CASTILLO/
Rol
V-4-2024
Fecha
28 de mayo de 2024
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En lo principal de la presentaci n de 8 de enero de 2024, a folio 1, compareceó don Rafael del Carmen Castillo Mu oz, chileno, pensionado, casado, c dula deñ é identidad Nro. 7.737.122-2, domiciliado en Pasaje Ofqui Nro. 955, Coyhaique, solicitando en definitiva, ordenar al Conservador de Bienes Ra ces de esta ciudad,í inscriba en el Registro de Propiedad del referido conservador a su nombre, la escritura p bica de compraventa celebrada con fecha 2 de noviembre del a o 2017, con do aú ñ ñ Marlene del Rosario Orellana Silva, correspondiente a la venta, cesi n y transferenciaó del 31,18% del Lote Fa4, de una superficie aproximada de 8.966 metros cuadrados y con los siguientes deslindes particulares, norte, con Lote Fa5 y Lote Fa7 en l neaí quebrada; sur, con Lote Fa2 en l nea quebrada; oeste, con Lote Fa3 y Lote Fa5 en l neaí í quebrada; este, con Lote Fa11, camino privado de por medio. Funda su solicitud manifestando que, por escritura p blica de fecha 2 deú noviembre del a o 2017, celebrada ante Notario P blico titular de la Primera Notar a deñ ú í Coyhaique, don Juan Carlos San Mart n Molina, do a Marlene del Rosario Orellanaí ñ Silva debidamente individualizada en dicho instrumento, y representada por su c nyuge,ó don Guillermo Lizandro D az Navarro, le vendi , cedi y transfiri el 31,18% del Loteí ó ó ó Fa4, de una superficie aproximada de 8.966 metros cuadrados y con los siguientes deslindes particulares, norte, con Lote Fa5 y Lote Fa7 en l nea quebrada; sur, con Loteí Fa2 en l nea quebrada; oeste, con Lote Fa3 y Lote Fa5 en l nea quebrada; este, con Loteí í Fa11, camino privado de por medio. Explica que el referido Lote Fa4, es resultante de la subdivisi n de un pa o deó ñ mayor cabida, aprobados por el Servicio Agr cola y ganadero de la Regi n de Ays n,í ó é que recay en los Lotes Fa y Fb, Rol de Aval o N 1064-128 de la comuna deó ú ° Coyhaique, subdivisi n que cumple con la normativa para predios r sticos, seg n constaó ú ú de certificado C-216-2014
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con objeto de acreditar los hechos de la solicitud la solicitante alleg al proceso los siguientes documentos, que se tuvieron por acompa ados con fechaó ñ 8 de enero de 2024. Código: XWZTXNXRRSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 1. Copia de escritura p blica de compraventa, de fecha 2 de noviembre de 2017,ú por el 31,18% de los derechos sobre el Lote Fa4, celebrada en la Primera Notar a deí Coyhaique, servida por su titular don Juan Carlos San Mart n Molina, Repertorio 3076-í 2017. 2. Copia de Resoluci n de Rehusamiento de Inscripci n, de fecha 22 deó ó mayo de 2023, expedida por el se or Conservador de Bienes Ra ces de Coyhaique, archivada conñ í el N 468, al final del Registro de Propiedad del a o 2023.° ñ 3. Copia de inscripci n de dominio, fojas 2595 N 1618, del Registro deó ° Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Coyhaique, del a o 2020, por el 12,3%í ñ de los derechos sobre el Lote Fa4. 4. Copia de inscripci n de dominio, fojas 3994 N 1952, del Registro deó ° Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Coyhaique, del a o 2023, por el 12,3%í ñ de los derechos sobre el Lote Fa4. 5. Copia de plano de subdivisi n, correspondiente al predio de mayoró cabida, en el cual se encuentra entre otros, el Lote Fa4, archivado en el Registro de Propiedad, N° 96 letra b, a o 2015, del Conservador de Bienes Ra ces de Coyhaique.ñ í SEGUNDO: Que, con fecha 7 de febrero de 2024, se tiene por acompa ado elñ informe evacuado por el se or Conservador de Bienes Ra ces de esta ciudad, don Juanñ í Carlos San Mart n Molina, a folio 4, el cual indica:í Que evacuando el informe correspondiente, se alañ que la petici n formulada poró la solicitante, es del todo inadmisible, bastando para ello el s lo m rito, ilustraci n eó é ó invocaci n de la norma del art culo 136ó í de la Ley General de Urbanismo y Construcci n, en especial su inciso segundo y ltimo. Refiriendo que su juicio, cuando eló ú sentido de la ley es claro, no se debe desatender su tenor legal a pretexto de consultar su esp ritu, y es del caso sublite que la cesi n que se requiere inscribir califica y enmarca,í ó en la disposici n del referido y citado art culo 136, toda vez que el Lote Fa4 no seó í encuentra urbanizado. En conclusi n, y en ó su criterio se ala que el art culo 136 establece e impone alñ í Conservador una prohibici n legal y sta, salvo norma expresa en contrario respecto deó é la contravenci n, se sanciona con la nulidad conforme al art culo 10 del C digo Civil. ó í ó A mayor abundamiento, y fruto de la pr ctica registral evidenciada en numerososá conservadores del pa s, í argumenta que stos, en su gran mayor a reh san y reparan estosé í ú actos o contratos sobre predios o fincas rurales o r sticas no urbanizados, o bien,ú respecto de lotes o superficies que se pretendan regularizar. No obstante lo dicho, rese a que desde la entrada en vigencia de la Ley 21.477ñ la inscripci n deman
Fallo
POR TANTO, resultando legalmente inadmisible, seg n el art culo 13 del reglamento del Conservador de Bienesú í Ra ces, quien suscribe el presente como Conservador Interino de Bienes Ra ces deí í Coyhaique, resuelve que, 1) Se reh sa practicar la inscripci n de compraventa ú ó – dominio, solicitado por don Rafael Castillo Mu oz, C.N.I. N 7.737.122-2, 2) se informañ ° a la peticionaria que seg n el art culo 18 del Reglamento del Conservador de Bienesú í Ra ces, puede intentar impugnar la anterior determinaci n ante el Juzgado de Letras deí ó Coyhaique, si as lo estima pertinenteí ……ARCHIVO hoy con el n mero 468, al finalú del Registro de Propiedad del a o 2023.ñ ” Hace presente, que adicionalmente a la compra de derechos cuya negativa a inscribir reclama por medio de esta acci n, tambi n adquiri respecto del mismo Loteó é ó Fa4, los siguientes porcentajes de derechos, y cuyas inscripciones fueron aceptadas y realizadas sin reparo alguno por el Conservador de Bienes Ra ces de esta capitalí regional, y realizadas conforme al siguiente detalle; a) Por escritura p blica de fecha 28ú de febrero de 2020, celebrada ante Notario P blico titular de la Primera Notar a deú í Coyhaique, adquir de don C sar Antonio Castillo D az, el 12,3% del Lote Fa4, de unaí é í superficie de 8.966 metros cuadrados, ubicado en el lugar denominado El Blanco de la comuna de Coyhaique, compra debidamente inscrita por el Conservador de Bienes Ra ces de Coyhaique, el 26 de agosto del a o 2020, a fojas 2595 N 1
Texto Completo (Preview)
FOJA: 21 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Coyhaique CAUSA ROL : V-4-2024 CARATULADO : CASTILLO/ Coyhaique, a veintiocho de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS: En lo principal de la presentaci n de 8 de enero de 2024, a folio 1, compareceó don Rafael del Carmen Castillo Mu oz, chileno, pensionado, casado, c dula deñ é identidad Nro. 7.737.122-2, domiciliado en
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