GAJARDO/BALDU
Rol
C-4737-2022
Fecha
29 de mayo de 2024
Materia
PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece don David Ivanael Abelardo Adri n Gajardo Pizarroá , abogado, domiciliado en Domingo Faustino Sarmiento N 1092, oficina N 4, comuna de La° ° Serena, quien presenta demanda de precario en contra de do a ñ Jennifer Roxana Baldú Leiva, ignora profesi n u oficio, domiciliada en Fern ndez Albano N 9420, Poblaci nó á ° ó La Bandera, comuna de San Ram n.ó Se ala que es due o del inmueble ubicado en Fern ndez Albano N 9420,ñ ñ á ° Poblaci n La Bandera, comuna de San Ram n, en virtud de un contrato deó ó compraventa celebrado el d a 12 de mayo de 2022, por escritura p blica otorgada coní ú fecha 17 de mayo de 2022 en la 15 Notar a de Santiago de don Alfredo Martin Illanes.° í Indica que su derecho de dominio consta en inscripci n de fojas 11846 vuelta,ó n mero 10956, a o 2022 correspondiente al Registro de Propiedad del Conservador deú ñ Bienes Ra ces de San Miguel.í Manifiesta que en la actualidad, la demandada ya individualizada, vive en la referida propiedad por su mera tolerancia, sin que exista justo t tulo que legitime talí ocupaci n. Agrega que, en a os anteriores se realiz a la precarista una solicitud verbaló ñ ó para abandono del lugar, por parte del anterior propietario del inmueble, habi ndoseé aqu lla negado terminantemente a desocuparlo y llegando, incluso, a manifestar unaé actitud agresiva y proferir insultos. Expresa que por tales motivos, en su calidad de actual propietario del inmueble en cuesti n, se ve en la necesidad jur dica de recurrir al Tribunal a fin de que la parteó í demandada sea condenada a la restituci n de la propiedad, con auxilio de la fuerzaó p blica si fuere necesario, de conformidad a la ley.ú Previa citas legales, solicita que se tenga por interpuesta demanda de precario, en contra de la demandada ya individualizada, y se ordene la restituci n el inmueble subó Código: PBHNXNZFQLV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 lite, en el plazo que e
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don David Ivanael Abelardo Adri n Gajardo Pizarro, presentá ó demanda de precario en contra de do a Jennifer Roxana Bald Leiva y solicita que señ ú condene a la demandada a restituir el inmueble ubicado en Fern ndez Albano N 9420,á ° Poblaci n La Bandera, comuna de San Ram n, bajo apercibimiento de ser lanzada, conó ó costas. Funda su demanda en los motivos expresados en la expositiva de esta sentencia. Código: PBHNXNZFQLV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 SEGUNDO: Que, la parte demandada contest la demanda solicitando suó rechazo, por los motivos expuestos precedentemente. TERCERO: Que de conformidad con lo dispuesto por el inciso segundo del art culo 2195 del C digo Civil í ó “constituye tambi n precario la tenencia de una cosaé ajena, sin previo contrato y por ignorancia o mera tolerancia del due oñ .” CUARTO: Que son presupuestos de hecho de la acci n de precario del incisoó segundo del art culo 2195 del C digo Civil; en primer t rmino, que la parte demandanteí ó é sea due a del bien ra z cuya restituci n solicita; en segundo lugar, que la demandadañ í ó ocupe dicho bien ra z, y; por ltimo que la ocupaci n sea sin previo contrato y porí ú ó ignorancia o mera tolerancia de su due o.ñ QUINTO: Que la carga de las dos primeras exigencias, corresponden siempre al demandante, pero una vez acreditado que ste es propietario del bien ra z y que elé í mismo se encuentra ocupado por la demandada, corresponde a sta ltima, acreditaré ú que esa ocupaci n se encuentra justificada por un t tulo o bien por la existencia de unó í contrato. SEXTO: Que, a folio 1, el demandante acompa los siguientes documentos:ñó 1.- Certificado de Aval o Fiscal N de rol 00061-00001, emitido por el Servicioú ° de Impuestos Internos, con fecha 26 de julio de 2022. 2.- Copia de inscripci n de fojas 11846 vta., N 10956, a o 2022 deló ° ñ Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel, de fecha 26 de mayo de 2022.í 3.- Captura de pantalla p gina web á www.nombrerutyfirma.com. 4.- Captura de pantalla whatsapp e Instagram Jennifer Bald Leiva.ú S PTIMOÉ : Que por su parte, a folio 38, la demandada acompa los siguientesñó documentos: 1.- Comprobantes de pago de dividendos de Serviu a nombre de Rammsy Bonilla Yorxa Aida, correspondiente a los meses de febrero a octubre de 1987. 2.- Comprobantes de pago de dividendos de Serviu, a nombre de Rammsy Bonilla Yorxa Aida, correspondiente a los meses de enero a mayo de 1989 y de julio a diciembre de 1989. 3.- Comprobantes de pago de dividendos de Serviu, a nombre de Rammsy Bonilla Yorxa Aida, correspondiente a los meses de febrero a julio de 1990. 4.- Certificado de Inscripci n APS, emitido por el Cesfam La Bandera, con fechaó 25 de julio de 2018. 5.- Certificado expedido por la I. Municipalidad de San Ram n, con fecha 12 deó julio de 2018. 6.- Historial de consumo a nombre de Sara Cuevas S nchez, expedido por Aguasá Andinas, con
Fallo
se acuerda porque han pasado muchos a os.ñ á ñ Contrainterrogada para que aclare, como por una parte afirm que la se oraó ñ Yorka arrendaba y por otra afirm que la se ora Yorka era due a, se al que lo queó ñ ñ ñ ó pasa es que como le trabaja a ella, siempre la vio como due a de la casa donde estaba,ñ usted sabe que teniendo 14 o 15 a os no le iba a preguntar si era due a o no. Ella soloñ ñ le trabajaba a la se ora Yorka, a quien ve a por las ma anas y por las tardes.ñ í ñ Contrainterrogada para que diga, como le consta que la familia de la demandada hab a comprado la propiedad, declar que fue cuando la despidi la se ora Yorka, ah leí ó ó ñ í dijo que iba a vender y que se iba de la poblaci n porque no le gustaba. Siempre laó molestaban porque era una mujer muy linda y no era para esa poblaci n. Despu s laó é se ora Yorka la fue a ver porque ella quer a llevarla para darle estudios. Esto fue en elñ í a o 1984 y lo recuerda porque estaba embarazada de su hija.ñ En cuanto al punto de prueba N 2, sobre° el t tulo en virtud del cual laí demandada ocupa el inmueble, respondi que ocupa el inmueble porque ellosó compraron esa casa. La han arreglado, estaba muy deteriorada. Agreg que ellos laó compraron el a o 1981, lo que sabe porque si ellos no la hubiesen comprado, ya hubieseñ aparecido la due a y los hubiesen sacado a todos ellos.ñ Código: PBHNXNZFQLV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Repreguntada p
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 FOJA: 48 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-4737-2022 CARATULADO : GAJARDO/BALDU San Miguel, veintinueve de Mayo de dos mil veinticuatro VISTOS: Comparece don David Ivanael Abelardo Adri n Gajardo Pizarroá , abogado, domiciliado en Domingo Faustino Sarmiento N 1092, oficina N 4, comuna de La° ° Serena, quien presenta demanda
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica