1º Juzgado de Letras de Linares

CODELCO CHILE/

Rol

V-181-2023

Fecha

28 de mayo de 2024

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Que a folio 1, comparece CLAUDIO GODOY CAMPILLAY, chileno, casado, empleado, cédula nacional de identidad Nº 8.486.905-8, mail: Cgodo001@codelco.cl, domiciliado en paseo Huérfanos N° 1270, Comuna de Santiago, en representación según se acredita en el primer otrosí, de la CORPORACION NACIONAL DEL COBRE DE CHILE, CODELCO-CHILE, Empresa del Estado, chilena, minera, industrial y comercial creada por Decreto Ley 1.350, publicado en el Diario Oficial de fecha 28 de Febrero de 1976, mismo domicilio, quien señala: Por orden y encargo de la Corporación Nacional del Cobre de Chile, Codelco- Chile, vengo en solicitar para ella la constitución de una concesión minera de exploración de sustancias concesibles en terrenos fiscales abiertos e incultos. El punto medio tiene las siguientes coordenadas U.T.M. Al NORTE 5.992.500,00 metros; Al ESTE 308.500,00 metros y se encuentra ubicado en la Comuna de LONGAVI, Provincia de LINARES, SEPTIMA Región de MAULE. El área solicitada que se propone explorar tendrá la forma de un rectángulo, cuyos lados orientados en la dirección Norte-Sur U.T.M. medirán 1.000 metros, y los lados orientados en la dirección Este-Oeste U.T.M. medirán 3.000 metros, encerrando una superficie de 300 hectáreas. En virtud de lo anterior, ruego a SS. se sirva conceder a su mandante, Corporación Nacional del Cobre de Chile, Codelco-Chile, la concesión de exploración que se denominará “CHERCANES E 3", con un total de 300 hectáreas. En conformidad a lo establecido en el inciso segundo del artículo 46 del Código de Minería, el terreno pedido es el comprendido dentro de un rectángulo trazado imaginariamente en el plano horizontal, cuyas diagonales se cortan en el punto medio, y cuyo perímetro encierra la totalidad de las hectáreas solicitadas. POR TANTO, y en conformidad con lo dispuesto de los artículos 34 y siguientes del Código de Minería, y 14 inciso segundo, 16 y 17 de su Reglamento. RUEGA A SS. sirva tener por presentado este pedimento,

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, comparece CLAUDIO GODOY CAMPILLAY, chileno, casado, empleado, cédula nacional de identidad Nº 8.486.905-8, mail: Cgodo001@codelco.cl, domiciliado en paseo Huérfanos N° 1270, Comuna de Santiago, en representación según se acredita en el primer otrosí, de la CORPORACION NACIONAL DEL COBRE DE CHILE, CODELCO-CHILE, Empresa del Estado, chilena, Código: XXDPXNBRHXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl minera, industrial y comercial creada por Decreto Ley 1.350, publicado en el Diario Oficial de fecha 28 de Febrero de 1976, mismo domicilio, quien señala: Por orden y encargo de la Corporación Nacional del Cobre de Chile, Codelco- Chile, vengo en solicitar para ella la constitución de una concesión minera de exploración de sustancias concesibles en terrenos fiscales abiertos e incultos. El punto medio tiene las siguientes coordenadas U.T.M. Al NORTE 5.992.500,00 metros; Al ESTE 308.500,00 metros y se encuentra ubicado en la Comuna de LONGAVI, Provincia de LINARES, SEPTIMA Región de MAULE. El área solicitada que se propone explorar tendrá la forma de un rectángulo, cuyos lados orientados en la dirección Norte-Sur U.T.M. medirán 1.000 metros, y los lados orientados en la dirección Este-Oeste U.T.M. medirán 3.000 metros, encerrando una superficie de 300 hectáreas. En virtud de lo anterior, ruego a SS. se sirva conceder a su mandante, Corporación Nacional del Cobre de Chile, Codelco-Chile, la concesión de exploración que se denominará “CHERCANES E 3", con un total de 300 hectáreas. En conformidad a lo establecido en el inciso segundo del artículo 46 del Código de Minería, el terreno pedido es el comprendido dentro de un rectángulo trazado imaginariamente en el plano horizontal, cuyas diagonales se cortan en el punto medio, y cuyo perímetro encierra la totalidad de las hectáreas solicitadas.

Fallo

POR TANTO, y en conformidad con lo dispuesto de los artículos 34 y siguientes del Código de Minería, y 14 inciso segundo, 16 y 17 de su Reglamento. RUEGA A SS. sirva tener por presentado este pedimento, ordenar su inscripción y publicación de conformidad a la ley, ordenando que el señor Secretario me dé la copia autorizada y el certificado que dispone el artículo 50 del mismo Código para los fines allí previstos, tramitarla y, en definitiva, declarar constituida en favor de la Corporación Nacional del Cobre de Chile, Codelco-Chile, la concesión minera de exploración "CHERCANES E 3". A folio 12, rola informe técnico favorable del Servicio Nacional de Geología y Minería del Maule. A folio 18, estando la causa en estado, se trajeron los autos para fallo. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, comparece CLAUDIO GODOY CAMPILLAY, chileno, casado, empleado, cédula nacional de identidad Nº 8.486.905-8, mail: Cgodo001@codelco.cl, domiciliado en paseo Huérfanos N° 1270, Comuna de Santiago, en representación según se acredita en el primer otrosí, de la CORPORACION NACIONAL DEL COBRE DE CHILE, CODELCO-CHILE, Empresa del Estado, chilena, Código: XXDPXNBRHXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl minera, industrial y comercial creada por Decreto Ley 1.350, publicado en el Diario Oficial de fecha 28 de Febrero de 1976, mismo domicilio, quien señala: Por orden y encargo de la Corporación Nacional del Cobre de Chile, Codelco- Chi

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TRIBUNAL : PRIMER JUZGADO DE LETRAS DE LINARES CAUSA ROL : V-182-2023 SOLICITANTE : CORPORACION NACIONAL DEL COBRE DE CHILE, CODELCO-CHILE RUT : 61.704.000-K MATERIA : PEDIMENTO MINERO ABOGADO : CARLOS KOCH SALAZAR CLAUDIO GODOY CAMPILLAY ------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Linares, xxxxxx de Mayo de dos mil veinticuatro. V

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