MORALES/QUINTUN
Rol
C-5589-2020
Fecha
29 de mayo de 2024
Materia
LEY INDÍGENA (ART.56 DE LA LEY 19.253
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 03 de diciembre de 2020 comparece el abogado don Leo Fuentes Belmar, en representación de don Santiago Sebastián Morales Saavedra, chileno, viudo, pensionado, Rut N° 5.612.915-4, domiciliado en calle Ricardo Valdés N° 205, localidad Los Laureles, comuna de Cunco, región de la Araucanía, quien interpone demanda reivindicatoria en procedimiento indígena en contra de don Bernardo Quintun Bustamante, chileno, ignora profesión u oficio, soltero, Rut N°5.842.152-9, domiciliado en calle los Patos n°1236, comuna de Traiguen, Región de la Araucanía, en base a los argumentos de hecho y derecho que expuso en su libelo. Con fecha 06 de enero de 2021 la demandada fue notificada personalmente de la demanda. Con fecha 28 de enero de 2021 tuvo lugar audiencia de contestación y conciliación decretada en autos, con la comparecencia del apoderado de la demandante y demandada. La demandante ratificó su demanda en todas sus partes. La demandada contestó la demanda por medio de minuta escrita. Se llamó a las partes a conciliación, la que no se produjo. Finalmente se recibió la causa a prueba rindiéndose la que consta en autos, con lo que se puso término a la audiencia. Con fecha 06 de mayo de 2024 La Corporación Nacional de Desarrollo Indígena Remite el informe exigido por la Ley 19.253. Con fecha 15 de mayo de 2024 se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 03 de diciembre de 2020 comparece el abogado don Leo Fuentes Belmar, en representación de don Santiago Sebastián Morales Saavedra, chileno, viudo, pensionado, Rut N° 5.612.915-4, domiciliado en calle Ricardo Valdés N° 205, localidad Los Laureles, comuna de Cunco, región de la Araucanía, quien interpone demanda reivindicatoria en procedimiento indígena en contra de don Bernardo Quintun Bustamante, chileno, ignora profesión u oficio, soltero, Rut N°5.842.152-9, domiciliado en calle los Patos n°1236, comuna de Traiguen, Región de la Araucanía, en base a los argumentos de hecho y derecho que expuso en su libelo al siguiente tenor: LOS HECHOS: 1.-Que mi representado adquirió mediante escritura pública de compraventa de acciones y derechos suscrita entre él y doña Bernardita del Carmen Quintún Bustamante de fecha 12 de noviembre del año 2013. Allí, se le venden la totalidad de las acciones y derechos hereditarios que a Doña Bernardita del Carmen Quintún Bustamante le correspondían en la hijuela N° 16 de 15 hectáreas de superficie del plano divisorio del predio encabezado por Don Juan Alejandro Colipi del lugar de Huahuanco, comuna de Cunco. Dicha hijuela se encuentra subdividida de acuerdo al acta de conciliación por subdivisión de hecho realizado por la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI) en el mes de noviembre del año 2012, adjudicándosele a esta ultima la hijuela 16-B. 2.- Que mi representado
Fallo
por tanto, es dueño de todas las acciones y derechos hereditarios correspondientes a la Hijuela 16-B, que comprende todo lo edificado y plantado Código: LXVRXNPBJGV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5589-2020 del inmueble de 2,26 Hectáreas de superficie aproximadamente, ubicado en el Sector Huahuanco sin número, de la comuna de Cunco, provincia de Cautín, que deslinda: NORTE: cerco quebrado separado de las hijuelas 14 y 15; ESTE: cerco quebrado que separa de los terrenos de don Tiburcio Ancao Loncomil y don Leonardo García; SUR: cauce actual del río denominado Curaco; y OESTE: cerco recto que separa del terreno de hijuela N° 14. Propiedad inscrita en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Cunco y Melipeuco, a fojas 1586, número 993 del año 2020, el Rol de contribuciones de este inmueble se encuentra enrolado en la comuna de Cunco con el número 322-171. 3.- Dichos deslinden están precisados en informe de topografía realizado con fecha 7 de enero de 2020 por la Ingeniera Forestal Doña Eveling Yarela Campos Inostroza, los deslindes según medición topográfica corresponden a los siguientes: NORTE: en línea recta en 44 metros con hijuela 14 y 15, separados por cerco; SUR: en quebrada en 32 metros con cauce de rio Curaco ESTE: en línea recta en 651, 4 metros con Lote 16D y OESTE: en línea recta en 621,9 metros con Lote 16B, el cual es de propiedad del demandado de autos. 4.- En los hechos, el
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C-5589-2020 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-5589-2020 CARATULADO : MORALES/QUINTUN Temuco, veintinueve de Mayo de dos mil veinticuatro VISTOS: Con fecha 03 de diciembre de 2020 comparece el abogado don Leo Fuentes Belmar, en representación de don Santiago Sebastián Morales Saavedra, chileno, viudo, pensionado, Rut N° 5.612.915-4, domiciliado en ca
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