÓN DE PAGO PARA

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 21 de febrero de 2024, comparece don ROBERTO ANDRES ACOSTA KERUM, Director de Serviu Metropolitano, ingeniero constructor, domiciliado para estos efectos en calle Serrano número 45, comuna de Santiago, en representación de don ALEX NARANJO PINTO y doña JOHANNA CONCHA VERA, por quien se hace parte como expropiado en el procedimiento voluntario sobre consignación provisional de expropiación del inmueble ubicado en calle Francisco Coloane N°01303, DEPTO 33, de la Población Francisco Coloane, comuna de Puente Alto, Rol de Avalúo N°3366-20. SEGUNDO: Que, en la especie, el acto expropiatorio se efectuó por Resolución Exenta N°5404, de fecha 25 de octubre de 2016, del Servicio de Vivienda y Urbanización Metropolitano, habiéndose hecho las publicaciones correspondientes con fecha 03 de enero de 2017 en el Diario Oficial y, en el diario El Mercurio. TERCERO: Que, para hacer pago de la indemnización provisional consignada al dueño del bien expropiado, se requiere que ningún otro interesado se haya presentado, dentro del plazo legal, haciendo valer sus derechos o créditos sobre la suma depositada, además, se requiere acreditar el derecho de dominio sobre el bien expropiado y estar exento o al día en el pago de contribuciones. CUARTO: Que, respecto de la primera circunstancia, esta se encuentra acreditada con el certificado emitido por la señorita Secretaria Subrogante del Tribunal, con fecha 15 de marzo de 2024, a folio 41, mediante el cual certificó que no han comparecido terceros interesados haciendo valer sus derechos sobre el monto de la consignación dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido. QUINTO: Que, para acreditar el dominio alegado, conforme lo dispuesto en Decreto Ley 2186, y en cumplimiento del acta 87-2014 del Tribunal Pleno de la Excma. Corte Suprema, se ordenó oficiar al Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto, a objeto de solicitar certificado de inscripción vigente del inmueble. Al efecto, con fecha 18 de marzo de 2024, a folio 42, consta oficio del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto, carátula N°11637350, en donde se acompaña copia autorizada de inscripción de fojas 6842 número 9074, del Registro de Propiedad del año 2001, que corresponde Código: RZXHXNXGQFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 al Contrato de Compraventa, Mutuo e Hipoteca, por el que el representante del Servicio de Vivienda y Urbanización Metropolitano, vende a don Alex Reinaldo Naranjo Pinto, el inmueble ubicado en Calle Francisco Coloane N°01303, que corresponde al Departamento N°33, del piso 3° de la copropiedad 17, manzana D de los planos de ley de copropiedad inmobiliaria de la población denominada “Francisco Coloane”, comuna de Puente Alto y, el certificado vigente de la inscripción de fojas 2639 vuelta número 4195, del Registro de Propiedad del año 2021, que corresponde a la respectiva refundición de los terrenos y que incluye la

Fallo

por tanto, la respectiva comunidad in haber sido liquidada a la fecha de su presentación, es que se deberá considerar a ambos como expropiados, debiendo designar un mandatario común a fin de efectuar el giro del cheque respectivo. Con lo relacionado, el mérito de los antecedentes acompañados y lo dispuesto en el artículo 26 del Decreto Ley Nº2.186 de 1978, sobre Procedimiento de Expropiaciones; y Acta N° 87-2014 de la Excma. Corte Suprema de fecha diecisiete de junio del año dos mil catorce, SE DECLARA: Código: RZXHXNXGQFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Que, habiéndose cumplido las exigencias legales para que se proceda al giro de los fondos consignados por el ente expropiante a quien acredite ser dueño del bien expropiado, a la época de dicha expropiación, gírese cheque a nombre de don ALEX REINALDO NARANJO PINTO, cédula de identidad número 10.955.001-9 y de doña JOHANNA VALERIA CONCHA VERA, cédula de identidad número 12.187.937-9, dando cumplimiento a las instrucciones impartidas en el Acta N°87-2014 del Tribunal Pleno de la Excma. Corte Suprema con fecha diecisiete de junio del año dos mil catorce, debiendo concurrir al Tribunal para la entrega de los dineros girados a nombre del expropiado, además de éste, su abogado patrocinante y/o apoderado, bajo firma de ambos y la debida constancia relativa a su individualización en el expediente, suscrita por el Sra. Secretaria del Tribunal o de quien lo

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Foja: 1 FOJA: 52 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Puente Altoº CAUSA ROL : V-208-2017 CARATULADO : Servicio de vivienda y urbanismo metropolitano/ Puente Alto, treinta y uno de Mayo de dos mil veinticuatro VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 21 de febrero de 2024, comparece don ROBERTO ANDRES ACOSTA KERUM, Director de Serviu Metropolitano, ingeniero cons

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