LEAL/INGENIERIA ELECTRICA Y CONSTRUCCIONES SPA
Rol
M-239-2024
Fecha
12 de julio de 2024
Materia
Costas, Despido injustificado, Feriado proporcional, Horas extras, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Prestaciones, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS PACIFICOS X · HECHOS A PROBAR X · PRUEBA DEMANDANTE X · PRUEBA DEMANDADA PRINCIPAL X · PRUEBA DEMANDADA SOLIDARIA X · SENTENCIA X Se deja contancia que con esta fecha, siendo las 12:30 horas, se realiza por el funcionario de turno, tres llamados a viva voz en dependencias del Tribunal a las demandadas de autos Ingeniería Electrica y Construcción Spa. y Copec S.A. Relación de los hechos: El Tribunal hace una somera relación de los contenidos de la demanda, se deja constancia que las demandadas Ingeniería Electrica y Construcción Spa. y Copec S.A., encontrándose válidamente emplazadas de la demanda conforme consta en carpeta digital, no han comparecido a la presente audiencia por lo cual se tiene por contestada la demanda en su rebeldía y se hace efectivo el apercibimiento del artículo 451, inciso segundo del Código del Trabajo. Hechos a probar: El Tribunal recibe la causa a prueba y fija como hechos a ser probados los siguientes: 1° Circunstancia en la que se produce el despido. 2° Remuneración percibida por el trabajador. 3° Efectividad de adeudarse feriado proporcional y horas extraordinarias. 4° Existencia de régimen de subcontratación indicado. Ofrecimiento e incorporación prueba de la demandante: 1. Documental: Se incorporaron mediante lectura resumida los siguientes documentos ofrecidos: 1. Acta de comparendo de conciliación ante la Inspección Provincial del Trabajo de Antofagasta, de fecha 29 de abril de 2024. 2. Contrato de trabajo de fecha 05 de enero de 2024. 3. Anexo de contrato de trabajo de fecha 05 de enero de 2024. 2. Confesional: No comparecen los absolventes doña María Peña Pedraza en representación de Ingeniería Eléctrica y Construcción Spa. y Arturo Natho Gamboa en representación de Copec S.A.; se solicita se haga efectivo el apercibimiento legal contemplado en el artículo 454 N° 3 del Código del Trabajo. El Tribunal resuelve: Se resolverá en sentencia definitiva. 3. Testimonial: Compareció y declaro ante est
Fallo
se resuelve, que: I.- Se acoge la demanda interpuesta por don Luis Leal Manríquez, RUT 11.406.262-6, en contra de Ingeniería Eléctrica y Construcciones Spa. RUT 79.783.120-4 y solidariamente en contra de Copec S.A., RUT 99.520.000-7, todas individualizadas, y se declara que existió relación laboral entre la demandante y las demandadas, verificándose esta en régimen de subcontratación la que inició con fecha 05 de enero del 2024 y concluyó el 27 de febrero del 2024, sin darse cumplimiento a las formalidades para dar término a la misma y por ende sin expresión de causal de término de la relación laboral, debiendo las demandadas pagar solidariamente al actor las siguientes prestaciones: 1.- La suma de $ 800.000.- por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. 2.- La suma de $ 84.001.- por concepto de feriado proporcional. 3.- La suma de $ 122.727.- por concepto de horas extraordinarias. II.- Las sumas ordenadas precedentemente deberán ser reajustadas y devengarán intereses en la forma prevista en los artículos 163 y/o 173 del Código del Trabajo según corresponda. III.- Se condena solidariamente a las demandadas a las costas de la causa, valorándose las personales en la suma de $ 150.000.- IV.- Que ejecutoriada que sea la presente sentencia cúmplase lo dispuesto en ella dentro de quinto día, en caso contrario certifíquese dicha circunstancia y pase los antecedentes a la Unidad de Cumplimiento Ejecutivo del Tribunal. De conformidad a lo prevenido en el artículo 13
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JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA AUDIENCIA ÚNICA EN PROCEDEIMIENTO MONITORIO FECHA Antofagasta, doce de Julio del año dos mil veinticuatro. MAGISTRADO EDUARDO MACHUCA CERECEDA. INICIO 12:30 HORAS TERMINO 14:10 HORAS ENCARGADO DE ACTA Igor Luza Yutronic SALA 5 RUC 24-4-0575247-2 RIT M-239-2024 REGISTRO DE AUDIO N° 2440575247-2-1335 PARTES INDIVIDUALIZACION y COMPAR
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