MORALES/
Rol
V-125-2023
Fecha
28 de mayo de 2024
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Primero: Que, con fecha 25 de septiembre de 2023 comparece do a Karinañ Pimentel L pez, chilena, casada, labores, en representaci n de su hijo Nahir Moralesó ó Pimentel, de 14 a os de edad, ambos con domicilio en Lincoyan 1385, Quilpu ,ñ é solicitando se autorice a modificar el nombre de su hijo a Nahir Bernal Pimentel ,“ ” debido que es con este ltimo nombre que el adolescente ha sido conocido gran parte deú su vida. Refiere que Nahir tiene filiaci n biol gica respecto de don Pedro Reinaldoó ó Morales Mes as, cuando su hijo ten a a o y medio de edad, ella se separ del Sr.í í ñ ó Morales, quedando con el cuidado personal del ni o. Tras lo anterior, el progenitor señ alej de Nahir hasta que este cumpli los tres a os de edad aproximadamente,ó ó ñ vincul ndose con un r gimen de relaci n directa y regular con su hijo, supervisado porá é ó la madre. Sin embargo, el padre desaparec a de manera constante de la vida de Nahir,í por lo que nunca se desarroll un v nculo. No obstante lo anterior, el padre aparec a deó í í manera intermitente en la vida de su hijo, momentos en los cuales ejerc a maltrato haciaí el ni o, trat ndolo de amariconado , guat n y llor n , lo que le ocasion gravesñ á “ ” “ ó ” “ ó ” ó perjuicios a nivel psicol gico, encontr ndose actualmente en tratamiento, y siendoó á diagnosticado con alopecia nerviosa. Sumado a lo transcrito previamente, indica que contrajo matrimonio con don Carlos Bernal P rez, con quien conviv a desde que Nahir ten a dos a os, y que se haé í í ñ trasnformado en su figura paterna, acompa ndolo en todos los aspectos de su vida, porñá lo que Nahir lo trata como su padre, y es conocido en su grupo de pares como Nahir Bernal Pimentel desde aproximadamente 10 a os. Esto se ve reflejado en su correoñ institucional del colegio y sus redes sociales. En consecuencia, solicita que en virtud de lo dispuesto en el art culo 1 letras a) yí ° b) de la ley 17.344, se autorice el cambio de nombre del ni o Nahir Morales Pimentel,ñ por el d
Fundamentos
considerando precedente, respecto de la causal expresaba en la letra a) del art culo precitado, de modo tal que este tribunal se encuentra impedido deí acoger la solicitud fund ndose en la dicho precepto legal.á Und cimoé : Que, respecto a la otra causa invocada, la de la letra b) del art culoí 1 de la ley 17.344, esto es, cuando el solicitante haya sido conocido durante m s de° á cinco a os, por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de losñ propios, del m rito de los antecedentes que constan en la causa, y especialmente laé informaci n sumaria, apreciada prudencialmente, de conformidad a lo dispuesto en eló art culo 819 del C digo de Procedimiento Civil, se desprende que el solicitante seí ó encuentra dentro de dicho supuesto. Y, vistos adem s, lo dispuesto en el art culo 1 inciso 2 letra a) de la Ley Ná í ° ° ° 17.344 y art culo 817 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil,
Fallo
se declara:í ó Que se hace lugar a la solicitud presentada por do a Karina Patricia Pimentelñ L pez, en representaci n de su hijo Nahir Morales Pimentel, y se ordena al Oficial deló ó Servicio de Registro Civil e Identificaci n que corresponda, que proceda a rectificar laó partida de nacimiento inscripci n ó N 7011, de la circunscripci n Vi a del Mar, del a o° ó ñ ñ 2009, correspondiente a don Nahir Morales Pimentel, RUN 23.140.878-9, en el sentido de establecer que la persona inscrita es: Nahir Bernal Pimentel. Notif quese, reg strese y dese copia autorizada de esta resoluci n a fin de que laí í ó compareciente o quien sus derechos legalmente represente, proceda a requerir y practicar las inscripci n que corresponda ante la respectiva oficina del Registro Civil. ó Código: EJVQXNXMXRX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:nahirbernal@colegiostq.cl Arch vese en su oportunidad.í Rol V-125-2023 Dictada por don Cristi n Urz a Chac n, Juez Titular del Primer Juzgado deá ú ó Letras de Quilpu .é Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Quilpué, veintiocho de Mayo de dos mil veinticuatro. Código: EJVQXNXMXRX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-05-28T09:53:09-0400
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Quilpueº CAUSA ROL : V-125-2023 CARATULADO : MORALES/ Quilpué, veintiocho de Mayo de dos mil veinticuatro. VISTO: Primero: Que, con fecha 25 de septiembre de 2023 comparece do a Karinañ Pimentel L pez, chilena, casada, labores, en representaci n de su hijo Nahir Moralesó ó Pimentel, de 14 a os de edad, ambos con domicilio en Lincoya
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