O'RIAN/
Rol
V-404-2023
Fecha
29 de mayo de 2024
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Que con fecha 24 de octubre de 2023, comparece don PABLO ANDRES O ´RIAN ALFARO, ingeniero informático, cédula de identidad N° 16.928.088-6, domiciliado en Pasaje El Roble N° 34, Comuna de Illapel, quien viene en solicitar el reemplazo de su apellido “O´RIAN”, por “ O´RYAN”, quedando en definitiva su nombre como PABLO ANDRES O´RYAN ALFARO, por las razones de hecho y de derecho que expone: Que tal como consta en su partida de nacimiento, se encuentra inscrito bajo el N° 598, del año 1988, de la Circunscripción del Registro Civil e Identificación de Illapel, nacido el 4 de noviembre de 1988. Es el caso, que siempre su apellido fue “O´ryan” y “ O´rian” y desde que tiene uso de razón ha utilizado dicho apellido, para presentarse en su círculo social, escolar, familiar, dándose a conocer como Pablo O´ryan. En la actualidad su nombre social le acarrea incomodidades y dificultades, ya que cada vez que requiere hacer un trámite, las personas se confunden, pues en su cédula de identidad figura un nombre distinto de aquel con el que se presenta y con el que lo han reconocido desde la infancia, esto es hace más de 25 años, Señala que la Ley N° 17.344 que autoriza el cambio de nombres y apellidos en los casos que indica, señala en la letra b) del inciso 2° del artículo 1°, que se puede solicitar por una vez dicha modificación, cuando el solicitante haya sido conocido más de cinco años, por
Fundamentos
motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios. Que previas citas legales, solicita se acceda a la solicitud de cambiar su apellido “O´RIAN” por “ O´RYAN” y previo los trámites de rigor, ordenar la modificación de su partida de nacimiento N° 598 del año 1988, de la Circunscripción de Illapel del Registro Civil e Identificación, quedando su nombre definitivo como “PABLO ANDRES O´RYAN ALFARO. Que con fecha 22 de diciembre de 2023, se rindió información sumaria de testigos. Que con fecha 15 de febrero de 2024, se acompañó la publicación requerida por la Ley. Código: CSLQXNXXWZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Que fecha 13 de marzo de 2024, se certificó por Ministro de Fe, que no consta que se hayan opuesto a la solicitud de autos y el plazo para hacerlo se encuentra vencido. Que con fecha 4 de abril de 2024, el Servicio de Registro Civil e Identificación, evacuó el informe respectivo. Con fecha 17 de abril de 2024, quedaron los autos para fallo. C O N S I D E R A N D O: PRIMERO: Que el artículo 1°, letra b) de la Ley N° 17.344, que autoriza el cambio de nombres y apellidos, establece que cualquier persona podrá solicitar, por una sola vez, que se le autorice para cambiar sus nombres o apellidos, o ambos a la vez, en determinados casos, dentro de los cuales se encuentra el hecho que la solicitante ha sido conocido durante más de cinco años por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos diferentes a los propios. SEGUNDO: Que a fin de acreditar los fundamentos de su petición, el solicitante allegó al proceso: Inscripción de nacimiento; certificado de nacimiento y fotocopia de la cédula de identidad de don Pablo Andrés O´rian Alfaro; además, se recibió información sumaria de los testigos, doña Ana Karolina Mondaca Dabed, cédula de identidad 18.561.714-9 y don Roberto Matías Madrid Moreno, cédula de identidad N° 19.593.908-K, quienes previamente juramentados en forma legal, han declarado conocer al solicitante desde hace más de diez años, por ser ambos conocidos de éste y les consta la veracidad de los hechos expuestos y las razones por la cual el peticionario pretende cambiar su apellido legal “ O´rian” por “O´ryan”. Exponen que desde que lo conocieron se identificó con el apellido “ O´ryan” y las amistades, compañeros y su círculo familiar y cercano lo conocen como Pablo Andrés O´ryan Alfaro. TERCERO: Que en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 2° inciso 6° de la Ley N° 17.344, el tribunal requirió informe al Servicio de Registro Civil e Identificación, lo que dicha entidad cumplió con fecha 4 de abril de 2024, mediante oficio N° 1521, en el que señala que consta en sus registros la inscripción de nacimiento N° 598, año 1988, de la Circunscripción de Illapel, siendo su titular don PABLO ANDRES O´RIAN ALFARO, nacida el 4 de noviembre de 1.988, consignándose en el rubro correspondiente al padre a don Abel O´rian Ahumada y en el
Fallo
SE RESUELVE: Que se ACOGE la solicitud de rectificación de partida de nacimiento por cambio de nombre interpuesta por la solicitante y, en consecuencia, se ordena: I.- Rectifíquese la partida de nacimiento de don PABLO ANDRES O´RIAN ALFARO, registrada con el N° 598, año 1.988 de la Circunscripción de Illapel, en el sentido de consignar que el nombre del inscrito es PABLO ANDRES O´RYAN ALFARO, cédula de identidad N° 16.928.088-6. II.- Requiérase al Servicio Nacional de Registro Civil e Identificación para los fines pertinentes. Notifíquese, Regístrese y archívese en su oportunidad. ROL N° V- 404 – 2023 . Dictó don VLADIMIR HERNANDO JOFRE HIDALGO, Juez del Juzgado de Letras de Illapel. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del a rt. 162 del C.P.C. En Illapel, a veintinueve de Mayo de dos mil veinticuatro. Vjh/bca. Código: CSLQXNXXWZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-29T11:20:39-0400
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Illapel CAUSA ROL : V-404-2023 CARATULADO : O'RIAN/ Illapel, veintinueve de Mayo de dos mil veinticuatro. VISTO: Que con fecha 24 de octubre de 2023, comparece don PABLO ANDRES O ´RIAN ALFARO, ingeniero informático, cédula de identidad N° 16.928.088-6, domiciliado en Pasaje El Roble N° 34, Comuna de Illapel, quien viene en solicitar e
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