1º Juzgado de Letras de Calama

DELGADO/I MUNICIPALIDAD DE CALAMA

Rol

C-420-2024

Fecha

29 de mayo de 2024

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1. Que, con fecha 22 de febrero de 2024, compareci don ó NELSON RA L DELGADO ROJAS,Ú chileno, casado, c dula de identidad N°10.109.594-0,é domiciliado en calle Cobija N°2231, comuna de Calama, debidamente representado por la abogada VANESSA EATON OLIVARES, cedula nacional de identidad N.º 13.529.162-5, domiciliada para estos efectos en Huanchaca N°334, Antofagasta; e interpuso demanda de prescripci n extintiva en contra de laó ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CALAMA, rol nico tributario n meroú ú 69.020.200-K, representada por su alcalde don Eliecer Daniel Chamorro Vargas, c dula nacional de identidad n mero 12.607.560-K, ambos con domicilio en calleé ú Vicu a Mackenna N° 2001, Calama, a fin que se declare la prescripci n extintivañ ó de las acciones de cobro del pago de los derechos de la patente comercial ROL N°3013267, correspondiente al periodo comprendido desde el a o 2004 al a oñ ñ 2007. Expuso que es due o de la patente comercial ROL N°3013267, conñ direcci n comercial en Sotomayor N°2043 de Calama, giro florer a bazar yó í art culos de regalo, la cual registra pendiente su pago a partir del a o 2004 alí ñ 2007 por la suma de $1.301.767.-, todo conforme certificado de deuda N° 26/2024. En consecuencia, atendido el tiempo transcurrido y dado que el municipio no ha realizado ning n tipo de gesti n para ejercer el derecho a cobro por las v asú ó í judiciales que el derecho reconoce, sumado a lo dispuesto en los art culo 2493 yí 2511, 2515 y 2521, todos del C digo Civil; solicit declarar en definitiva que laó ó acci n sujeta al cobro de la contribuci n por concepto de patente municipaló ó comercial asociada al ROL N°3013267, y que corresponden a los per odos de losí Código: LWQGXNVNGXV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 a o 2004 al a o 2007, por un valor total de $ 1.301.767.- se encuentra extinguida,ñ ñ con costas, 2. Que, con fecha 16 de abril del a o 2024, compareci

Fundamentos

CONSIDERANDO : PRIMERO: Que, con fecha 26 de abril de 2023, don NELSON RA LÚ DELGADO ROJAS, demand a la ó ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CALAMA, para que este tribunal declare la prescripci n extintiva de la acci n deó ó cobro de las cuotas por concepto de patente comercial ROL N°3013267, direcci nó comercial ubicada en Sotomayor N°2043, Giro de Florer a, bazar u art culos deí í regalo, correspondiente al periodo transcurrido entre el a o 2004 y 2007, ambosñ inclusive. Fundó su demanda conforme a los hechos relatados en la parte expositiva del presente fallo, los cuales se dan por expresamente reproducidos. SEGUNDO: Que, con fecha 16 de abril del a o 2024ñ , compareci laó abogada SCARLET CHARLINE NIETO MOLINA, en representaci n de laó ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CALAMA, quien contest la demanda deó autos allan ndose a sta, se alando que el periodo que comprende desde el a oá é ñ ñ 2004 hasta el segundo semestre del a o 2007, ñ cumple con los presupuestos legales para la declaraci n de prescripci n. ó ó TERCERO: Que, con el objeto de acreditar sus pretensiones, la demandante acompa al momento de presentar la demanda nicamente prueba instrumental,ñó ú consistente en los siguientes documentos: 1.- Certificado N°24/2023, emitido por la Tesorera municipal de la Ilustre Municipalidad de Calama. Código: LWQGXNVNGXV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 CUARTO: Que, la parte demandada alleg a folio 10 los siguientesó documentos: 1.- Certificado N°50/2024, emitido por la Tesorera municipal de la Ilustre Municipalidad de Calama. QUINTO: Que, conforme al m rito de la prueba rendida, primordialmenteé del certificado de deuda N°26/2024 acompa ado a folio 1 por la parteñ demandante, se pudo establecer que respecto de la patente comercial ROL N°3013267, inscrita a nombre del actor, direcci n comercial ubicada en Sotomayoró N°2043, Giro florer a, Bazar y art culos de regalo; í í se adeudan derechos por concepto de pago de patente comercial, correspondiente a los a os 2004, 2005,ñ 2006 y 2007. En el mismo sentido, se pudo comprobar que la deuda total a la poca de– é interposici n de la demanda- ascender a a la suma de $1.301.767.- por concepto deó í derechos de patente comercial por los periodos ya se alados.ñ SEXTO: Que el art culo 2.514 del C digo Civil dispone que la prescripci ní ó ó que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones, cont ndose este tiempo desdeá que la obligaci n se hizo exigible.ó S PTIMO:É Que, por su parte, el art culo 2.521 del mencionado cuerpo legalí se ala que prescriben en tres a os las acciones a favor o en contra del Fisco y deñ ñ las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos. OCTAVO: Que, asentado lo anterior, es dable establecer que a la poca deé notificaci n de la demanda el d a 09 de abril del a o 2024, ha transcurrido conó í ñ creces el plazo de prescripci n q

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, adem s, con lo previsto en losá art culos 1.567 n°10, 1.698, 2.492, 2.493, 2.514, 2.515, 2.518, y dem s pertinentesí á del C digo Civil; 160, 170, 254, 313 y dem s pertinentes del C digo deó á ó Procedimiento Civil; SE DECLARA: Código: LWQGXNVNGXV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 I.- Que, SE ACOGE la demanda deducida con fecha 22 de febrero de 2024 por NELSON RA L DELGADO ROJASÚ . En consecuencia, se declara prescrita la deuda originada por pago de patentes comerciales ROL N°3013267, respecto de los periodos que van desde el a o 2004 al a o 2007, ambos inclusive,ñ ñ cuyo monto asciende a la suma de $1.301.767.- m s intereses y multas.á II.- Que, cada parte deber pagar sus costas.á Reg strese, notif quese y arch vese digitalmente en su oportunidad. í í í Rol C -420-2024. Dictada por ISABEL MARGARITA ROJAS TORRES, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Calama. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Calama, veintinueve de Mayo de dos mil veinticuatro. Código: LWQGXNVNGXV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-29T11:28:12-0400

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Calamaº CAUSA ROL : C-420-2024 CARATULADO : DELGADO/I MUNICIPALIDAD DE CALAMA Calama, veintinueve de Mayo de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1. Que, con fecha 22 de febrero de 2024, compareci don ó NELSON RA L DELGADO ROJAS,Ú chileno, casado, c dula de identidad N°10.109.594-0,é domiciliado en

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